Common use of ORDEN DE ELEGIBILIDAD Clause in Contracts

ORDEN DE ELEGIBILIDAD. La presente invitación no compromete al PA-FFIE a celebrar contratos, ésta sólo se realiza con la finalidad de obtener una lista de Proponentes preseleccionados para una posible contratación, por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno a favor a de los proponentes por esta razón. El procedimiento de asignación observará las siguientes reglas: - El Comité Fiduciario, previa recomendación del comité técnico, instruirá al PA-FFIE la asignación de proyectos a los proponentes que integran la lista de elegibles de cada grupo. - Solicitará al proponente ubicado en primer orden de elegibilidad por grupo la actualización de la capacidad residual establecida en estos TCC. - El PA-FFIE podrá suscribir con los proponentes ubicados en el orden de elegibilidad un número de contratos de obra teniendo en cuenta la capacidad residual y metros cuadrados que pueda construir un proponente y el número máximo de metros cuadrados fijado por la entidad (20.000 m2) que puede construir un proponente. - De esta manera, el proponente que ocupe el primer orden de elegibilidad tendrá la primera opción de realizar los primeros proyectos que defina el PA-FFIE, de acuerdo con su capacidad residual y sin superar un máximo de 20.000 m2. - Si las condiciones de capacidad residual o financieras del contratista varían en el tiempo y en el momento de realizar la verificación éste no cuenta con la capacidad, se procederá a otorgar el proyecto al proponente ubicado en el segundo orden de elegibilidad, si éste no llegare a cumplir se realizarán las mencionadas verificaciones al proponente ubicado en el tercer lugar del orden de elegibilidad y así sucesivamente. - El PA-FFIE comunicará al contratista seleccionado anexando la minuta del contrato y aquellos documentos necesarios para la futura contratación, de la asignación realizada. - Si el Proponente con quien se decide contratar no suscribe el contrato dentro del plazo previsto será excluido de la lista de preseleccionados y la UG-FFIE y el PA-FFIE podrán continuar el procedimiento con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos y estuviere vigente a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes Proponentes en el orden de elegibilidad, en tanto cumpla con la totalidad de los requisitos previstos, sin perjuicio de su exclusión de la lista de preseleccionados en las condiciones y términos establecidos para el Proponente ubicado en el primer lugar. - Los hechos mencionados en el numeral anterior, facultan al PA-FFIE a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta solicitada en el presente proceso de selección.

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ORDEN DE ELEGIBILIDAD. La presente invitación no compromete al PA-FFIE a celebrar contratos, ésta sólo Para revestir el carácter garantista y plural de la contratación estatal la oferta más favorable se realiza con realizará teniendo en cuenta el artículo 5 de la finalidad Ley 1150 de obtener una lista 2007 y articulo 2.2.1.1.2.2.2. Del Decreto 1082 de Proponentes preseleccionados para una posible contratación, por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno a favor a de los proponentes por esta razón2015. El procedimiento de asignación observará las siguientes reglas: - El Comité Fiduciario, previa recomendación selección del comité técnico, instruirá contratista está sometido al PA-FFIE la asignación deber de proyectos selección objetiva y a los proponentes principios de transparencia e igualdad de oportunidades de los que integran se deriva la lista obligación de elegibles someter a todos los oferentes a las mismas condiciones establecidas en la ley y el pliego de cada grupocondiciones. - Solicitará al proponente ubicado en primer orden El pliego de elegibilidad por grupo condiciones forma parte esencial del contrato; es la actualización fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contiene la voluntad de la capacidad residual establecida administración a la que se someten los oferentes y futuro contratista. La Ley 1474 de 2011, en estos TCCsu artículo 88 que modifica el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, estipula