PROCEDIMIENTOS Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTOS. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de ▇▇▇▇▇▇▇ y de Fianzas para la efectividad de la fianza, en relación con los artículos 166 y 178 de la propia ley.
PROCEDIMIENTOS. (La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
PROCEDIMIENTOS. 6.2.1 Aplicabilidad de los procedimientos a distintos Asociados comerciales del exterior. Se deberán seguir los siguientes procedimientos en lo que respecta a los distintos tipos de Asociados comerciales del exterior tal como se dispone en la matriz que figura a continuación. En la Sección B que sigue, bajo el título “Definiciones”, se ofrecen las definiciones de los términos usados. 6.2.2 Siempre que cualquier empleado de CommScope determine que puede ser apropiado entablar una relación comercial con un Asociado comercial del exterior o prorrogar una relación comercial con cualquier Asociado comercial del exterior o renovarla o ampliarla, el Proponente debe seguir los procedimientos establecidos por la(s) unidad(es) de negocios funcional(es) u operativa(s) correspondientes, entre los que se incluyen el Cronograma de autorizaciones, para la aprobación comercial de la contratación de servicios de Asociados comerciales del exterior. Salvo que el Asociado comercial del exterior haya sido sujeto de un proceso de diligencia debida previamente conforme a lo exigido por esta 6.2.3 La unidad de negocios operativa o funcional correspondiente examinará la solicitud de contratación de los servicios del Asociado comercial del exterior, conforme a esta política. 6.2.4 Una vez que la gerencia de la(s) unidad(es) de negocios funcional(es) u operativa(s) haya otorgado la aprobación, el Proponente remitirá el Cuestionario completo al Departamento Legal para su consideración. Un miembro adecuado del Departamento Legal examinará el Cuestionario y, según corresponda, solicitará un informe externo de diligencia debida respecto del Solicitante, se desempeñará en carácter de Coordinador de la diligencia debida y completará la Lista de verificación de la diligencia debida para Asociados comerciales del exterior adjunta al presente documento como Anexo B. 6.2.5 Si el Solicitante recibe la aprobación del Departamento Legal conforme a esta Política luego de examinar la información de la diligencia debida, el Departamento Legal se lo informará al Proponente y preparará el contrato correspondiente con el fin de documentar la vinculación con el Solicitante. Dicho contrato exigirá al Asociado comercial del exterior que cumpla con el Código de conducta de CommScope, con la Política de la FCPA de CommScope y con las leyes y reglamentaciones anticorrupción aplicables, incluso la FCPA, y exigirá la certificación anual de tal cumplimiento. 6.2.6 El Departamento Legal conservará, en la sede c...
PROCEDIMIENTOS. (LA "AFIANZADORA" O LA "ASEGURADORA") ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 279 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA HACER EFECTIVA LA FIANZA.
PROCEDIMIENTOS. La tubería deberá prepararse por medio de un procedimiento que deje una superficie razonablemente ▇▇▇▇ para soldadura, por ejemplo: maquinado, aserrado, corte con flama. No se permiten imperfecciones, tales como ranuras, gotas de soldadura, oxidación resultante ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, excesiva corrugación y materiales extraños. Si cualquiera de los extremos preparados se daña, este deberá ser reparado por esmerilado. El corte con oxiacetileno y el esmerilado serán permitidos procurando que el corte sea cuidadosamente ejecutado dentro de los límites especificados en el código ANSI.B.31.3. Después ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ con oxiacetileno se deberá pulir antes de su uso. Las partes de tubería a soldarse, deberán estar limpias y libres de pintura, aceite, grasa y otros materiales extraños. Estos deberán protegerse con cubiertas adecuadas antes de su uso. Los extremos de tuberías a soldarse deberán alinearse tan exacto como sea posible y no deberán sufrir desplazamientos cuando sean soldados. El desalineamiento interior no deberá exceder 1.5 mm (1 1/6 “). Cuando sea necesario soldar extremos de tuberías del mismo tamaño pero con diferente espesor, el de mayor espesor deberá ser internamente biselado, con una pendiente de 1:5 para