PROPIEDAD INTELECTUAL Cláusulas de Ejemplo

PROPIEDAD INTELECTUAL. “EL PROVEEDOR” acepta y reconoce que todos los derechos de propiedad intelectual que pertenecen a cada una de “LAS PARTES” se mantendrán y seguirán siendo propiedad de cada una de ellas, por lo que nada establecido en la presente “ORDEN DE COMPRA” genera a favor de “EL PROVEEDOR” el derecho de utilizar las marcas, nombres comerciales, diseños industriales, patentes, derechos autorales o cualquier otro derecho de propiedad intelectual de “BAXTER”, sin su autorización previa y por escrito. “EL PROVEEDOR” garantiza que cumple legalmente con todos los derechos y licencias necesarios para el suministro de “LOS PRODUCTOS” y/o la prestación de “LOS SERVICIOS”, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a “BAXTER” de cualquier reclamación que tuviera con motivo de la violación de derechos de propiedad intelectual de terceros con motivo del suministro de “LOS PRODUCTOS” y/o de la prestación de “LOS SERVICIOS”, así como a pagar a “BAXTER” las cantidades que esta última hubiera erogado por este concepto. Asimismo, en este acto “EL PROVEEDOR” cede a “BAXTER” la propiedad de los resultados de “LOS PRODUCTOS” y/o de “LOS SERVICIOS”, incluyendo la propiedad de todos y cada uno de los derechos de propiedad intelectual y know how que en su caso se generen, salvo que dichos derechos sean propiedad de “EL PROVEEDOR” o en su caso, se demuestre que fueron desarrollados con independencia de la creación de “LOS PRODUCTOS” y/o del desarrollo de “LOS SERVICIOS” efectivamente prestados. La cesión de derechos a que se refiere el párrafo anterior será exclusiva, mundial, perpetúa y completa, incluye el derecho de uso, transmisión y publicación de resultados en cualquier forma y por cualquier medio, así como para modificar y alterar los resultados. “EL PROVEEDOR” garantiza que los empleados asignados al suministro de “LOS PRODUCTOS” y/o a la prestación de “LOS SERVICIOS”, renunciarán a su derecho de oposición en relación con los resultados y su derecho a ser mencionados como autores con respecto al uso o modificación y alteración de los resultados.
PROPIEDAD INTELECTUAL. El adjudicatario cede en exclusiva a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. todos los derechos de propiedad intelectual que le corresponden sobre las obras realizadas en ejecución del contrato, para todo el territorio mundial y hasta el paso de los derechos al dominio público, con facultad de cesión a terceros de forma exclusiva o no, total o parcial, gratuita u onerosa. Como consecuencia, Canal xx Xxxxxx XX, S.A. ostentará el derecho a la más amplia explotación de las obras, y en concreto, los derechos exclusivos de reproducción (total o parcial, directa o indirecta, por cualquier medio y bajo cualquier forma, permanente o transitoria), distribución (bajo cualquier forma incluida la venta, alquiler y préstamo en cualquier soporte), transformación y comunicación pública (todos los actos donde una pluralidad de personas tengan acceso a la obra sin previa autorización, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo, los actos recogidos en el artículo 20.2 o cualquier otro que pueda modificar el anterior del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual) En virtud de lo previsto, el adjudicatario garantizará a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. la explotación pacífica de las obras, por lo que deberá haber adquirido en exclusiva y con facultad de cesión a terceros los derechos de explotación de las aportaciones particulares que correspondan a los profesionales que hayan participado en la elaboración de las obras y los derechos que en su caso, pudieran recaer sobre las obras utilizadas para la ejecución del contrato, sin ningún tipo de carga y asegurando la originalidad del desarrollo de las obras. De esta forma, Canal xx Xxxxxx XX, S.A. dispondrá de la totalidad de los derechos que recaen sobre las obras para proceder a su efectiva explotación. En cualquier caso, será el adjudicatario y no Canal xx Xxxxxx XX, S.A., quien responderá de las reclamaciones que terceros puedan efectuar en base a los derechos que pudieran recaer sobre las obras. No obstante, el adjudicatario deberá indemnizar a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. por los daños y perjuicios que pueda sufrir por esta causa. Todos los soportes físicos y demás material utilizado en la elaboración de las obras serán propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. Asimismo, el adjudicatario transmitirá a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. la totalidad de los derechos de propiedad intelectual que puedan corresponderle sobre las obras. En ningún caso, la utilización que el...