que: Por mi patria, mi lealtad es el honor “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. - El PA-FFIE podrá suscribir En los contratos de obra pública, el menor plazo ofrecido no será objeto de evaluación. La entidad efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de precios o condiciones xxx xxxxxxx y los estudios y deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello. La ponderación realizada para el presente proceso será conforme al literal a, del artículo Ley 1474 de 2011, anteriormente citado, en concordancia con los proponentes ubicados en el literal a del artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, el cual establece: En este sentido el orden de elegibilidad un número establecido para la presente selección será el que se relaciona a continuación: los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de contratos que trata el Capítulo III xxx Xxxxxx de obra teniendo en cuenta la capacidad residual y metros cuadrados que pueda construir un proponente y el número máximo de metros cuadrados fijado por la entidad (20.000 m2) que puede construir un proponenteCondiciones. - De esta manera, el proponente que ocupe el primer orden de elegibilidad tendrá la primera opción de realizar los primeros proyectos que defina el PA-FFIE, de acuerdo conformidad con su capacidad residual y sin superar un máximo de 20.000 m2. - Si las condiciones de capacidad residual o financieras del contratista varían lo establecido en el tiempo artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, en los procesos por licitación y selección abreviada, la oferta más favorable será la que resulte de la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y fórmulas señaladas en el momento pliego de realizar condiciones. El DMCAL verificará que la verificación éste no cuenta con calidad ofrecida corresponda a la capacidad, se procederá a otorgar el proyecto al proponente ubicado calidad exigida en el segundo orden pliego de elegibilidadcondiciones, si éste no llegare a cumplir se realizarán las mencionadas verificaciones al proponente ubicado en el tercer lugar del orden correspondiente anexo. En la evaluación de elegibilidad y así sucesivamente. - El PAlas Ofertas EL M.D.N.- DIRECCION DE SANIDAD EJERCITO-FFIE comunicará al contratista seleccionado anexando la minuta del contrato y aquellos documentos necesarios para la futura contratación, DISPENSARIO MEDICO DE Los Ofertas deben presentarse de la asignación realizada. - Si el Proponente con quien se decide contratar no suscribe el contrato dentro del plazo previsto será excluido de la lista de preseleccionados y la UG-FFIE y el PA-FFIE podrán continuar el procedimiento con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos y estuviere vigente conformidad a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes Proponentes en el orden de elegibilidad, en tanto cumpla con la totalidad de los requisitos previstos, sin perjuicio de su exclusión de la lista de preseleccionados en las condiciones y términos formularios establecidos para el Proponente ubicado en el primer lugar. - Los hechos mencionados en el numeral anterior, facultan al PA-FFIE a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta solicitada en el presente Pliego de Condiciones. Por mi patria, mi lealtad es el honor La capacidad jurídica, la financiera y la técnica serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selecciónselección y será ponderable el factor económico, el factor técnico y el apoyo a la industria nacional, así: CAPACIDAD JURIDICA CUMPLE/ NO CUMPLE CAPACIDAD TECNICA CUMPLE/ NO CUMPLE CAPACIDAD FINANCIERA CUMPLE/ NO CUMPLE FACTOR ECONÓMICO MAX.20 PUNTOS FACTOR TECNICO MAX.63 PUNTOS PUNTAJE PARA ESTIMULAR LA INDUSTRIA NACIONAL (LEY 816/2003) 20% (∑ ponderación económica + ponderación técnica) OFERENTES NACIONALES Y EXTRANJEROS QUE ACREDITEN RECIPROCIDAD PUNTAJE TOTAL MÁXIMO A OBTENER 100 PUNTOS NOTA 2: En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, EL M.D.N.- DIRECCION DE SANIDAD MILITAR –DISPENSARIO MEDICO DE CALI debe escoger el Proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 2.2.1 .1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015.

