SEGUROS Y COBERTURAS Cláusulas de Ejemplo

SEGUROS Y COBERTURAS. CCF, en calidad de distribuidor especializado, cuenta con las pólizas y coberturas necesarias para respaldar y amparar el debido funcionamiento de sus actividades, de conformidad con el contenido del artículo 3.1.5.1.3 del Decreto.
SEGUROS Y COBERTURAS. Los vehículos proporcionados por CAMPERAVENTURA disponen de una póliza de seguro que garantiza las coberturas de Seguro Obligatorio de Automóviles, de daños propios con una franquicia de 600,00 €, de Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria, y la defensa penal, fianzas y reclamación de daños. Las coberturas anteriores quedarán garantizadas y serán asumidas por la Compañía de Seguros según la póliza de seguros del vehículo, quedando sujetas a lo pactado en el condicionado general y particular de la misma, así como a lo establecido por la legislación de Seguros vigente en cada momento. En caso de daños generales sin contrario identificado, cuando se verifique que los mismos son los derivados de varios hechos, CAMPERAVENTURA aplicara la franquicia contratada en póliza por cada lado afectado del vehículo, aceptándose como un solo siniestro todos los daños que se ubiquen en esa parte del mismo. La cobertura de Exención de Daños Materiales, en ningún caso, cubrirá los daños o perdidas relativos a los objetos transportados o depositados en el vehículo por el CLIENTE o cualquiera de sus ocupantes. La cobertura de Exención de Daños Materiales, en ningún caso, cubrirá los daños a tapicerías e interiores del vehículo-Autocaravana. Adicionalmente, CAMPERAVENTURA asumirá a su cargo la reparación de daños o perdidas ocasionados al vehículo en el supuesto de accidente, robo del vehículo, actos vandálicos, incendio, rotura de lunas. En estos supuestos, el CLIENTE vendrá obligado a seguir las instrucciones marcadas por CAMPERAVENTURA, tanto en la cumplimentación del parte de accidente o en la formulación de la denuncia, así como en la peritación y reparación de los daños del vehículo. No obstante, todo lo anterior, CAMPERAVENTURA no asumirá la reparación de los daños ocasionados al vehículo-Autocaravana como consecuencia de alguno de los supuestos descritos, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: - Cuando se trate de daños resultantes de golpes en bajos, ruedas o neumáticos del vehículo, sea cual sea la causa de los mismos. - Daños ocasionados en el interior y tapizados del vehículo. - Perdida, daño o robo de llaves. - Repostaje de combustible inadecuado. - Perdidas xx xxxxxx de niños. - Daños o perdidas de antenas, gato, triángulos de seguridad, chalecos, limpiaparabrisas, tapón del depósito de combustible, o cualquier otro componente fijo o móvil del vehículo- Autocaravana. - Cuando los daños se produzcan en la parte superior de la carrocería del vehí...
SEGUROS Y COBERTURAS. 8.1 Seguro obligatorio y de responsabilidad civil frente a terceros. Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del Seguro Obligatorio del automóvil y del Complementario de Responsabilidad Civil por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso y circulación del vehículo. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Goldcar tenga concertada la correspondiente póliza de seguro y quedan sujetas al clausulado general y particular de la misma y a la ley. Mediante la firma del contrato de alquiler el cliente se adhiere como asegurado a la mencionada póliza, cuyas condiciones se encuentran a su disposición.
SEGUROS Y COBERTURAS. 6.1. El seguro a terceros concertado cubre los riesgos siguientes: seguro obligatorio a terceros, defensa y fianzas penales, reclamación de daños propios. En esta opción, cualesquiera otros daños o costes van a cargo del arrendatario. En esta modalidad el arrendador requiere un depósito de 2000€ para hacer frente gastos en que debiera incurrir por ésta.
SEGUROS Y COBERTURAS. 8.1 Seguro obligatorio y de responsabilidad civil frente a terceros. Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del Seguro Obligatorio del automóvil y del Complementario de Responsabilidad Civil por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso y circulación del vehículo. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el City-Rent Spain S.L. tenga concertada la correspondiente póliza de seguro y quedan sujetas al clausulado general y particular de la misma y a la ley. Mediante la firma del contrato de alquiler el cliente se adhiere como asegurado a la mencionada póliza, cuyas condiciones se encuentran a su disposición.
SEGUROS Y COBERTURAS. El adjudicatario deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 300.000,00 euros, para responder civilmente de los accidentes y daños y/o perjuicios que pudieran ocurrir ocasionados por los trabajos realizados durante Ia prestación del servicio o a causa de este. Se presentará al responsable municipal del contrato el justificante de dicho seguro, antes de la firma del Acta de inicio del servicio. La duración de dicho seguro coincidirá con la duración del contrato.
SEGUROS Y COBERTURAS. Si el Tarjetahabiente solicita al Emisor la prestación de cualquier programa de seguros o coberturas, el Tarjetahabiente se obliga a pagar al Emisor por la prestación de dicho servicio de acuerdo a los términos y condiciones contratados por el tarjetahabiente. TRIGÉSIMA PRIMERA: (
SEGUROS Y COBERTURAS. 9.1 Seguro obligatorio y de responsabilidad civil frente a terceros. xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
SEGUROS Y COBERTURAS. 1. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
SEGUROS Y COBERTURAS. Las tarifas incluyen seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria ilimitada.