obtener el mismo espesor de soldadura. El paso de fondeo deberá efectuarse por el procedimiento de arco protegido, con gas inerte y tungsteno. El arco eléctrico debe estar protegido con gas inerte o el procedimiento de arco sumergido. El procedimiento de arco protegido con C02 puede emplearse para tubería ▇▇ ▇▇▇▇▇ al carbón. El procedimiento de oxiacetileno puede usarse para tubería ▇▇ ▇▇▇▇▇ al carbón de 2” de diámetro nominal y menor. Para pasos subsecuentes, el CONTRATISTA podrá emplear un procedimiento de soldadura semiautomático y siempre que sea posible en la posición 1G (ASME Sec. IX). El alineamiento de los elementos a soldarse será efectuado por soldadura de puntos; si la soldadura de puntos es empleada, esta deberá efectuarse por soldadores calificados, usando una varilla de soldadura igual al ancho de la raíz. Todas las tolerancias deberán cumplir con el procedimiento de soldadura aprobado ANSI-B.31.3, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇. Ninguna soldadura presentará imperfecciones que no sean aceptadas por el código ANSI B.31.3, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇. Cada soldadura terminada deberá tener realce uniforme con una altura máxima de 3mm (1/8 “) sobre la superficie del material, sobre el perímetro total. Cualquier cordón de soldadura con una altura inferior a 1.5 mm (1 1/16 “) deberá impli...
PROCEDIMIENTOS. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la
PROCEDIMIENTOS. En caso de discrepancia en el ámbito de cualquiera de las empresas afectadas por el presente Convenio sobre el adecuado encuadramiento de sus trabajadores en el nivel profesional correspondiente, las partes están obligadas a someter la cuestión a consulta de la Comisión paritaria, la cual resolverá lo que proceda en el plazo máximo de siete días. Consolidación de nivel superior. El desempeño de trabajo de nivel superior en uno o varios períodos de contratación durante cuatro meses en un año o de ocho meses en dos años, dará derecho a consolidar el nivel superior. En todo caso, quedarán excluidos de la consolidación del nivel superior por los motivos expuestos, los trabajadores que desempeñen funciones de nivel superior por causas de interinidad. Ámbito de aplicación. El presente sistema de clasificación profesional será de aplicación al personal de estructura.
PROCEDIMIENTOS. Actuará la Comisión a instancia de parte, adoptándose sus acuerdos por unanimidad. Podrán convocarse reuniones extraordinarias de interés general a instancia de las partes.
PROCEDIMIENTOS. El presente Convenio se rige por las normas y procedimientos de la OIM.
PROCEDIMIENTOS. 8.1.- El Servicio de Salud cursará a la Entidad o Entidades Aseguradoras de los vehículos intervinientes en el siniestro, una factura por cada lesionado. En todo caso el envío de los partes de asistencia y las facturas se realizará en un plazo máximo de 1 año, recomendable de 90 días naturales, desde la ocurrencia del siniestro, por parte de los servicios de emergencias médicas. 8.2.- Las Entidades Aseguradoras podrán solicitar las aclaraciones oportunas al contenido de las facturas. La no conformidad con el importe de las mismas se comunicará en un plazo máximo de treinta días naturales a contar desde la fecha de la recepción de la factura. 8.3.- La factura de gastos asistenciales presentada por la Entidad de Emergencias Sanitarias deberá detallar los datos identificativos del siniestro, de la víctima, y matrícula del vehículo. 8.4.- Solamente será procedente la negativa de una Entidad Aseguradora a hacerse cargo de los gastos asistenciales, en los supuestos siguientes: a) No aseguramiento del vehículo en función del cual se le imputa el pago. b) No corresponda el pago según la Estipulación Segunda. c) Transcurso de los plazos fijados en las Estipulaciones del Convenio. 8.5.- La Entidad de Emergencias Sanitarias estará abierta a toda colaboración para facilitar la renuncia judicial en aquellos supuestos que existan actuaciones judiciales, y a reintegrar las indemnizaciones percibidas del Juzgado en los casos puntuales en que dicha renuncia no se haya llevado a cabo con anterioridad. 8.6.- Cualquier infracción de estas cláusulas y normas se denunciará a la Comisión de Seguimiento y Vigilancia, que agotará sus posibilidades de actuación, según lo previsto en las cláusulas y normas de este Convenio.