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ORDEN DE ELEGIBILIDAD. La presente invitación no compromete al PA-FFIE a celebrar contratos, ésta sólo se realiza con la finalidad de obtener una lista de Proponentes preseleccionados para una posible contratación, por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno a favor a de los proponentes por esta razón. El procedimiento de asignación observará tendrá las siguientes reglas: - El Comité Fiduciario, previa recomendación del comité técnicoComité Técnico, instruirá al PA-FFIE la asignación de proyectos la interventoría a los proponentes que integran la lista de elegibles de cada grupo. - Solicitará al proponente ubicado en primer orden de elegibilidad por grupo la actualización de la capacidad residual establecida en estos TCC. - El PA-FFIE podrá suscribir con los proponentes ubicados en el orden de elegibilidad un número de contratos de obra interventoría teniendo en cuenta la capacidad residual y los metros cuadrados que pueda construir un proponente y supervisar el número máximo Proponente de metros cuadrados fijado interventoría por la entidad (20.000 m2) que puede construir un proponente). - De esta manera, el proponente que ocupe el primer orden de elegibilidad tendrá la primera opción de realizar las interventorías a los primeros proyectos que defina el PA-PA- FFIE, de acuerdo con su capacidad residual y sin superar un máximo de 20.000 m2. - Si las condiciones se cumplen con un máximo de capacidad residual o financieras del contratista varían en el tiempo y en el momento de realizar la verificación éste no cuenta con la capacidad20.000 m2, se procederá a otorgar el proyecto al proponente ubicado en el segundo orden de elegibilidad, si éste no llegare a cumplir se realizarán las mencionadas verificaciones al proponente ubicado en el tercer lugar del orden de elegibilidad y así sucesivamente, siempre y cuando no se cumpla con la excepción de los 20.000 m2 adicionales. - El PA-FFIE comunicará al contratista Proponente seleccionado anexando la minuta del contrato y aquellos documentos necesarios para la futura contratación, de la asignación realizada. - Si el Proponente con quien se decide contratar no suscribe el contrato dentro del plazo previsto será excluido de la lista de preseleccionados y la UG-FFIE y el PA-FFIE podrán continuar el procedimiento con el oferente Proponente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos y estuviere vigente a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes Proponentes en el orden de elegibilidad, en tanto cumpla con la totalidad de los requisitos previstos, sin perjuicio de su exclusión de la lista de preseleccionados en las condiciones y términos establecidos para el Proponente ubicado en el primer lugar. - Los hechos mencionados en el numeral anterior, facultan al PA-FFIE a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta solicitada en el presente proceso de selección.

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ORDEN DE ELEGIBILIDAD. La presente invitación no compromete al PA-FFIE a celebrar contratos, ésta sólo se realiza con la finalidad de obtener una lista de Proponentes proponentes preseleccionados para una posible contratación, por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno a favor a de los proponentes por esta razón. El procedimiento de asignación observará las siguientes reglas: - El Comité Fiduciario, previa recomendación del comité técnico, instruirá al PA-FFIE la asignación de proyectos a los proponentes que integran la lista de elegibles de cada grupo. - Solicitará Se solicitará al proponente ubicado en primer orden de elegibilidad por grupo la actualización de la capacidad residual establecida en estos TCC. - El PA-FFIE podrá suscribir con los proponentes ubicados en el orden de elegibilidad un número de contratos de obra teniendo en cuenta la capacidad residual y metros cuadrados que pueda construir un proponente y el número máximo de metros cuadrados fijado por la entidad (20.000 m2) que puede construir un proponente. - De esta manera, el proponente que ocupe el primer orden de elegibilidad tendrá la primera opción de realizar los primeros proyectos que defina el PA-FFIE, de acuerdo con su capacidad residual y sin superar un máximo de 20.000 m2. - Si las condiciones de capacidad residual o financieras del contratista varían en el tiempo y en el momento de realizar la verificación éste no cuenta con la capacidad, se procederá a otorgar el proyecto al proponente ubicado en el segundo orden de elegibilidad, si éste no llegare a cumplir se realizarán las mencionadas verificaciones al proponente ubicado en el tercer lugar del orden de elegibilidad y así sucesivamente. - El PA-FFIE comunicará al contratista seleccionado anexando la minuta del contrato y aquellos documentos necesarios para la futura contratación, de la asignación realizada. - Si el Proponente con quien se decide contratar no suscribe el contrato dentro del plazo previsto será excluido de la lista de preseleccionados y la UG-FFIE y el PA-FFIE podrán continuar el procedimiento con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos y estuviere vigente a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes Proponentes en el orden de elegibilidad, en tanto cumpla con la totalidad de los requisitos previstos, sin perjuicio de su exclusión de la lista de preseleccionados en las condiciones y términos establecidos para el Proponente ubicado en el primer lugar. - Los hechos mencionados en el numeral anterior, facultan al PA-FFIE a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta solicitada en el presente proceso de selección.

