Libro de Obra Cláusulas de Ejemplo

Libro de Obra. 6.15. A partir del inicio de la Construcción, la SOCIEDAD CONCESIONARIA se obliga a abrir y mantener un Libro de Obra. En dicho Libro de Obra se anotarán los hechos más importantes durante la Construcción de las mismas, incluyendo entre otros: relación xx xxxxxxx de materiales que se estén empleando; relación de proveedores y subcontratistas; copia de resultados de ensayo o de pruebas de puesta en funcionamiento; copia de comunicaciones entre la SOCIEDAD CONCESIONARIA y el REGULADOR; copia de los Informes de Avance de Obras incluyendo metrados; de cumplimiento del calendario de avance; relación de los eventos que han afectado el cumplimiento del calendario de avance; y cualquier otra información útil para documentar el proceso de Construcción. Se anotarán, por último, las condiciones en que se pone en servicio la Obra.
Libro de Obra. 6.9. A partir de la Etapa de Ejecución de Obras, el CONCESIONARIO se obliga a abrir y mantener un libro de obra. En dicho libro de obra se anotarán los hechos más importantes durante la ejecución de las Obras, incluyendo entre otros: relación de proveedores y subcontratistas; copia de comunicaciones entre el CONCESIONARIO y el Regulador; copia de informes de avance; copia del cumplimiento del calendario de avance; relación de los eventos que han efectuado el cumplimiento del calendario de avance; y cualquier otra información útil para documentar la Etapa de Ejecución de Obras. Se anotarán, por último, las condiciones en que se pone en servicio las Obras.
Libro de Obra. La adjudicataria implementará un libro de obra, el cual deberá ser permanentemente completado de acuerdo con el desarrollo de la obra (trabajos realizados, entrada y retiro de materiales, dotación actuante, cumplimiento de órdenes de servicio, días de lluvia, condiciones climáticas, etapa del tratamiento en desarrollo, sector, etc.), el cual será presentado diariamente a la Supervisión de Obra para su verificación. El duplicado de cada foja será entregado a la adjudicataria, debidamente rubricado por la Supervisión de Obra. VI -
Libro de Obra. El CONTRATISTA deberá llevar y mantener en forma permanente en el ÁREA DE TRABAJO un "Libro de Obra". El Libro de Obra estará foliado en triplicado, una hoja original y dos copias. Las notas en el Libro de Obra, aún cuando estén firmadas por ambas Partes, no constituirán por sí mismas una Orden de Trabajo, ni una Orden de Cambio, ni una modificación al CONTRATO, ni compromiso de pago del PROPIETARIO al CONTRATISTA. Sin perjuicio de mayores u otros detalles, la información registrada en el Libro de Obra por cualquiera de las PARTES se referirá a situaciones que, eventualmente, pudieran generar reclamos, aumentos de obra y/o responsabilidades contractuales, entre otras, a saber:
Libro de Obra a) A partir del Inicio de la Fase de Construcción, el Inversionista abrirá y mantendrá un libro de obra (el “Libro de Obra”). En el Libro de Obra se anotarán los hechos más importantes durante la ejecución de las Obras, incluyendo, sin limitarse a, (i) relación de proveedores y subcontratistas, (ii) copias de comunicaciones entre el Inversionista y el Supervisor; (iii) copia de los Reportes de Avance de Obra, (iv) copia de los informes de cumplimiento del Cronograma Detallado de Obra , (v) relación de los eventos que han afectado el cumplimiento del Cronograma Detallado de Obra, (vi) las condiciones en las que se pone en Operación las Obras, y (vii) cualquier otra información que en concepto del Inversionista o del Supervisor sea útil para documentar apropiadamente la Fase de Construcción.
Libro de Obra. Artículo 164. El Contratista está obligado a llevar un libro de obra, que debe estar debidamente foliado en cada una de sus páginas y la apertura y sellado del mismo debe ser efectuado por el representante del órgano o ente contratante, igualmente debe ser firmado por el ingeniero inspector, el ingeniero residente y el Contratista. Este libro deberá ser revisado mensualmente por el supervisor inmediato del ingeniero inspector y dejar constancia de su conformidad u observaciones que hubiere formulado y contendrá al menos:
Libro de Obra. El Contratista adjudicado deberá proveer un “Libro de Obra”, foliado en triplicado (3 copias más 1 copia original), para la faena, el que estará a cargo de la ITO. En el Libro de Obra se dejará constancia, a lo menos, de: -La entrega del terreno, por cuenta del Mandante -El control de los trabajos -Las aclaraciones e interpretaciones del proyecto, efectuados por la ITO o el Contratista adjudicado, y en subsidio, por los asesores de especialidad de éstos. -La marcha general de las faenas, de acuerdo con los antecedentes técnicos del proyecto y del plazo fijado para la obra. -Las interrupciones o paralizaciones que pudieran sufrir las faenas, con señalamiento de su causa. -Todas las demás circunstancias y hechos u observaciones que se estime necesario consignar. En el Libro de Obra, además, se dejará constancia de las órdenes técnicas especiales que se estimen para la ejecución de los trabajos, las que serán impartidas por la ITO, los arquitectos e ingenieros calculistas. Las órdenes técnicas a que se refiere el punto anterior, podrán significar modificaciones de detalle a los antecedentes del proyecto, que sea necesario introducir a la obra.
Libro de Obra. El libro de Obra se llenará diariamente, anotando todas las actividades de ejecución de los trabajos, así como del personal, observaciones del Contratista y del supervisor delegado por el Ministerio de Educación con su respectiva firma de responsabilidad. De cada anotación que se efectué como las instrucciones u observaciones que se produzcan entre las diferentes partes que intervienen en el proceso, se dará una copia al representante de CACTU como Administrador de Contrato.
Libro de Obra. 6.13. El CONCESIONARIO se obliga a abrir y mantener en sus oficinas de la Obra, un Libro de Obra, para la ejecución de cada una de las etapas del Hotel de Turistas del Cusco. En dicho Libro de Obra se anotarán los hechos más importantes durante la remodelación e implementación de la Obra, los materiales que se estén empleando o se pretendan emplear, los defectos, errores y omisiones encontrados, las consultas formuladas, las observaciones, decisiones y pronunciamientos del Supervisor de Obra, los Informes de Avance de Obra y el cumplimiento del Calendario de avance así como los eventos que lo afectan. Se anotarán, por último, las condiciones en que se pone en servicio la Obra.
Libro de Obra. El Contratista adjudicado deberá proveer un “Libro de Obra”, foliado en triplicado (3 copias más 1 copia original), para la faena, el que estará a cargo de la ITO. En el Libro de Obra se dejará constancia, a lo menos, de: -La entrega del terreno, por cuenta del Mandante -El control de los trabajos -Las aclaraciones e interpretaciones del proyecto, efectuados por la ITO o el Contratista adjudicado, y en subsidio, por los asesores de especialidad de éstos. -La marcha general de las faenas, de acuerdo con los antecedentes técnicos del proyecto y del plazo fijado para la obra. -Las interrupciones o paralizaciones que pudieran sufrir las faenas, con señalamiento de su causa. -Todas las demás circunstancias y hechos u observaciones que se estime necesario consignar.