Auditoría Externa Cláusulas de Ejemplo

Auditoría Externa. (a) El Prestatario se compromete a presentar al Banco, por sí mismo o por intermedio del Organismo Ejecutor, dentro de los plazos, durante el período y con la frecuencia señalados en las Estipulaciones Especiales de este Contrato, los estados financieros y otros informes, y la información financiera adicional que el Banco le solicitare, de conformidad con estándares y principios de contabilidad aceptables al Banco.
Auditoría Externa. (a) El Beneficiario se compromete a presentar al Banco, por sí mismo o por intermedio del Organismo Ejecutor, dentro de los plazos, durante el período y con la frecuencia señalados en las Estipulaciones Especiales de este Convenio, los estados financieros y otros informes, y la información financiera adicional que el Banco le solicitare, de conformidad con estándares y principios de contabilidad aceptables al Banco.
Auditoría Externa. De conformidad con la Norma ISO 37001:2016, la institución entre el 1 y 6 de julio de 2020, atravesó el proceso de auditoría externa, para evaluar el mantenimiento e idoneidad del Sistema de Gestión Antisoborno, dicho proceso se ejecutó de acuerdo al plan definido de forma remota, es decir a través de la realización de videoconferencias en las cuales se presentaba la diferente evidencia de cumplimiento de los requisitos solicitados. Como resultado del proceso de auditoría realizado, no se identificaron “No Conformidades”, manteniendo de esta forma la certificación alcanzada al Sistema de Gestión Antisoborno. A continuación se exponen las conclusiones de la referida auditoría externa, realizadas por la empresa S.G.S. del Ecuador: “El equipo auditor concluye que la organización ha establecido y mantenido su sistema de gestión alineado con los requisitos del estándar y demostrado la capacidad del sistema para lograr sistemáticamente los requisitos acordados para productos y servicios dentro del alcance y la política y objetivos de la organización. Por lo tanto, el equipo auditor recomienda que, basado en los resultados de esta auditoría y el estado de desarrollo y madurez demostrado por el sistema, la certificación del sistema de gestión es: continuada”. Durante el año 2020, el SERCOP suscribió convenios interinstitucionales con diferentes entidades, para desarrollar habilidades técnicas, conocimientos y destrezas que permitan converger hacia la profesionalización en procesos de contratación pública, adoptando actitudes y aptitudes que promuevan la excelencia, liderazgo, calidad en acciones concernientes a la aplicabilidad de la normativa como de la operatividad de las herramientas informáticas del Sistema Nacional de Contratación Pública, así como, fortalecer la lucha contra la corrupción. A continuación, se detalla a groso modo la finalidad de cada convenio suscrito: El convenio se firmó el 04 de febrero del 2020 y tiene por objeto incrementar el conocimiento en contratación pública de los servidores de la AME, en todo el territorio ecuatoriano mediante el desarrollo y ejecución de capacitaciones bajo la modalidad presencial o virtual, utilizando para esto a los facilitadores certificados en compras públicas del SERCOP. El presente convenio, se firmó el 07 de febrero del 2020 y tiene por objeto general, Incrementar el conocimiento en contratación pública de los servidores públicos del CONAGOPARE, sus Instancias Provinciales Desconcentradas y los Gobiernos A...
Auditoría Externa. Cada Empresa Firmante deberá presentar anualmente sus estados financieros dictaminados por un auditor externo independiente conforme a lo que establezca el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento vigentes. La documentación señalada en el numeral anterior se entregará a la Secretaría d~ Hacienda a través del sistema informático que para tal efecto establezca el Fondo y deberá incluir la siguiente información:
Auditoría Externa. Cubre la contratación de una entidad independiente de reconocida capacidad técnica, encargada de realizar la auditoría externa del Proyecto. El objeto de dicho contrato incluirá la verificación de: (i) el adecuado uso de los recursos de las fuentes de financiamiento y sustento de la elegibilidad de los gastos efectuados; (ii) el cumplimiento del/de los contrato/s xx xxxxxxxx asociado/s y las leyes y/o disposiciones especiales aplicables; y (iii) el desarrollo de los procedimientos de contrataciones y adquisiciones de acuerdo con lo dispuesto en el/los contrato/s xx xxxxxxxx asociado/s y en la normativa aplicable.
Auditoría Externa. La persona jurídica que haya suscrito un contrato de admisión sobre un proyecto a desarrollar como Zona Especial Económica de Exportación, deberá contratar una auditoría externa con una empresa de reconocido prestigio. Parágrafo. El Comité podrá solicitar en cualquier tiempo a la empresa de auditoría, por conducto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las precisiones, complementaciones o aclaraciones que considere pertinentes respecto de los informes presentados.
Auditoría Externa. EL CONTRATISTA debe contratar una auditoría externa responsable de certificar la formulación (definición) y ejecución del PBC de conformidad con los términos y condiciones establecidos en este Anexo. La certificación del proceso de formulación del PBC acompañada del informe de auditoría, debe ser entregada a la ANH junto con el PBC a evaluar para la respectiva etapa del Contrato a la que corresponda. El alcance de la auditoría externa en la etapa de formulación es auditar y certificar que precisamente el PBC se formule con arreglo a los principios y condiciones establecidos en el Anexo del PBC. La certificación de la ejecución del PBC acompañada del informe de auditoría debe hacer parte del Informe Final de este, resaltando el cumplimiento de los principios rectores del PBC para esta etapa, incluidas las actividades de seguimiento y cierre del PBC, e identificando los resultados, las metas y los objetivos alcanzados. La auditoría externa, de no contar con experiencia específica en auditorias, debe disponer de antecedentes y experiencia certificada en materia de actividades y programas de responsabilidad social empresarial.
Auditoría Externa. El “Organismo Ejecutor” deberá contratar una entidad independiente de reconocido prestigio, encargada de realizar la auditoría externa de “El Programa” con el fin de auditar el cumplimiento de las cláusulas contractuales y la utilización de los recursos, tanto xxx xxxxxxxx como de la contrapartida local. Durante el período de ejecución de “El Programa”, y dentro de los ciento veinte (120) días calendario contados desde el inicio del año calendario, se deberá entregar a CAF el informe de auditoría externa correspondiente al año inmediatamente anterior.
Auditoría Externa. 450 0 450
Auditoría Externa. Uno. Las cuentas anuales deberán ser verificadas por personas físicas o jurídicas ajenas a la Cooperativa, que deberán ser nombradas por la Asamblea General. En caso de no nombrarse o defecto de las personas nombradas, será de aplicación lo previsto en el Artículo 72.2. de la Ley de Cooperativas de Euskadi.