Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente Cláusulas de Ejemplo

Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. Mejorar la percepción de seguridad y la convivencia, dinamizando a las comunidades involucradas en los ámbitos sociales, culturales, económicos y ambientales, en el espacio público, mediante el desarrollo de acciones de mejoramiento a partir de la intervención pública y la concertación con los actores que hacen parte del territorio. Este programa contempla la realización de acuerdos dirigidos a la promoción, uso y aprovechamiento del espacio público de manera regulada, teniendo en cuenta las necesidades y perspectivas de las personas que trabajan de manera informal y el uso del espacio público para la promoción de los medios de transporte alternativos, valiéndose de la sensibilización de todos los actores, los espacios de comercialización concertados y la salvaguarda de la vocación cultural de la localidad.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. La construcción colectiva del espacio público pasa por la realización de acuerdos centrados en el reconocimiento de la diversidad y desigualdad de las y los vendedoras informales, que permitan el cumplimiento de la normatividad, pero también que garanticen la formalización económica y la circulación por los mismos; en consecuencia, se establece como marco el logro de acuerdos para el aprovechamiento del espacio público, tanto con la comunidad como con las y los vendedores informales, para fortalecer espacios de convivencia, ordenamiento del territorio y desarrollo económico.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. El espacio público xx Xxxx, como lugar de encuentro y libre circulación de toda la ciudadanía se ve afectado por algunos fenómenos ocasionados por la desigualdad y la vulnerabilidad económica, tal como la ocupación por ventas informales y de otro lado, por el acaparamiento para actividad privadas. Frente a esto, el programa busca la concertación colectiva para mejorar la percepción de seguridad y la convivencia, así como para garantizar integralmente el derecho al uso del espacio público con fines sociales, deportivos, culturales y de aprovechamiento económico (bajo lo permitido por la ley), como parte del derecho a la ciudad. De conformidad con la Ley 1551 de 2012, numeral 18 del artículo 6. El programa tiene tres enfoques de intervención. En el primero se busca realizar acuerdos para el uso, acceso y aprovechamiento del espacio público, con fines culturales, deportivos, recreacionales y de actividades económicas temporales. El segundo se orienta a la promoción de la formalización de vendedores informales, mediante su vinculación a círculos económicos productivos. El tercero busca la vinculación de vendedores informales a actividades de promoción del uso adecuado de los medios de transporte sostenibles no motorizados, orientados desde los programas distritales “Escuela de la bicicleta" y "Al trabajo en bici". Este programa contribuye al cumplimiento del ODS 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. Las conflictividades en el espacio público, su volumen y falta de control ha desbordado la capacidad institucional para administrar, mantener y proteger en su totalidad el espacio público construidos en la ciudad, en donde los procesos de recuperación del espacio público asociados presentan conflictos con las normas que protegen el derecho al trabajo. Las ventas informales inciden en algunos problemas como el medio ambiente por producción y mala disposición de residuos sólidos, el aseo, la seguridad, la imagen comercial y las condiciones físicas de los elementos constitutivos del espacio público (andenes, plazas, parques, zonas verdes, etc.)2. Así mismo, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx es la sexta localidad con mayor tiempo promedio de desplazamiento de la población ocupada a su lugar de trabajo. Los tiempos de desplazamiento reportados según el estrato socioeconómico, se encuentra que los mayores tiempos se presentan en el estrato 1, con 55,8 minutos en promedio, y el menor, en el estrato 3 con 43,9 minutos. Dentro de lo manifestado por la ciudadanía en los Encuentros Ciudadanos, se refleja que esta localidad requiere fortalecer el desarrollo social, ambiental y cultura, para ello algunas de las propuestas contempladas hacen referencia al aprovechamiento del espacio público que garantice una sana convivencia y que permita a su vez formalizar a quienes se dedican a las ventas informales, pues teniendo en cuenta la emergencia epidemiológica que atraviesa el mundo, cada día más gente recurre a estas prácticas de informalidad. Por lo anterior, se pretende que a través de las estrategias planteadas en este PDL, se garantice la adecuada atención a dicha población.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. La Alcaldía Local con este programa busca garantizar el uso, acceso y aprovechamiento del espacio público, desarrollando procesos concertados para lograr acuerdos que promuevan la convivencia armónica entre la ciudadanía, los comerciantes, los vendedores informales y estacionarios, que disminuyan las conflictividades que se presentan entre estos garantizando el derecho al trabajo. Así mismo, se desarrollarán acciones que permitan la implementación de programas que motiven el uso adecuado de los medios de transporte no motorizados, por medio de la promoción de la normatividad para su apropiación y aplicación.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. Consolidar el Proyecto "Espacio Público Seguro, Eficiente, Incluyente y Productivo", enfocado en el uso y aprovechamiento del espacio público, en donde convergen los aspectos de supervivencia y el derecho al trabajo, como también los acuerdos para fortalecer la formalidad. Estos traerán ingresos y mejoramiento de las condiciones de vida y el consecuente impacto favorable en la seguridad de la localidad. A su vez, permitirán una movilidad adecuada y segura en el espacio público. Plantear e implementar los programas "Escuela de la bicicleta" y "Al trabajo en bici", entre otros, mediante los cuales se motive el uso adecuado de medios de transporte no motorizado, a los cuales se vinculen no solo a la comunidad en general residente y transeúnte en la localidad, sino también a los vendedores informales que atienden la demanda de productos asociados a esta modalidad de transporte. Buscar fomentar la formalización de los vendedores informales mediante la inscripción a cursos de educación para el trabajo que permitan generar potencialidades en esta población.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. Mediante la implementación de estrategias interinstitucionales relacionadas con los ámbitos, educativos, sociales, culturales, económicos y ambientales, se pretende mejorar la percepción de seguridad y convivencia en el espacio público, propendiendo por la intervención pública, la regulación y la concertación con los actores que hacen parte de un determinado territorio, en aras de establecer un oportuno y eficiente aprovechamiento del espacio público incluyendo cambios culturales y de dinámicas sociales. Adicionalmente, se crearán las condiciones necesarias para la implementación de una ruta para la formalización de los vendedores y vendedoras informales de la localidad Xxxxxxx Xxxxxx.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. Con el fin de mejorar la percepción de seguridad y la convivencia en el espacio público, se realizarán acuerdos entre los actores y la Alcaldía Local, que incentiven el uso adecuado del espacio público y la participación de los vendedores informales generando emprendimientos formalizados que coadyuven al desarrollo económico y productivo de esta población; así como acuerdos que promuevan la convivencia armónica entre la ciudadanía y los vendedores informales y estacionarios, enfocados a la solución de los conflictos y la promoción del uso, acceso y aprovechamiento del espacio público. Estos acuerdos comprenderán el desarrollo de actividades culturales, deportivas, recreacionales o de mercados temporales que beneficien tanto a la comunidad como a vendedores informales y estacionarios. Así mismo, se realizarán acciones para vincular a la ciudadanía a los programas del IDRD "Escuela de la bicicleta" y "Al trabajo en bici" que motiven el uso adecuado de los medios de transporte no motorizados y sostenibles.
Programa Espacio público más seguro y construido colectivamente. Mejorar la percepción de seguridad en la localidad implica involucrar a la comunidad en el cuidado y aprovechamiento del espacio público, la regulación social y la concertación entre los actores que hacen parte de los diferentes territorios de la localidad. Este programa tendrá como base el trabajo articulado entre la institucionalidad y las personas que desarrollan sus actividades económicas en el espacio público y que será implementado a través de acuerdos para el acceso, uso, goce y disfrute y aprovechamiento del espacio público local con enfoque diferencial y de género.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.