GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA – NO SUBSANABLE Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA – NO SUBSANABLE. El proponente deberá constituir a su xxxxx y presentar con su propuesta una garantía de seriedad de la oferta expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, por un valor no inferior al diez por ciento (10%) del valor del Presupuesto Oficial, con una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha y hora fijadas para el cierre de la Contratación. No obstante, lo anterior, la vigencia de la garantía deberá ser ampliada en caso de que el término del proceso se prorrogue, superando la vigencia inicial de la misma. La garantía deberá ser otorgada incondicionalmente a favor de la Red ADELCO. En el evento que la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, en la garantía de seriedad de ésta deberá estipularse que los tomadores son todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal, quienes se relacionarán en la misma con sus respectivos porcentajes de participación. Cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá firmar la garantía de seriedad, ya sea por intermedio de su representante legal tratándose de persona(s) jurídica(s) ó por la(s) persona(s) natural(es) que lo conforme(n). El proponente deberá presentar junto con la Garantía de Seriedad, la certificación del pago de la prima correspondiente a la póliza. La no presentación de estos documentos no será subsanable. En caso que la garantía de seriedad sea entregada sin la firma del proponente, sea éste persona natural o jurídica, o de los integrantes del consorcio o unión temporal, se solicitará al proponente subsanar este requisito dentro del término que le señale la Red Adelco. De no subsanarse dentro del plazo concedido la propuesta será rechazada. La garantía de seriedad será devuelta a los proponentes cuyas propuestas no fueren aceptadas, una vez se haya perfeccionado el Contrato. Para el caso de los consorcios o uniones temporales, debe figurar como tomador, la respectiva forma asociativa, indicando los nombres de sus miembros.

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  • GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.

  • Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos:

  • Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando:

  • GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA La propuesta deberá garantizarse mediante garantía de seriedad, la cual debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o a través de una garantía bancaria, x xxxxx del proponente y a favor de la CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL VALLE DEL CAUCA. Esta garantía debe expedirse por el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta incluido IVA, con una vigencia no inferior a tres (3) meses, contados a partir de la fecha establecida para el cierre del proceso de selección. Si el proponente es una persona jurídica, la póliza debe tomarse de conformidad con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio respectiva. Si el proponente es un consorcio o unión temporal, la garantía deberá tomarse a nombre del consorcio o unión temporal, indicándose para tal caso, el nombre de todos y cada uno de sus integrantes. En el evento en que sea prorrogado el término para adjudicar el contrato, los proponentes se obligan a ampliar a su xxxxx la vigencia de la garantía en los mismos términos establecidos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación por parte de la Entidad en que se le informe la prórroga de la adjudicación. Si la garantía no se constituye por el monto mínimo requerido o su vigencia resulta insuficiente, o no se incluye el objeto descrito en los presentes pliegos de condiciones, la Contraloría, dentro del término de evaluación de las propuestas, requerirá por escrito al oferente para que dentro del plazo establecido por la misma, presente el documento en los términos exigidos; si el oferente no la presenta oportunamente y en la forma debida, la Entidad se abstendrá de evaluar la propuesta. La Contraloría hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, en el evento de que el proponente no suscriba oportunamente el contrato que se le adjudique o no se allane a cumplir oportunamente con sus obligaciones de constituir la garantía única, o cancelar los derechos de publicación. El pago de la garantía, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de sanción por incumplimiento de la propuesta presentada por el adjudicatario, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste a La Contraloría de exigir por los medios reconocidos en la legislación Colombiana la indemnización de los perjuicios no cubiertos que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta, La Contraloría podrá cobrar por jurisdicción coactiva, ejecutivamente el valor asegurado, para lo cual prestará mérito suficiente la propuesta del proponente, ya que queda expresamente claro que la sola presentación de la propuesta constituye aceptación plena del proponente de todas las condiciones del presente pliego. En caso que la propuesta sea presentada en consorcio o en unión temporal, La Contraloría podrá reclamar y demandar de uno o de todos, como lo prefiera, el monto total de la garantía de seriedad de la propuesta. El oferente deberá presentar con la oferta, los Certificados de Registro de Precios de los bienes o elementos que ofrece, expedidos por el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE de la Contraloría General de la República. La certificación debe tener una vigencia no mayor de 15 días anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con el fin de garantizar que el registro de precios se encuentra vigente, de conformidad con lo establecido en el Decreto No.3512 del 5 de Diciembre de 2003. En caso que el proponente no xxxxxxx con su propuesta los certificados de inscripción de precios en el SICE o los mismos no se encuentren de acuerdo con lo señalado en los pliegos de condiciones, serán solicitados por la Entidad, para lo cual el proponente contará con el término señalado en el cronograma, que para el efecto se establezca en el mismo. El Comité de Compras verificará que el oferente haya referenciado el número del certificado del registro de precios de referencia de cada bien ofertado, o aportado el respectivo certificado de registro temporal. El Comité de Compras evaluador realizará la revisión de la descripción técnica de los bienes, con el propósito de verificar si cumplen con las condiciones exigidas en el pliego de condiciones, a través de la respectiva consulta en el SICE. El proponente deberá indicar el valor de su propuesta económica en pesos colombianos, diligenciando el Anexo correspondiente. El proponente deberá tener en cuenta que el contrato objeto de este proceso de selección, esta sujeto al pago de las siguientes tasas, contribuciones, deducciones e impuestos: Pro Univalle 2% del valor del contrato Prodesarrollo 2% del valor del contrato Procultura 1% del valor del contrato Retención en la Fuente Retención de Industria y Comercio Gaceta (Publicación) De acuerdo con las tarifas establecidas por la Imprenta Departamental Orden de Gasto $3.000.00 Los errores aritméticos que pueda tener la oferta económica, que no alteren el precio unitario propuesto, serán corregidos y con base en la corrección se decidirá sobre la oferta. El contratista deberá asumir todos los riesgos que se deriven de los valores ofertados, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que surjan del Contrato, circunstancia que acepta expresamente con la presentación de la oferta. La Contraloría no aceptará ningún reclamo proveniente de estas circunstancias y no será causal para alegar posteriormente un desequilibrio económico del contrato. Por lo tanto, el proponente deberá calcular y tener en cuenta todos los costos que puedan afectar el valor del contrato. La no presentación de la oferta económica no será subsanable y la propuesta será rechazada.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria.

  • Monedas de la Oferta y pago 15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Moneda de la Oferta El precio en la Oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (Pesos Dominicanos, RD$), a excepción de los Contratos de suministros desde el exterior, en los que podrá expresarse en la moneda del país de origen de los mismos. De ser así, el importe de la oferta se calculará sobre la base del tipo de cambio vendedor del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA vigente al cierre del día anterior a la fecha de recepción de ofertas.