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ORDEN DE ELEGIBILIDAD. La presente invitación no compromete al PA-FFIE a celebrar contratosoferta obtendrá como puntaje total, ésta sólo se realiza con la finalidad de obtener una lista de Proponentes preseleccionados para una posible contratación, por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno a favor a sumatoria de los proponentes puntajes de la calificación económica más el puntaje técnico por esta razón. El procedimiento de asignación observará las siguientes reglas: - El Comité Fiduciario, previa recomendación del comité técnico, instruirá al PA-FFIE protección a la asignación de proyectos a los proponentes que integran la lista de elegibles de cada grupo. - Solicitará al proponente ubicado en primer industria nacional ó componente Nacional Se establecerá el orden de elegibilidad de los oferentes, ordenando las ofertas según el puntaje total obtenido por grupo la actualización las mismas, de la capacidad residual establecida en estos TCC. - El PA-FFIE podrá suscribir con los proponentes ubicados mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad un número de contratos de obra teniendo en cuenta la capacidad residual y metros cuadrados que pueda construir un proponente y el número máximo de metros cuadrados fijado por la entidad (20.000 m2) que puede construir un proponente. - De esta maneraal mayor puntaje, el proponente segundo al siguiente, y así sucesivamente. La valoración de las ofertas surtida conforme a lo previsto en los numerales anteriores será objeto del informe de evaluación, del cual se dará traslado a los diferentes oferentes. Se adjudicará el proceso de contratación al oferente que ocupe habiendo presentado una oferta elegible, obtenga el primer orden de elegibilidad tendrá elegibilidad. VERIFICACIÓN ASPECTOS JURÍDICOS CUMPLE CUMPLE / NO VERIFICACIÓN ASPECTOS TÉCNICOS CUMPLE CUMPLE / NO VERIFICACIÓN ASPECTOS FINANCIEROS CUMPLE CUMPLE / NO ECONÓMICA MÁXIMA A RECIBIR 300 PUNTOS CUMPLIMIENTO DE LA LEY 816 DE 2003 20% BIENES Y SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL O QUE 60 PUNTOS DEMUESTREN RECIPROCIDAD 5% BIENES Y SERVICIOS EXTRANJEROS CON COMPONENTE 15 PUNTOS NACIONAL La oferta obtendrá como puntaje total, la primera opción sumatoria de realizar los primeros proyectos que defina puntajes de la calificación económica más el PA-FFIE, de acuerdo con su capacidad residual y sin superar un máximo de 20.000 m2. - Si las condiciones de capacidad residual o financieras del contratista varían en puntaje técnico por protección a la industria nacional ó componente Nacional Se establecerá el tiempo y en el momento de realizar la verificación éste no cuenta con la capacidad, se procederá a otorgar el proyecto al proponente ubicado en el segundo orden de elegibilidad, si éste no llegare a cumplir se realizarán las mencionadas verificaciones al proponente ubicado en el tercer lugar del orden de elegibilidad de los oferentes, ordenando las ofertas según el puntaje total obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente, y así sucesivamente. - El PA-FFIE comunicará La valoración de las ofertas surtida conforme a lo previsto en los numerales anteriores será objeto del informe de evaluación, del cual se dará traslado a los diferentes oferentes. Se adjudicará el proceso de contratación al contratista seleccionado anexando la minuta del contrato y aquellos documentos necesarios para la futura contrataciónoferente que habiendo presentado una oferta elegible, de la asignación realizada. - Si obtenga el Proponente con quien se decide contratar no suscribe el contrato dentro del plazo previsto será excluido de la lista de preseleccionados y la UG-FFIE y el PA-FFIE podrán continuar el procedimiento con el oferente calificado en el siguiente lugar del primer orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos y estuviere vigente a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes Proponentes en el orden de elegibilidad, en tanto cumpla con la totalidad de los requisitos previstos, sin perjuicio de su exclusión de la lista de preseleccionados en las condiciones y términos establecidos para el Proponente ubicado en el primer lugar. - Los hechos mencionados en el numeral anterior, facultan al PA-FFIE a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta solicitada en el presente proceso de selección.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Transporte

