SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La prestación al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx de los servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y a los beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuado por Xxxxxxx. Los licitadores estarán facultados para reflejar en sus propuestas mejoras a las condiciones y coberturas exigidas en el presente pliego que tienen la consideración de mínimos y se valorarán de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La prestación al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx de los servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y a los beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuado por Asemser Correduría de Seguros, SA.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La prestación al Ayuntamiento de El Campello de los servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados, así como la posterior asistencia a ésta, a los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuada por Aon Xxx y Xxxxxxxx, S.A. Correduría de Seguros.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La mediación del contrato de seguro consecuencia de la presente licitación será efectuada por el adjudicatario del contrato EC/52/2016. La mediadora será retribuida por la entidad aseguradora, adjudicataria del presente procedimiento, conforme a lo previsto en el citado contrato. En virtud de dicha participación en el presente contrato, la Correduría de Xxxxxxx será retribuida por la compañía asegurada que resulte adjudicataria del mismo. Todos los avisos y notificaciones que se deriven de este contrato serán cursados por el Asegurado al Asegurador a través de la citada Correduría, debiéndose seguir el mismo procedimiento en la tramitación de los siniestros, así como en las notificaciones relativas a modificaciones en las sumas aseguradas o a los riesgos cubiertos.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La prestación al Tomador de los servicios de asesoramiento y mediación de Seguros Privados, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato de seguro será efectuada por Xxxxxx Xxxxxx, Correduría de Seguros y reaseguros S.A. Todas las notificaciones, avisos o comunicaciones de cualquier índole que se deriven del contrato serán cursados por el Tomador del seguro y/o Asegurados y/o Beneficiarios a la compañía aseguradora adjudicataria de la presente licitación a través xxx Xxxxxxxx de seguros designado, y viceversa. El pago de las primas se efectuará directamente por el Asegurado al Asegurador, previa emisión por éste de recibo, y conforme a las normas reguladoras de la contratación administrativa.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. Las entidades aseguradoras no podrán presentar ofertas con mediador de seguros. La prestación al tomador de los servicios de asesoramiento preparatorio de la formalización del contrato de seguro, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuada por el mediador de seguros contratado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que en el momento actual es Xxxxx, S.A. Mediadores de Seguros, en virtud de contrato de mediación de fecha 9 de Julio de 2008. La gestión del contrato, avisos, notificaciones, comunicaciones, declaraciones de siniestros, etc. que se deriven de este contrato, serán cursados por el Tomador del seguro o Asegurado a la entidad aseguradora por mediación del mediador de seguros contratado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. La remuneración del mediador, de acuerdo con las previsiones legales existentes al respecto, será a cargo de la compañía aseguradora que resulte adjudicataria de este concurso. Esta remuneración consistirá en un porcentaje sobre la prima neta de la póliza.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La gestión y administración del presente contrato se llevará a cabo por la correduría de seguros que resulte adjudicataria del contrato de servicios de mediación en el seguro objeto de este pliego, coincidiendo su duración temporal y prorrogado en iguales términos que este contrato.
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. La prestación al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx de los servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y a los beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuado por Xxxxxxx. Los licitadores estarán facultados para reflejar en sus propuestas mejoras a las condiciones y coberturas exigidas en el presente pliego que tienen la consideración de mínimos y se valorarán de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas. 1 CASA CONSISTORIAL 3.789.685,05 € 271.990,21 € 162.153,07 € 3 ARCHIVO MUNICIPAL 786.184,07 € 90.151,82 € 120.202,42 € 6 MUSEO ARQUEOLOGICO 3.238.749,15 € 120.202,42 € 30.050,61 € 5 EDIFICIO CALLE XXXXXXXXXXX 1.137.632,03 € 12.000,00 € 00 XXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX 1.736.987,64 € 90.151,82 € UNIVERSIDAD POPULAR - UNED 1.177.983,72 € 21.250,00 €
SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS. Los servicios de mediación se llevarán a cabo por el corredor o correduría de seguros adjudicatario del contrato de “Mediación de Seguros Privados de la Consejería “

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.