Cobertura de Seguros Cláusulas de Ejemplo

Cobertura de Seguros. Con el objeto de cubrir los riesgos inherentes a las Actividades Petroleras, previo al inicio de las mismas, el Contratista deberá obtener y mantener en pleno vigor y efecto las coberturas financieras contingentes requeridas, conforme a la Normatividad Aplicable, frente a daños o perjuicios que se pudieran generar como resultado de dichas actividades; así como la cobertura de daños a los Materiales Inmuebles para ser utilizados en las Actividades Petroleras conforme a las Mejores Prácticas de la Industria.
Cobertura de Seguros. Con el objeto de cubrir los riesgos inherentes a la realización de las Actividades Petroleras, el Contratista deberá obtener y mantener en pleno vigor y efecto las pólizas de seguros que las Mejores Prácticas de la Industria requieran o aconsejen, sin menoscabo de aquellas que requiera la Agencia a través de la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá utilizar sus pólizas globales ante daños o perjuicios que pudieran generar las Actividades Petroleras, siempre que dichas pólizas globales reúnan las características de las pólizas requeridas en la Normatividad Aplicable.
Cobertura de Seguros. El locador deberá, durante el tiempo que dure la locación mantener las siguientes coberturas de seguros: a) Seguro Obligatorio y/o Autoseguro por la Ley de Riesgos del Trabajo. De acuerdo con la LRT 24.557, el LOCADOR está obligado a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir los riesgos del trabajo, debiendo hallarse afiliado obligatoriamente a una ART, salvo que se encuentre bajo el régimen del autoseguro (personal con seguro de accidente de trabajo) en cuyo caso deberá acreditar su inclusión en tal régimen. En todos los casos el LOCADOR adjuntará una nómina del personal asignado al Contrato y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal; b) Responsabilidad civil hacia terceros. El locador lo asume en forma amplia, por las sumas aprobadas por el Locatario por accidentes, protección contra toda clase de riesgos de daños o destrucción de la propiedad y lesiones, enfermedad o muerte de personas, como resultante de los mismos y donde quiera que se encuentren resultante de cualquier acto, omisión u operación del Locador, causados por sus empleados o dependientes, cualquiera fuera la causa. Todas las pólizas de seguros serán emitidas por compañías que el Locatario aceptará oportunamente. Tales pólizas deberán contener endosos apropiados y el Locatario se reserva el derecho de auditar ante dichas compañías las condiciones de contratación de los seguros requeridos. Los certificados de seguros y endosos que evidencian la existencia de tales, serán entregados antes de comenzar la prestación del servicio. Todas las pólizas contratadas de acuerdo con lo aquí establecido, deberán especificar que el Locador no podrá efectuar cambio material o cancelación de las mismas, sin notificación previa, con 10 días de anticipación, al locatario y consentimiento por escrito del mismo. Queda igualmente convenido que el locador se obliga a restituir al locatario los desembolsos que este hubiera debido efectuar por casos que se produjeran por dichos motivos. El locatario podrá retener en su poder, de las sumas que adeudare al locador, el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones y acciones que llegaren a formularse por algunos de aquellos conceptos hayan sido definitivamente descartadas y aquellos hayan satisfecho las indemnizaciones a que hubiese lugar por derecho. El locador hace expresa renuncia a cualquier reclamo o derecho de recupero que puedan tener contra el locatario por daño o destrucción de sus bienes, propios o al...
Cobertura de Seguros. El Contratista deberá constituir un Seguro con cobertura EMPRESA NACIONAL DE ENEIlG1AEl.JÉC'rRICA 2" Xxx. 0 x 00 xxxxxx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx XXX. Honduras C.A. =========================. -=::7=::' :.~C=::'---
Cobertura de Seguros. (i) Con el objeto de cubrir los riesgos inherentes a las Actividades Petroleras, previo al inicio de las mismas, el Contratista deberá obtener y mantener en pleno vigor y efecto las pólizas de seguros que cubran al menos lo siguiente:
Cobertura de Seguros. Seguro Institucional 69 Seguro Institucional por Invalidez o Incapacidad Total y Permanente 71 Impuesto Sobre la Renta 75 Impuesto Sobre la Renta de la Partida 17100001 77 Impuesto Sobre la Renta de la Partida 15400023 78 Impuesto Sobre la Renta Retroactivo de la Partida 11300001 y 12200001 79 Cuotas al I.M.S.S. 80 Seguro de Retiro 82 Cuotas al Instituto de Pensiones del Estado 85 Descuentos Judiciales 87 Reintegros 88 Sanciones Disciplinarias 90 Sanciones por Retardos 92 Faltas de Asistencia 94 Sindicato Democrático de Empleados del Poder Ejecutivo de Veracruz (S.I.D.E.P.E.V.) 97 Sindicato de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz (S.T.S.P.E.V.) 98 Sindicato Liberal de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz (S.L.T.S.P.E.E.V.) 99 Sindicato de Empleados Democráticos Independientes del Poder Ejecutivo de Veracruz y de la Fiscalía General del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx (S.I.E.D.I.P.E.V.) 100 Sindicato de Empleados del Poder Ejecutivo de Veracruz y de la Fiscalía General del Estado de Veracruz Unidos por la Democracia (S.E.P.E.V.U.D.) 101 Sindicato Alternativo para la Defensa de los Trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz (S.A.D.T.P.E.E.V.) 102 Alternativa Sindical de Trabajadores del Poder Ejecutivo de Veracruz (A.S.T.P.E.V.) 103 Sindicato de Empleados del Poder Ejecutivo (S.E.P.E.V.) 104 Sindicato Unificador de los Trabajadores al Servicio del Estado y del Magisterio (S.U.T.S.E.M.) 105 Seguro Social de los Trabajadores de la Educación del Estado de Veracruz 107 Apartado “E” Otras Deducciones del I.P.E. Prestaciones Otorgadas por el Instituto de Pensiones del Estado 109 Aseguradoras 111 Seguro de Vida y Pago de Marcha 112 Empresas Prestadoras de Bienes y Servicios 114
Cobertura de Seguros. Es la prestación económica que reciben los beneficiarios o empleados por concepto de: Seguro Institucional y Seguro Institucional por Invalidez o Incapacidad Total y Permanente.
Cobertura de Seguros. Seguro Institucional Partida 141002
Cobertura de Seguros. 29. El prestatario deberá presentar pruebas que demuestren, como mínimo, las cantidades de la póliza de seguros que aparecen a continuación:
Cobertura de Seguros cve: BOE-A-2010-15771