OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO a. Verificar junto con el supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar la constitución de la fiducia o patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba el contratista de obra a título de anticipo para la ejecución de la obra, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. Verificar junto con el INTERVENTOR o SUPERVISOR, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual. • Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que LA CONTRATANTE o el CONTRATISTA deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato. • Presentar la certificación de cupo de crédito actualizada, en la que se acredite que la misma continua vigente y es efectiva para la ejecución del contrato. • Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales (si aplica) donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos establecida para el proceso. • Radicar las facturas correspondientes a las actas de Estudios y Diseños y de recibo parcial de obra. Para adelantar el trámite y aprobación de las facturas, deberá presentar a la INTERVENTORÍA, el informe o productos que corresponda, así como de los comprobantes de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos profesionales) y parafiscales del personal destinado a la ejecución del CONTRATO. • Cumplir el estatuto tributario colombiano en su integridad, asumiendo la totalidad de la carga tributaria generada con ocasión de la celebración y ejecución del contrato. • Suscribir el Acta de liquidación del contrato, una vez se cumplan todas las obligaciones necesarias para tal fin, tales como, la terminación del contrato suscrito por las partes, la debida entrega del archivo a FINDETER, en calidad de Fideicomitente de la CONTRATANTE y la aprobación por parte de la INTERVENTORÍA de los documentos de liquidación finales presentados a la terminación del contrato. En todo caso, el trámite de suscripción de la respectiva acta de liquidación deberá corresponder a los procedimientos establecidos por FINDETER, en calidad de Fideicomitente de la CONTRATANTE.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar junto con el interventor y/o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera quincenal.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Mantener enterado al Comitente Comprador sobre el estado financiero de la negociación. 2. Presentar las facturas y/o cuentas de cobro necesarias para el pago, oportunamente. 3. Entregar con la factura o la cuenta de cobro las tirillas físicas o un CD con las tirillas electrónicas de los bonos efectivamente entregados en el mes respectivo. 4. Entregar una certificación emitida por el Representante Legal del Comitente Vendedor en la que manifiesta haber cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos en las fichas técnicas al momento del canje xxx xxxx. 5. Entregar el comprobante o certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales firmado por el Revisor Fiscal, conforme con lo establecido en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002. 6. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución de la operación, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución de la operación. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el Comitente Vendedor e incluidos en el precio. 7. Implementar los controles que considere necesarios a fin de garantizar que el canje de los bonos se realizará previa verificación de la existencia de recursos presupuestales. El Comitente Vendedor por ser responsable de esta operación, asumirá todas las consecuencias que surjan del control inadecuado, inclusive los costos y gastos que se deriven del canje de bonos, realizados después del agotamiento del presupuesto de la operación.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 7.4.1 Efectuar las gestiones necesarias ante el Contratista para que remita la información financiera tanto al ICBF como a la Interventoría dentro de los plazos establecidos.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Informar a la SDIS sobre la ejecución de la orden de compra.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Reportar al interventor y/o supervisor, el flujo de inversión y el flujo de caja del contrato, lo cual deberá consignarse de manera mensual en el informe mensual de avance.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Invertir los recursos dados para la ejecución de las obras, de conformidad con lo establecido en el presupuesto. 2. Realizar y presentar mensualmente un análisis del balance financiero de las obras con los debidos soportes, a fin de prever con suficiente anticipación las eventuales necesidades de modificaciones en alcance o valor.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar junto con el INTERVENTOR o SUPERVISOR, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual según lo establecido en la forma de pago del contrato.