Notificaciones telemáticas Cláusulas de Ejemplo

Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas del Gobierno xx Xxxxxx. Las notificaciones se recogerán en el Servicio de Notificación Telemática – Portal del Ciudadano al que se accede a través de la siguiente dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xx_x0 El envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se realizará a través del Servicio de Soporte a la Tramitación, xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xxx/ En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la misma aplicación. En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento. En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas ni el Servicio de Soporte a la Tramitación ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración en relación al presente contrato se podrán practicar a través del portal del Ayuntamiento de Almuñécar, Perfil del Contratante y Plataforma Estatal de Contratación. En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la Plataforma.
Notificaciones telemáticas. 2.2. Cláusulas especiales de licitación
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el ente contratante se practicarán a través del Perfil del Contratante y a través de la dirección de correo electrónico: Xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas, ni el Servicio de Soporte a la Tramitación ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación, teniendo que presentarse en el Registro de Entrada de HIDROGEA, tal y como se indica en el apartado A del cuadro resumen.
Notificaciones telemáticas. Cód. Validación: 9RW9NL2DWL56NL9KTKP7745SW | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 52 Las notificaciones electrónicas derivadas de este procedimiento de contratación, conforme a lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público y con arreglo a los artículos 14 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizarán mediante la comparecencia electrónica en la sede electrónica del Ayuntamiento de Almuñécar. Los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” que les permita recoger las notificaciones en la Plataforma. Con los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, tras el acceso al contenido de la notificación, ésta se entenderá por practicada. Si transcurren diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda al contenido de la misma, se tendrá por rechazada. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017 relativo al cómputo de plazos. En base a ello , los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
Notificaciones telemáticas. Cód. Validación: 9ZYW93C7NA6F7MHWEWPEKSL4S | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 41 Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán de forma telemática para ello, el licitador tendrá que designar una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser “habilitada” o “por comparecencia”, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional 15ª, salvo que la misma sea la que figure en el DEUC. Los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la misma aplicación. En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento. En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, en aplicación de la Disposición Adicional 15ª 3 c).
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración en relación al presente contrato se podrán practicar a través del portal del Ayuntamiento de Almuñécar, Perfil del Contratante y Plataforma Estatal de Contratación. En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la Plataforma. Cód. Validación: AR57L9KJQKXTHXAR6964LJKG7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 47
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el órgano de contratación se practicarán a través de email con acuse de recibo.
Notificaciones telemáticas. Las comunicaciones y notificaciones electrónicas derivadas de este procedimiento de contratación, conforme a lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y con arreglo a los artículos 14 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se practicarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), a la dirección de correo electrónico señalada en sus ofertas por los licitadores. Los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” que les permita recoger las notificaciones en la Plataforma. Con los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, tras el acceso al contenido de la notificación, ésta se entenderá por practicada. Si transcurren diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda al contenido de la misma, se tendrá por rechazada. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017 relativo al cómputo de plazos. En base a ello, los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el Órgano de Contratación se practicarán a través de la Sede Electrónica