Organización preventiva Cláusulas de Ejemplo

Organización preventiva. Todo centro de trabajo se dotará de una planificación de la actividad preventiva, asimismo de personal de la propia empresa con formación suficiente, para ejecutar las prescripciones del plan así como hacer efectiva la integración de la empresa con los servicios prevención de que se dote. Los representantes legales de los trabajadores participarán en su elaboración, seguimiento y evaluación de los resultados conseguidos. En el ámbito de la prevención de riesgos la empresa tendrá en cuenta la legislación vigente de aplicación de tal forma que se ponga de manifiesto:
Organización preventiva. La empresa dispone de la/s siguiente/s modalidad/es organizativa/s de los recursos para las actividades preventivas:
Organización preventiva cve: BOE-A-2016-2168 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Todo centro de trabajo, en función de la correspondiente evaluación de riesgos, se dotará de una planificación de la actividad preventiva, en la que se incluirá personal de la propia empresa o, en su caso, ajeno a la misma con formación suficiente, para ejecutar las prescripciones de la misma, así como para hacer efectiva la integración de la actividad general de la empresa con la de los servicios de prevención de que esta se dote. Los representantes legales de los trabajadores serán consultados en la elaboración, seguimiento y evaluación de resultados de la planificación. En el ámbito de la prevención de riesgos, la empresa tendrá en cuenta la legislación vigente de aplicación, de tal forma que se ponga de manifiesto:
Organización preventiva. Se establecerá por el Proveedor la modalidad de organización preventiva, incluidos los servicios de prevención, recursos preventivos y asistencia sanitaria que exijan las disposiciones legales, las Especificaciones Técnicas, y que se acuerde en la coordinación de actividades o que aconseje la prudencia en función de los riesgos derivados del trabajo, a fin de evitar siniestros laborales.
Organización preventiva. –Todo centro de trabajo se dotará de una planificación de la actividad preventiva, asimismo de personal de la propia empresa con formación suficiente, para ejecutar las prescripciones del plan así como hacer efectiva la integración de la empresa con los servicios prevención de que se dote. Los representantes legales de los trabajadores participarán en su elaboración, seguimiento y evaluación de los resultados conseguidos. En el ámbito de la prevención de riesgos la empresa tendrá en cuenta la legislación vigente de aplicación de tal forma que se ponga de manifiesto:
Organización preventiva. Todo centro de trabajo se dotará de una planificación de la activi- dad preventiva, asimismo de personal de la propia empresa con forma- ción suficiente, para ejecutar las prescripciones del plan así como hacer efectiva la integración de la empresa con los servicios preven- ción de que se dote. Los representantes legales de los trabajadores par- ticiparán en su elaboración, seguimiento y evaluación de los resulta- dos conseguidos. En el ámbito de la prevención de riesgos la empresa tendrá en cuenta la legislación vigente de aplicación de tal forma que se ponga de manifiesto: Que la prevención de riesgos laborales se ha integrado en el siste- ma general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus acti- vidades como en todos los niveles jerárquicos de esta. Que han sido identificados los peligros y evaluados los riesgos a que se exponen los trabajadores en el lugar de trabajo, tanto en rela- ción con los equipos de trabajo como con el entorno del puesto de tra- bajo. Que la concepción y utilización de los equipos y lugares de trabajo son seguros, de acuerdo con los principios de la acción preventiva establecidos en el artículo 15 de la LPRL. Que se ha previsto una adecuada gestión e mantenimiento de los equipos de trabajo al objeto de que la seguridad no resulte degradada. Que se han previsto medidas adecuadas para eliminar los peligros y minimizar los riesgos, para alcanzar los objetivos fijados por la legislación laboral. Que la estructura, dedicación de personal, los medios de los órga- nos de prevención y los medios económicos, son adecuados y sufi- cientes para la actividad preventiva. Que se han integrado en la actividad preventiva las medidas de emergencia y vigilancia de la salud, previstas en los artículos 20 y 22 de la LPRL. Que se controlan periódicamente las condiciones, la organización, los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores. Que se han previsto y programado la formación, información, consul- ta y participación adecuada del personal, en materia de seguridad y salud. Que se han previsto las medidas necesarias para garantizar la coor- dinación de actividades empresariales en el centro de trabajo. En cualquier caso, la planificación deberá registrar todas las inci- dencias sobre seguridad y salud que se produzcan en la vida de la empresa, así como los controles periódicos de las condiciones de tra- bajo y de la actividad de los trabajadores, las medidas en materia de seguridad y salud, y los resultados de las eval...
Organización preventiva. H) Que se controlan periódicamente las condiciones, la organización, los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores en relación con los riesgos específicos concurrentes.
Organización preventiva. 1. La integración jerárquica de la Prevención implica la atribución de responsabilidades a todos los niveles jerárquicos y la xxxxxxxx por estos del compromiso de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que realicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten. Este compromiso se extenderá al diseño, adquisición y ejecución de instalaciones, lugares y equipos de trabajo, así como a la determinación de servicios, contratas y materias o sustancias para el proceso produc- tivo.
Organización preventiva. El firmante, declara bajo su responsabilidad, que los datos indicados en este documento son ciertos, y se compromete a justificarlo documentalmente cuando le sea requerido por esta empresa para la firma del contrato (según notas al pie de página del presente documento).
Organización preventiva. –Todo centro de trabajo se dotará de una planificación de la actividad preventiva, asimismo de personal de la pro- pia empresa con formación suficiente, para ejecutar las prescripciones del plan así como hacer efectiva la integración de la empresa con los servicios prevención de que se dote. Los representantes legales de los trabajadores participarán en su elaboración, seguimiento y evaluación de los resultados conseguidos. En el ámbito de la prevención de riesgos la empresa tendrá en cuenta la legislación vigente de aplicación de tal forma que se ponga de manifiesto: En cualquier caso, la planificación deberá registrar todas las incidencias sobre seguridad y salud que se produzcan en la vida de la empresa, así como los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la acti- vidad de los trabajadores, las medidas en materia de seguridad y salud, y los resultados de las evaluaciones o auditorías del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales. Toda actividad preventiva aprobada deberá incorporar el plazo para llevarla a cabo y las medidas provisionales de control del riesgo. En caso de que el período en el que deba desarrollarse dicha planificación abarcase más de un año, deberá indicarse, dentro de la programación anual, las acciones provisionales a implantar en el período. Todo pues- to de trabajo con riesgo de exposición a agentes químicos o físicos, tales como calor, polvo, tóxicos, ruido, cargas, etc., deberá ser evaluado habiéndose informado previamente a los delegados de prevención para facilitarles su presencia.