Primer Informe Cláusulas de Ejemplo

Primer Informe. Será una sistematización de todas las actividades realizadas en ese período, en el que se pueda visualizar los logros alcanzados de acuerdo a lo planificado, los problemas presentados, las soluciones planteadas. Este informe se entregará con los respectivos documentos de verificación: Actas, registros de asistencia, archivos fotográficos, actas de acuerdos, etc. Este informe se entregará a los 45 días de haber entrado en vigencia el Contrato y básicamente deberá contener: Índice Informe de actividades cumplidas en el que se detallará los productos alcanzados, indicadores del proceso, resultados y fuentes de verificación. Línea de Base que contendrá los resultados y análisis del estudio a fin de conocer las características principales de la comunidad, así como los problemas y necesidades presentes, el análisis y explicación de resultados obtenidos en los formularios de: Diagnóstico Comunitario. Resultados del Auto-diagnóstico comunitario Diagnóstico del Prestador de servicios de Agua Potable y saneamiento comunitario Diagnóstico del Prestador de servicios de Agua Potable y saneamiento Municipal Encuestas socio-económicas y sanitarias Resultados de la tabulación Conclusiones y Recomendaciones Nota: El informe deberá ser presentado impreso en papel bond formato A4, tipo de letra Arial, tamaño 12, mismo que se entregará en físico y digital.
Primer Informe. RESULTADOS EN RELACIÓN AL OBJETIVO 1 1. Catastro y diagnóstico de la situación actual de las principales instituciones nacionales de investigación RESULTADOS EN RELACIÓN AL OBJETIVO 2 2. Catastro y diagnóstico de la situación actual de políticas públicas nacionales
Primer Informe. Será entregado hasta los 10 días calendario luego de suscrito el contrato y orden de servicio. El cual debe contener como mínimo lo siguiente: ▪ Plan de Estudios ▪ Estructura curricular ▪ Horarios ▪ Forma de evaluación
Primer Informe. RESULTADOS EN RELACIÓN AL OBJETIVO 1 CATASTRO Y DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS PRINCIPALES INSTITUCIONES NACIONALES DE INVESTIGACIÓN En primer lugar se presenta un conjunto de precisiones sobre el enfoque metodológico definido para la realización del Catastro y Diagnóstico de las entidades tecnológicas nacionales, referidos a los ámbitos básicos de actividades que permitirán evaluar los grados de desarrollo institucional y de desempeño. En segundo lugar se presentan algunos alcances metodológicos (el conjunto de instrumentos metodológicos que sirvieron de apoyo para la realización del Catastro y Diagnóstico de las entidades tecnológicas se presentan en Anexo). En tercer lugar se presentan los resultados de esta etapa del estudio, en particular:
Primer Informe. Este primer informe comprende la experiencia durante el primer mes y medio de práctica, en el cual se conoció la manera como se lleva a cabo la contratación estatal específicamente en la Secretaría General de la Gobernación xx Xxxxxxxxx. Se estudió dos clases de contratos, el de prestación de servicios y convenios interadministrativos, estos se adjudicaron mediante las modalidades de licitación pública, contratación directa y mínima cuantía. Según el cronograma propuesto en esta práctica se recibió la primera entrega de contratos consistentes en uno solo de la vigencia 2016 y varios contratos celebrados en el primer trimestre de este año 2017. Dichos contratos ya han pasado por un control jurídico formal y sustancial en su elaboración, más sin embargo la oficina gestora, en este caso la Dirección de Contratación Bienes y Servicios, requiere una revisión interna donde se realice control formal de los contratos para su propio conocimiento y mejoramiento, además solicitaron se verificara la suficiencia de las pólizas, para los contratos que las requirieron. Para realizar la revisión del cumplimiento de los requisitos legales en los procesos pre-contractuales de los contratos seleccionados se obtuvo apoyo de las herramientas como “lista de chequeo AP-JC-RG-112”24 “lista de chequeo AP-JC- RC-111”25 y guías de procedimiento “AP-JC-PR-15”26, “AP-JC-PR-14”27, “AP-JC- PR-16”.28 Estas herramientas elaboradas por la oficina jurídica de la gobernación, consisten en listas de chequeo pensadas para orientar al funcionario que requiera 24 Lista de chequeo para licitación pública. Jurídica y Contratación. En: Intranet, Sistemas Integrados. [en línea]. Disponible en: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxxxxx/000-xxxxxxxxxx- publica 25 Lista de chequeo para convenio interadministrativo. Jurídica y Contratación. En: Intranet, Sistemas Integrados. [en línea]. Disponible en: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxxxxx/000-xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxx

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.