PROPIEDAD INTELECTUAL. EL BANCO garantiza el derecho de uso y desarrollo sobre el software y los programas y materiales bajo la licencia regulada en este contrato, libre de cualquier gravamen, sobre la propiedad de los mismos. Las APIs de EL BANCO a las cuales se dará acceso a EL DESARROLLADOR, así como cualquier software y los programas y materiales bajo licencia son propiedad de EL BANCO, incluyendo la PROPIEDAD INTELECTUAL DEL BANCO, y están protegidas por leyes nacionales y tratados internacionales sobre la propiedad intelectual. Cualquier reproducción o redistribución está expresamente prohibida y puede conllevar sanciones civiles y penales, sin perjuicio de otras sanciones previstas en el presente contrato. Este contrato no confiere a EL DESARROLLADOR ningún derecho de propiedad o ningún otro derecho de uso diferentes a los indicados expresamente en el presente contrato sobre la PROPIEDAD INTELECTUAL DEL BANCO. Toda la información que EL BANCO suministre a EL DESARROLLADOR, sea confidencial o no, así como las marcas, logos u otros nombres o marcas relacionadas que identifiquen a EL BANCO o su información, secretos industriales, copyright o patentes, o demás derechos de propiedad intelectual de EL BANCO, son y permanecerán de su exclusiva propiedad; en consecuencia, no se entienden transferidos los derechos sobre estos con ocasión de la ejecución del presente contrato. Entiéndase por información, todos los estudios realizados, metodologías e informes, o aquellos que se encuentren en proceso y sean desarrollados conjuntamente por LAS PARTES, además de los documentos, datos, unidades documentales, universos de clientes, muestreos, productos o segmentos, como también los resultados obtenidos con la realización del presente contrato. Las partes reconocen que LA PROPIEDAD INTELECTUAL DEL BANCO, así como LAS LLAVES, LOS CÓDIGOS DE INCORPORACIÓN a las APIS son de propiedad de EL BANCO y en tal sentido, EL DESARROLLADOR o EL TERCERO no podrán ejercer ningún derecho de propiedad sobre la misma ni podrán comercializarla.
PROPIEDAD INTELECTUAL. SALVO QUE EXISTA IMPEDIMENTO, LOS DERECHOS INHERENTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS INVARIABLEMENTE SE CONSTITUIRÁN A FAVOR DE LA CONDUSEF SEGÚN CORRESPONDA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN XX, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y CONFORME A LO QUE ESTABLECEN LAS LEYES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, DEBIENDO LAS PARTES OTORGAR, EN SU CASO, LOS CRÉDITOS CORRESPONDIENTES A LAS PERSONAS QUE INTERVENGAN EN LA PRODUCCIÓN DE LAS OBRAS INTELECTUALES QUE RESULTEN DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
PROPIEDAD INTELECTUAL. Toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad, tales como patentes, derechos de autor, marcas registradas y propiedad de los datos que se originen durante la prestación de los Servicios serán de titularidad de la OIM incluidos, sin restricción alguna, los derechos para utilizar, reproducir, adaptar, publicar y distribuir cualquier elemento o parte de éste.
PROPIEDAD INTELECTUAL. Los derechos patrimoniales que surjan de la producción intelectual que EL CONTRATISTA realice en cumplimiento de las actividades propias de su CONTRATO o con ocasión de ellas, pertenecen a LA ANIM, y por tanto por este mismo acto se entienden cedidos por parte de EL CONTRATISTA a favor de LA ANIM. De igual manera las invenciones realizadas por EL CONTRATISTA le pertenecen a éste, salvo: a) En el evento que la invención haya sido realizada por EL CONTRATISTA contratado para investigar, siempre y cuando la invención sea el resultado de la misión específica para la cual haya sido contratado. b) Cuando EL CONTRATISTA no ha sido contratado para investigar y la invención se obtiene mediante datos o medios conocidos o utilizados en razón de las actividades adelantadas en desarrollo del CONTRATO; caso en el cual dichas invenciones serán de propiedad de LA ANIM. Todo lo anterior, sin perjuicio de los derechos xxxxxxx de autor que permanecerán en cabeza del creador de la obra, de acuerdo con la Ley 23 de 1.982, la decisión 351 y 486 de la comisión de la comunidad Andina de Naciones.
PROPIEDAD INTELECTUAL. Marcas comerciales de PayPal
PROPIEDAD INTELECTUAL. “EL PROVEEDOR” acepta que renuncia a aquellos derechos de autor u otros derechos exclusivos que resulten de la prestación del servicio materia de este instrumento, mismos que invariablemente deberán constituirse a favor del Gobierno Federal.
