Protección al Consumidor Cláusulas de Ejemplo

Protección al Consumidor. 1.1. El Comercio hará efectivo el derecho de retracto de sus compradores en los términos del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 o cualquier norma que lo modifique o sustituya.
Protección al Consumidor. Las Partes reconocen la importancia de mantener y adoptar medidas transparentes y efectivas para proteger a los consumidores de prácticas comerciales fraudulentas y engañosas, cuando realizan transacciones mediante comercio electrónico.
Protección al Consumidor a. El Aliado Comercial declara conocer y aceptar el contenido del Anexo 2. Política de Protección de Derechos del Cliente.
Protección al Consumidor. 14.1 CAJA HUANCAYO velará porque las cláusulas contenidas en el presente contrato xxxx debidamente explicadas a EL CLIENTE.
Protección al Consumidor. Las Partes establecerán una estrecha cooperación destinada a lograr la compatibilidad entre sus sistemas de protección al consumidor. Esta cooperación podrá incluir el intercambio de información sobre trabajos legislativos, la creación de sistemas permanentes de información mutua sobre productos peligro- sos, la mejora de la información que se proporciona al consu- midor especialmente sobre precios, características de los pro- ductos y servicios ofrecidos, el desarrollo de intercambios entre los representantes de los intereses de los consumidores, el incremento de la compatibilidad de las políticas de protección del consumidor y la organización de seminarios y períodos de formación.
Protección al Consumidor. Con miras al cabal desarrollo del turismo, el consumidor será objeto de protección específica por parte de las entidades públicas y privadas (Secretaría Senado, 2012). El principal hito en materia de legislación del turismo en Colombia es la Ley 300 de 1996 ya que identificó una sentida necesidad de dotar al sector de una carta de navegación. En ella se define al turismo como una industria esencial y adicionalmente establece como principios fundamentales la concertación, la coordinación, la planeación, la protección al medio ambiente, el desarrollo social, la libertad de empresa, la protección al consumidor y el fomento. Esta Ley 300 / 96 también sentó las bases para la planificación turística en Colombia, al determinar la formulación de una política pública de turismo y la estructuración de los planes sectoriales nacionales de turismo, que se deben incorporar a los respectivos Planes Nacionales de Desarrollo. En concordancia con el principio de descentralización, el artículo 17 le confiere a las regiones y municipios la facultad para estructurar los planes sectoriales de desarrollo turístico e incorporarlos a los planes de desarrollo, así como a los planes de ordenamiento territorial. Ley de reconocimiento de la industria del turismo como industria de servicios, de libre iniciativa privada, libre acceso y libre competencia y esencial para el desarrollo social y económico del país y en especial para las entidades territoriales, regiones y provincias, por lo cual es la referencia legal más importante en este campo (artículos 1 y 2).
Protección al Consumidor. A efectos de lo dispuesto en la Ley 7/1.998 de 13 xx xxxxx, sobre condiciones generales de contratación, se hace constar que las estipulaciones del presente contrato constituyen condiciones generales –salvo las referencias y transcripciones legales preceptuadas por la legislación sobre Defensa de Consumidores y Usuarios- de las que la VENDEDORA informó al COMPRADOR entregándole copia del modelo de contrato con anterioridad a la fecha de su firma. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5º.1.4 del Real Decreto 515/1989, de 21 xx xxxxx, se deja constancia expresa de lo siguiente:
Protección al Consumidor. Asesoría respecto de las alternativas de solución de controversias y procedimiento ante la Procuraduría Federal del Consumidor para proteger los derechos del consumidor. Obligaciones de los contribuyentes, funciones y atribuciones del SAT y secretarías de finanzas locales. Asesoría sobre las principales obligaciones fiscales a cargo del Contratante (ISR, IVA, IETU). Asesoría sobre los requerimientos establecidos en la legislación para la debida constitución y operación que se relacionen con la empresa.

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  • SUMAS ASEGURADAS 1. El 100% del valor del vehículo y sus accesorios.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • Trabajo nocturno Las horas trabajadas en el período comprendido entre las 22 horas y las 6 horas, u otros horarios que deban pactarse por circunstancias especiales, tendrán la consideración de trabajo nocturno, y se incrementarán a efectos de retribución en un 25 % sobre el salario. Esto no será de aplicación cuando el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.

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  • Anticipos reintegrables Los trabajadores y las trabajadoras con contrato fijo al servicio de la Administración de la Junta de Comuni- dades de Castilla-La Mancha podrán solicitar anticipos con un límite máximo de 3.000 euros, a devolver sin interés en un plazo máximo de 36 meses. Los anticipos se solicitarán a través de la Secretaría General correspondiente, dentro de su disponibilidad pre- supuestaria. Se resolverán por orden de fecha de entrada de las solicitudes. En caso de insuficiencia de crédito, si varias solicitudes son presentadas el mismo día, se aplicarán los siguientes criterios de prelación:

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  • Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: [indicar la dirección precisa incluyendo el número de oficina] Fecha: [indicar la fecha]; Hora: [indicar la hora]

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.