ENTREGA INMEDIATA Cláusulas de Ejemplo

ENTREGA INMEDIATA. Se entenderá de cumplimiento "inmediato" la orden de satisfacer por los adjudi- catarios dentro de los cinco (5) días de la fecha a que se refiere el Artículo 43° última parte, salvo que en las Cláusulas Complementarias se estableciere un término menor.
ENTREGA INMEDIATA. Si en el pliego se estableciera la condición de "entrega Inmediata" o no se estableciera plazo para la entrega se entenderá que el contratista se encuentra obligado a entregar los bienes o a prestar los servicios dentro de los cinco (5) días corridos siguientes de la fecha de la notificación de la adjudicación, salvo que en las cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares se estableciere un término menor. La entrega de bienes o prestaciones de servicios se hará libre de gastos de fletes, embalaje, carga y descarga, en el lugar y forma indicados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ENTREGA INMEDIATA. En el caso de haber optado por la modalidad de entrega en tienda, mediante nuestro servicio de “Instant Delivery”, su pedido podrá ser entregado antes de los plazos indicados en nuestra web. En este caso, podrá recoger el pedido en la tienda por usted seleccionada para dicha entrega, o de estar disponible solo en otras tiendas y de habernos confirmado que también le resulta conveniente, en cualquier otra de las tiendas XXXX x Xxxxx´s Class en España. A tal efecto, le podremos informar sobre dicha posibilidad y una vez el pedido haya sido preparado, nos pondremos en contacto con usted para informarle de que está disponible para ser recogido. Usted podrá recoger el pedido personalmente (para lo cual deberá presentar el número de pedido y su DNI) o bien designar a otra persona para que recoja el pedido en su nombre, en cuyo caso, ésta deberá presentar el número de pedido junto con su DNI (esto es, el DNI de la persona designada). La venta de artículos a través del servicio de “Instant Delivery”, cuando la recogida se lleve a cabo en tiendas ZARA, será realizada por ZARA ESPAÑA, S.A. sociedad española con domicilio en Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, 00000, Xxxxxxx (X Xxxxxx), inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al Tomo 929, Sección General, Folio 153, Hoja C-2751, Inscripción 1ª y NIF A-15022510. Asimismo, cuando la recogida se lleve a cabo en tiendas Kiddy´s Class, la venta será realizada por XXXXX'X CLASS ESPAÑA, S.A. sociedad española con domicilio en Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, 00000, Xxxxxxx (X Xxxxxx), inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al Tomo 1065, Sección General, Folio 119, Hoja C- 4755, Inscripción 1ª y NIF A-15388366. Si usted realiza una compra a través del servicio de “Instant Delivery” le serán igualmente de aplicación las presentes Condiciones, sin perjuicio de cualquier otra normativa que pudiese resultar de aplicación.
ENTREGA INMEDIATA. Cuando se establezca como plazo de entrega la condición de inmediato, se entenderá que la prestación deberá satisfacerse por el adjudicatario dentro de los TRES (3) días a partir de la fecha de recepción de la orden de compra.-

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  • Entrega Los cocontratantes deberán cumplir la prestación en la forma, plazo o fecha, lugar y demás condiciones establecidas en los documentos que rijan el llamado, así como en los que integren la orden de compra, venta o contrato.

  • Ejecución del Proyecto ARTÍCULO 5.01. Sistemas de gestión financiera y control interno. (a) El Prestatario se compromete a mantener o, en su caso, a que el Organismo Ejecutor y la Agencia de Contrataciones, si la hubiere, mantengan, controles internos tendientes a asegurar razonablemente, que: (i) los recursos del Proyecto sean utilizados para los propósitos de este Contrato, con especial atención a los principios de economía y eficiencia; (ii) los activos del Proyecto sean adecuadamente salvaguardados; (iii) las transacciones, decisiones y actividades del Proyecto sean debidamente autorizadas y ejecutadas de acuerdo con las disposiciones de este Contrato y de cualquier otro contrato relacionado con el Proyecto; y (iv) las transacciones sean apropiadamente documentadas y sean registradas de forma que puedan producirse informes y reportes oportunos y confiables.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones.

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • Conectividad Los equipos suministrados deberán soportar conexión con el sistema de información del laboratorio.

  • VALIDEZ DE LA OFERTA La validez de la oferta deberá mantenerse durante el proceso de selección hasta suscribir el contrato, de ser el caso. Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes bases. La documentación presentada por el postor no deberá tener borradura, enmendadura o corrección alguna.

  • Derecho de desistimiento El CLIENTE tiene derecho a desistir del presente CONTRATO en un plazo de 14 días naturales desde la celebración del mismo sin necesidad de justificación. Para ejercer el derecho de desistimiento, el CLIENTE deberá notificar a SECURITAS DIRECT su decisión de desistir del contrato a través de una declaración inequívoca a través de una carta enviada por correo postal a la dirección: “C/Priégola nº 2, 28224, Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Madrid”, por fax al número: 000 000 000 o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx. Para la preparación de la carta, el CLIENTE tendrá a su disposición el modelo de formulario de desistimiento en el sitio web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxx_xxxxxxxxxxxxx.xxx para su descarga, cumplimentación y envío por cualquiera de los medios mencionado anteriormente. Para cumplir el plazo disponible de ejercicio del derecho de desistimiento, será suficiente que la comunicación relativa a dicho ejercicio de su derecho sea enviada antes de que venza el plazo correspondiente. En caso de desistimiento por parte del CLIENTE, SECURITAS DIRECT devolverá el importe abonado hasta la fecha por el CLIENTE. SECURITAS DIRECT, podrá retener el reembolso hasta que el CLIENTE efectúe la devolución del total de los productos que integran el servicio de alarma instalado o, en su caso, permitir el acceso al lugar objeto de protección del CLIENTE del personal autorizado de SECURITAS DIRECT para el desmontaje y retirada del mismo. La recogida de los productos instalados se realizará por cuenta de SECURITAS DIRECT, siendo el CLIENTE, únicamente responsable de la disminución de valor de los bienes resultante de una manipulación distinta a la necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento de los bienes. El CLIENTE estará obligado a abonar el importe proporcional a la parte ya prestada del servicio en el momento en que se produzca la comunicación del desistimiento, en relación con el objeto total del CONTRATO.

  • GASTOS Los honorarios de cada árbitro serán cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serán cubiertos por ambas partes en igual proporción. Antes de constituirse el Tribunal, las partes acordarán los honorarios de las demás personas que, de mutuo acuerdo, convengan que deban intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si el acuerdo no se produjere oportunamente, el propio Tribunal fijará la compensación que sea razonable para dichas personas, tomando en cuenta las circunstancias. Cada parte sufragará sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal serán sufragados por las partes en igual proporción. Toda duda en relación con la división de los gastos o con la forma en que deban pagarse será resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados 19.1. Cuando para la adjudicación deba considerarse más de un criterio de valoración, podrá expresarse en los pliegos los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.