PROPIEDAD INTELECTUAL. Ni Usted ni Sus Usuarios Autorizados por medio del presente adquieren ningún derecho de propiedad, titularidad o interés en o sobre cualquier propiedad intelectual o derecho exclusivo, inclusive patentes, diseños, marcas comerciales, derechos de autor, derechos de bases de datos o derechos en cualquier información confidencial o secretos comerciales, en o relacionados con Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, inclusive Contenido disponible mediante RIM o sus afiliadas y sus respectivos proveedores como parte de un Servicio RIM, en virtud de este Contrato. Usted tampoco adquiere ningún derecho de licencia en o relacionado con Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, o en ningún Contenido disponible para Usted a través de un Servicio de RIM, que no sean los derechos expresamente otorgados en licencia a Usted en virtud de este Contrato, en la Documentación asociada, o en cualquier otro acuerdo escrito mutuamente acordado que Usted pueda tener con RIM. No se otorga ninguna titularidad y/o ningún derecho de posesión para el Producto RIM (si lo hubiera) en virtud del presente Contrato, y no pasa a Usted ninguna titularidad frente a ningún Hardware Beta en absoluto. Cualquier derecho que no se otorgue expresamente en el presente Contrato se reserva expresamente. A los fines de claridad, no obstante cualquier disposición en este Contrato, en ningún caso ninguna licencia de patente otorgada sobre el Software en el presente extiende, o se interpreta en el sentido de extender, el uso de cualquier Servicio de terceros o Elementos de terceros, ya sea sobre una base independiente o junto con Su Solución BlackBerry, y, sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso se interpretará a las licencias otorgadas en virtud del presente de modo tal que el proveedor de Servicios de terceros o de Elementos de terceros pueda hacer valer con éxito que el uso de los Servicios de terceros o los Elementos de terceros correspondientes ya sea junto con toda o parte de la Solución BlackBerry o sobre una base independiente se otorgan en licencia bajo patentes de RIM en virtud del hecho de que el Software se otorga en licencia en virtud del presente. El Software y cualquier copia que Usted realice del Software se otorga en licencia solamente, y no se le vende, a Usted; asimismo, el Software, toda la Documentación y cualquier Contenido que RIM o sus afiliadas le proporcionen a Usted como parte de un Servicio de RIM y cualquier sitio que le permita a Usted acceder a c...
PROPIEDAD INTELECTUAL. El contenido de esta aplicación está protegido por derechos de autor. Xxxxxx & Xxxxx conserva la titularidad de todos los derechos de propiedad, incluidos los derechos de autor, patentes, marcas comerciales y todos los demás derechos de propiedad intelectual y soluciones técnicas relacionadas con la aplicación. El usuario reconoce que los derechos concedidos en virtud del presente acuerdo de usuario no le otorgan ningún derecho de propiedad sobre la aplicación. Todos los derechos sobre el contenido y los datos proporcionados por el usuario x Xxxxxx & Xxxxx permanecen con el usuario. Xxxxxx & Xxxxx tomará las medidas razonables para garantizar que la seguridad de la aplicación cumple con los estándares xxx xxxxxxx. Xxxxxx & Xxxxx se reserva el derecho a realizar nuevas versiones y actualizaciones de la aplicación, en particular cambios en el diseño, procedimiento operativo, especificaciones técnicas, sistemas y otras funciones de la aplicación, en cualquier momento y sin previo aviso. Si el usuario infringe las condiciones de uso o su comportamiento viola la ley, los derechos de terceros o la moral, sus derechos de uso según el artículo 2 terminan automáticamente y Xxxxxx & Xxxxx puede prohibirle el acceso a la aplicación de forma temporal o permanente. Cualquier uso ilícito, en particular la reproducción, distribución o publicación con fines comerciales, será perseguido por Xxxxxx & Xxxxx con arreglo al derecho civil y/o penal. Si alguna de las disposiciones de estas condiciones de uso fuera o llegara a ser inválida o contuviera una laguna, la validez legal de las restantes disposiciones no se verá afectada. En lugar de la disposición ausente o inválida, se considerará acordada una disposición que se acerque más a la finalidad económica originalmente prevista. Las modificaciones y suplementos de estas condiciones de uso deben hacerse por escrito. Esto también se aplica a la modificación de este requisito de forma escrita. exclusión de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías. Si el usuario es un consumidor, no se verán afectados otros derechos de los consumidores en virtud de la legislación del Estado en el que el consumidor tenga su residencia permanente. Si el usuario es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán (Handelsgesetzbuch), una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público, y