DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente o Razón Social:
PERFIL DEL CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil del Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: <xxx.xxxxxxxxxxx.xx>.
PERFIL DEL PUESTO REQUISITOS DETALLE
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE Los documentos que deben presentar las personas naturales son: Formularios de Presentación de la Propuesta. Cedula de Identidad (fotocopia simple). Propuesta en base las Especificaciones Técnicas señaladas en el presente DBC. Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, cuando esta sea requerida; Los documentos que deben presentar las personas jurídicas son: Formularios de Presentación de la Propuesta para Empresas o Asociaciones Accidentales. Poder del Representante Legal del proponente, en fotocopia simple, con atribuciones para presentar propuestas y suscribir contratos, incluidas las empresas unipersonales cuando el Representante Legal sea diferente al propietario. Propuesta en base a las Especificaciones Técnicas señaladas en el presente DBC. Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, si esta hubiese sido requerida. En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la asociación y los que corresponden a cada asociado. La documentación conjunta a presentar, que debe ser firmada por el Representante Legal de la Asociación Accidental, es la siguiente: Formularios de Presentación de la Propuesta para Empresas o Asociaciones Accidentales. Testimonio del Contrato de Asociación Accidental, en fotocopia simple, que indique el porcentaje de participación de los asociados, la designación de la empresa líder, la nominación del Representante Legal de la asociación y el domicilio legal de la misma. Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental, en fotocopia simple, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y suscribir contratos. Propuesta en base a los Términos de Referencia señalados en el presente DBC. Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, cuando esta sea requerida. Cada socio en forma independiente deberá presentar la siguiente documentación, firmada por el Representante Legal de cada asociado y no por el Representante Legal de la Asociación: Formulario de Identificación. Poder del Representante Legal, en fotocopia simple. Los Formularios de la propuesta son declaraciones juradas de los proponentes, que deben ser presentados en original con la firma del Representante Legal. Para las empresas unipersonales, estos Formularios serán firmados directamente por su propietario, cuando no acrediten a un Representante Legal. Para personas naturales estos formularios serán firmados directamente por el proponente o su Representante Legal. Para otros proponentes, como las Micro y Pequeñas Empresas, los formularios deberán ser firmados según establezca la normativa legal inherente. El Poder del Representante Legal deberá tener la constancia de inscripción en el Registro de Comercio, ésta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuando la normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
Apertura y examen de las proposiciones Recibidas las proposiciones o transcurrido el plazo para ello, el órgano de contratación procederá a abrir los sobres relativos a la documentación general (“Sobres Número 1”). Si existiesen defectos en la documentación presentada, concederá un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador los subsane. A estos efectos se comunicará a los interesados verbalmente o correo electrónico la documentación que haya que subsanar, concediéndoles el plazo previsto en el apartado anterior, con el apercibimiento de que, caso de no subsanar, se les excluirá de la licitación. De todas las actuaciones realizadas, se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. Una vez calificada la documentación general a que se refiere el artículo 146 TRLCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, el órgano de contratación procederá a la apertura sucesiva de los sobres número 2 y 3, con la documentación correspondiente a la oferta presentada, así como al examen de dicha documentación. En un plazo que no podrá ser superior a siete días, a contar desde la apertura de la documentación administrativa, se procederá, en su caso, a la apertura en acto público de los sobres que contengan la documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor, entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en los mismos, dejando constancia documental de todo lo actuado. En acto público, dentro del plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación de ofertas, la Mesa pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la calificación de la documentación administrativa y, en su caso, la valoración previa de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor. Seguidamente, abrirá el sobre nº 3 “Proposición económica”, dando lectura a las ofertas de las empresas admitidas y, en su caso, al sobre 2, correspondiente a la documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas. Posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, la Mesa elevará las ofertas con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 11 de la cláusula 1, al órgano de contratación.
PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 12.1.- Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación.
EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Finalizado el plazo de presentación de replicas, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres que contienen la documentación formal (sobre A) y calificará los documentos presentados. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación, se comunicará por fax o correo electrónico a los interesados y se concederá plazo no superior a tres días para subsanarlas. Se levantará acta del resultado de la Mesa. A los efectos establecidos en los arts. 54 a 64 y 82 de la LCSP , el órgano y la mesa de Contratación podrán pedir a los licitadores aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirlos para que en el plazo máximo de cinco días aporten otros , complementarios. Estos documentos no se podrán presentar después de declaradas admitidas las ofertas conforme dispone el art. 83.6 del RGLCAP. El acto de apertura de las proposiciones del sobre B (criterios no evaluables automáticamente) únicamente se realizará si se establece la presentación de este sobre. Este actor no será público, se hará en las dependencias municipales o en oficinas de la empresa, ante la Mesa de Contratación, y se pasará a informe de los servicios técnicos, para que en evalúen su contenido. El acto de apertura de las proposiciones del sobre C (la propuesta económica y los otros criterios evaluables automáticamente) se hará en último lugar. El acto será público, se celebrará en las dependencias municipales o en las oficinas de la empresa, ante la Mesa de Contratación. Previamente habrán sido evaluados los criterios no automáticos en caso de haber. La Mesa procederá a la apertura del sobre C, si se da el caso, procederá a la valoración total de las ofertas presentadas y elevará propuesta al órgano de Contratación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto mientras no exista acuerdo o resolución del órgano de Contratación. Si concurren a la licitación proposiciones que contengan ofertas anormales o desproporcionadas, hasta el desarrollo reglamentario del TRLCSP será de aplicación el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos , aprobado por RD1098 / 2001, si figura en el anexo 1 . La adjudicación se producirá en el plazo máximo de 15 días, contados desde el acto público de apertura de proposiciones económicas si el único criterio a considerar es el precio y en el de 2 meses si se han tenido en cuenta otros criterios. Estos plazos se ampliarán en 15 días hábiles si concurren a la licitación ofertas desproporcionadas o anormalmente bajas Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en el expediente. Adjudicado el contrato y transcurrido el plazo para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si los licitadores no ejercen este derecho, la Empresa Municipal de Transportes Públicos quedará autorizada para proceder a la destrucción total de la documentación, transcurrido un año desde la adjudicación.
Perfil de contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
PERFIL DE PUESTO REQUISITOS DETALLE Experiencia * Experiencia general no menor de cuatro (04) años en entidades públicas y/o privadas. * Experiencia Profesional mínima de dos (02) años desempeñando funciones afines al Derecho Administrativo y/o Tributario en entidades del sector público.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES La documentación de la proposición, que deberá estar integrada por documentos originales o copias notariales, o a través de compulsa municipal por el órgano competente, en idioma castellano y si lo es en otra lengua acompañada de la oportuna traducción a aquélla. La incorporación de fotocopias no compulsadas se entenderá como no aportación de documentos. Si el candidato opta por efectuar la compulsa en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, se practicará hasta el antepenúltimo día de la convocatoria, de tal manera que toda solicitud efectuada con posterioridad a dicha fecha no será atendida. Si eventualmente el último día del plazo señalado es inhábil o sábado, queda ampliado al siguiente día hábil. La documentación se introducirá en dos sobres, cerrados y firmados por el candidato o persona que lo represente, identificados con A y B. El sobre A está destinado a recoger la documentación prevista en el artículo 146 del TRLCSP. El sobre B contendrá la documentación relativa a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, en función de lo significado en los artículos 150 del TRLCSP y 26 del Decreto 817/2009. El licitador debe presentar obligatoriamente la oferta basándose en los criterios y condicionamientos que se indican en este pliego. Este sobre contendrá una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, formulada conforme al modelo que se inserta en anexo al presente pliego, y deberá ser expresa para el expediente objeto de la licitación regulada por el presente pliego. En caso de que varios empresarios acudan a la licitación en unión temporal, cada uno de los integrantes deberá formular una declaración, así como el documento conjunto de compromiso de constitución especificado en el apartado d.3) de la cláusula 10 de este pliego. No obstante, el candidato puede optar por la aportación de la documentación establecida en la cláusula 17 B) de este pliego, apartados a), b) y c). En este caso, además, deberá presentar testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, cuya formalidad seguirá el contenido del artículo 73 de igual texto. Asimismo, conforme al artículo 146.1 c) del TRLCSP, la declaración responsable a la que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.