ORDEN DE ELEGIBILIDAD. La presente invitación no compromete al PA-FFIE a celebrar contratosPara la adjudicación del contrato, ésta sólo se realiza con la finalidad de obtener una lista de Proponentes preseleccionados para una posible contratación, por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno a favor a de los proponentes por esta razón. El procedimiento de asignación observará las siguientes reglas: - El Comité Fiduciario, previa recomendación del comité técnico, instruirá al PA-FFIE la asignación de proyectos a los proponentes que integran la lista de elegibles de cada grupo. - Solicitará al proponente ubicado en primer orden de elegibilidad por grupo la actualización de la capacidad residual establecida en estos TCC. - El PA-FFIE podrá suscribir con los proponentes ubicados en el orden de elegibilidad un número de contratos de obra teniendo en cuenta la capacidad residual y metros cuadrados que pueda construir un proponente y el número máximo de metros cuadrados fijado por la entidad (20.000 m2) que puede construir un proponente. - De esta manera, el proponente que ocupe el primer orden de elegibilidad tendrá la primera opción de realizar los primeros proyectos a tener en consideración será la que defina el PA-FFIE, de acuerdo con su capacidad residual y sin superar obtenga un máximo de 20.000 m2. - Si las condiciones de capacidad residual o financieras del contratista varían en el tiempo y en el momento de realizar la verificación éste no cuenta con la capacidad, se procederá a otorgar el proyecto al proponente ubicado en el segundo orden de elegibilidad, si éste no llegare a cumplir se realizarán las mencionadas verificaciones al proponente ubicado en el tercer lugar del orden de elegibilidad mayor puntaje total y así sucesivamente. - El PA-FFIE comunicará puntaje total es la sumatoria de la evaluación económica y la técnica. En el evento de presentar empate, este se dirimirá así: Se elegirá aquella propuesta que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación técnica. Si persiste, se preferirá al contratista seleccionado anexando proponente que tenga vinculadas laboralmente no menos del 10% de personas con discapacidad a que se refiere la minuta reseñada normatividad, para lo cual deberá incorporar en la propuesta certificado correspondiente expedido por la Oficina de Trabajo del contrato lugar del domicilio social del proponente y aquellos documentos necesarios para certificación del representante legal o del revisor fiscal según se trate o del proponente personas natural en donde conste que el personal en condición de discapacidad fue contratado con un año de antelación al de presentación de la futura contrataciónpropuesta, de la asignación realizada. - Si conformidad con lo previsto en el Proponente con quien se decide contratar no suscribe el contrato dentro del plazo previsto será excluido artículo 24 de la lista Ley 361 de preseleccionados 1997. Si persiste el empate se hará mediante sorteo. El sorteo se realizará de la siguiente manera:  El sorteo se resolverá mediante balotas  Se dispondrá de una bolsa oscura, la cual será exhibida a todos los asistentes a la audiencia, para que verifiquen que ésta se encuentra en perfectas condiciones y totalmente vacía y habrá tantas balotas como proponentes empatados hayan, las cuales se mostraran a los asistentes a la UG-FFIE audiencia.  Se numerarán consecutivamente y los proponentes empatados, de común acuerdo establecerán las condiciones para escoger el PA-FFIE podrán continuar número ganador.  En el procedimiento evento que no asista alguno de los proponentes que presentó empate o ninguno de estos, se seguirá la presente metodología:  Se designará por sorteo entre los asistentes la persona o personas que sacarán las balotas por ellos y se procederá de acuerdo con lo anotado anteriormente. De lo anterior, se levantará acta. El resultado de la Evaluación será publicado de conformidad con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden Decreto 2025 de elegibilidad, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos y estuviere vigente a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes Proponentes en el orden de elegibilidad, en tanto cumpla con la totalidad de los requisitos previstos, sin perjuicio de su exclusión de la lista de preseleccionados en las condiciones y términos establecidos para el Proponente ubicado en el primer lugar. - Los hechos mencionados en el numeral anterior, facultan al PA-FFIE a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta solicitada en el presente proceso de selección2009.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta