RETIRO XXX XXXXXX Cláusulas de Ejemplo

RETIRO XXX XXXXXX. Los interesados en participar en la subasta, podrán obtener el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (el “Pliego”) en:
RETIRO XXX XXXXXX. Los interesados podrán retirar este Pliego de Bases y Condiciones Particulares en la Sede de BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. sita en Xx. Xxxxx Xx X° 0000 – Xxxx 0x - (XX
RETIRO XXX XXXXXX. Hasta el 01/08/19. ACTO DE APERTURA: el 02/08/19 a las 11:00 hs. LUGAR: Dirección de Compras y Licitaciones – M.T. de Xxxxxx 0000 – Subsuelo Sector A – Ciudad de Xx.Xx. Teléfono: 0000-0000/6078/6079 REGLAMENTACIÓN: Los proveedores podrán retirar el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Universidad de Buenos Aires, aprobado por Resolución (CS) 8240/13, del sitio de internet oficial de esta Facultad, xx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx.xxx. Los saluda muy atentamente.- Pliego de Bases y Condiciones Particulares Universidad de Buenos Aires FACULTAD DE ODONTOLOGIA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: Contratación Directa por Compulsa Xxxxxxxxx X° 00 Ejercicio: 2019 Clase: Sin Modalidad Modalidad: Sin Modalidad CUDAP: EXP-UBA: 46239/2019 Objeto de la contratación: Provisión de un servicio de alquiler de equipamiento para traducción, proyección de datos y videos y sonorización a ser utilizado en el Congreso Internacional 2019 de la Facultad de Odontología de la UBA Costo xxx xxxxxx: sin costo PRESENTACION DE OFERTAS ACTO DE APERTURA OFERTA: Se requiere que la oferta sea clara, precisa y completa, indicando si se ajusta a la totalidad de las especificaciones solicitadas en el Pliego. Asimismo, de poseer, se deberá adjuntar folleto completo a fin de evaluar los detalles técnicos –inclusive las marcas y modelos sugeridos-. El presente pedido evitará las consultas posteriores al momento de preadjudicar. En caso de ofrecer, además de la oferta básica, alguna alternativa o variante se deberá detallar las diferencias y/o mejoras que correspondieren. Si la oferta no aclara en qué se diferencia, se asumirá que se ajusta en un todo al PBCP, debiendo cumplirse al momento de la entrega, caso contrario se aplicarán las penalidades y/o multas correspondientes Condiciones del personal de la empresa que realice trabajos en la Facultad: Deberá cumplir todo el personal a cargo con todas las normativas en Seguridad e Higiene así como seguros, ART y Terceros. La empresa que resulte adjudicataria deberá contar con los siguientes seguros, que deberán contratarse con una compañía autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación o por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo según el caso, los que deberán acreditarse a los cinco (5) días hábiles de recibida la Orden de Compra, y que podrán ser requeridos por esta Facultad cada vez que se lo considere pertinente: Accidente de Trabajo: El adjudicatario asume toda responsabilidad respecto de accidentes o enfermedades de su perso...
RETIRO XXX XXXXXX. Hasta el 17/09/19 a las 10.30 hs.
RETIRO XXX XXXXXX. Todos los días hábiles en el horario de 9:00 a 16:00 horas en el Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C., sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC-TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos Aires y hasta TRES (3) días antes de la fecha máxima de presentación de ofertas También podrá solicitarse por correo electrónico a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx; o bien descargarse de la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones, xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; de la página web de INTERCARGO S.A.C., xxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx o de la página del Ministerio de Transporte xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx
RETIRO XXX XXXXXX. Hasta el 02/09/19.
RETIRO XXX XXXXXX. El pliego que habilita la participación en el acto podrá retirarse hasta 3 (tres) días hábiles anteriores al de la fecha de apertura (excluido éste día), es decir hasta el día 20/09/2012 inclusive, en Secretaría Administrativa de la Excma. Corte, sita en 3er. xxxx xxx Xxxxxxx de Justicia (Pje. Xxxxx Xxxxxxxxx 450, S. M. de Tucumán, sin cargo alguno.
RETIRO XXX XXXXXX. El Pliego es requisito indispensable para la cotización y posterior consideración de la propuesta. A tal fin los interesados podrán retirar el pliego sin costo en el lugar y horario determinado en las publicaciones y/o invitaciones hasta el día anterior a la fecha de apertura de la Licitación, salvo indicación en contrario xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares. Los Pliegos de Bases y Condiciones, como así también las notas emitidas desde la Auditoria General de la Provincia xx Xxxxx, se encuentran a disposición de los oferentes en la página Web “xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, debiendo imprimir los mismos para acompañarlos a la oferta. La Auditoría General de la Provincia xx Xxxxx NO entregara material impreso (Pliegos ni documentación) a los oferentes.
RETIRO XXX XXXXXX. El Pliego de Bases y Condiciones para el presente llamado a licitación podrá ser requerido en la Dirección General Administrativa y Financiera de la Secretaría de Transporte y Movilidad, sita en xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1634 PB y/o el Ente de la Movilidad xx Xxxxxxx sito en Xxxxx Xxxxxxxxx 000 1º piso, hasta la hora 12 (doce) del día hábil anterior al fijado para la fecha de apertura, previa reposición de un sellado de $ 94.500 (Pesos noventa y cuatro mil quinientos), en el BMR. Para poder retirar el pliego en el EMR deberá exhibirse constancia del sellado abonado. Los pliegos podrán consultarse en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx o xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx.xxx Los ejemplares obtenidos de la página web no serán considerados como válidos para ofertar.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.