Common use of Plan de Seguridad y Salud Clause in Contracts

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Edificio De Protección Y Puesta en Valor, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Sustitución De Pavimento De Pista De Atletismo en Complejo Deportivo Núñez, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Instalación De Cámaras De Vigilancia en Diversas Zonas Del Albaicín

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en El Contrato De Obras Por Procedimiento Abierto De Los Proyectos Acogidos Al Fondo Estatal, www.granada.org, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De: Proyecto De Remodelacion De La Calle Alhondiga a Adjudicar Por Procedimiento Abierto

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio Estudio de seguridad Seguridad y salud Salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra, el cual será aportado en el plazo de SIETE (7) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato. El plan Plan de seguridad Seguridad y salud Salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. R.D. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Tramitación Urgente, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Tramitación Urgente

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de designado para la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y saludla dirección facultativa. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubreoctubre y en la Sección 1ª del Capitulo 12 xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de las Obras Municipales, relativo a las obligaciones sociales y laborales del contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de designado para la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y saludla dirección facultativa. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en El Contrato De Las Obras De Reforma Del Sistema De Climatización Del Centro Cultural Ramón Pelayo De Solares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Renovacion Del Tramo De Conduccion De Abastecimiento Fuente Baena Y Estacion De Bombeo en Deposito Sierra a Adjudicar Por Procedimiento Abierto Simplificado

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del Salvo en los casos en los que la normativa específica así lo exceptúe, deberá elaborarse el estudio de seguridad Seguridad y salud Salud o, en su caso, del el estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo para cada obra en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la cada obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Contrato Mixto De Prestación Principal De Servicios Y Acuerdo Marco De Obras Y/O Suministros Por El Procedimiento Abierto Ordinario, www.alonsotegi.net

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del RD. R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación la Administración antes del inicio de la obra, con el previo correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del directordirector facultativo, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. R.D. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De ( Titulo

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubreoctubre y en la Sección 1ª del Capitulo 12 xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de las Obras Municipales, relativo a las obligaciones sociales y laborales del contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Consolidación Estructural De La Nave

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio Salvo en los casos en los que la normativa específica así lo exceptúe, deberá elaborarse el Estudio de seguridad Seguridad y salud Salud o, en su caso, del el estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo para cada obra en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la cada obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubretécnico.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen La Contratación

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista sobre el que haya recaído la correspondiente propuesta de adjudicación, elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser presentado por el licitador que haya presentado la mejor oferta (o por el adjudicatario) antes de la formalización del contrato, y aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de designado para la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y saludla dirección facultativa. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: sede.plasencia.es

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del RD. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación DESDE ARAHAL,S .L. antes del inicio de la obra, con el previo correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del directordirector facultativo, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego Para La Adjudicación Mediante Contrato De Prestación De Servicios

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubreoctubre y se tendrán en cuenta las obligaciones sociales y laborales del contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Concesión De Obra Pública Para La Redacción De Proyecto, Construcción Y Explotación Del Aparcamiento Subterráneo en La Avenida Del Cid De Sevilla

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del RD. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación MINTRA antes del inicio de la obra, con el previo correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del directordirector facultativo, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Construcción De La Infraestructura De Una Nueva

Plan de Seguridad y Salud. En el caso de ejecución de obras en las instalaciones xxx Xxxxxxx, en aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista concesionario elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación la Administración antes del inicio de la obra, con el previo correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contratoAsimismo, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos supuestos de obras en que se reflejen concurran actividades empresariales en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia un mismo centro de seguridad y salud. En todo casotrabajo, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre en la disposición adicional primera del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el mismo que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Conforme a lo establecido en el RD. 1627/1997articulo 16.2.a) del R.D. 1109/2007, el concesionario deberá comunicar cada subcontratación anotada en el Libro de 24 Subcontratación al coordinador de octubreseguridad y salud.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Concesión De La Gestión Y Explotación Del Palacio De Exposiciones Y Congresos

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre, relativo a las obligaciones sociales y laborales del contratista.

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Samples: sede.melilla.es

Plan de Seguridad y Salud. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista concesionario elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director, en su caso. En el caso de modificación del contrato, el plan de seguridad y salud deberá ser objeto adecuación en los términos que se reflejen en el acta oportuna que se suscriba por el coordinador en materia de seguridad y salud. En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el RD. 1627/1997, de 24 de octubre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Concesion De Obra Pública Para La Redaccion De Proyecto, Construcción Y Explotación De Complejo Deportivo Municipal “Nuñez Blanca