MULTAS O SANCIONES Cláusulas de Ejemplo

MULTAS O SANCIONES. En el presente contrato no han existido multas ni sanciones. En el presente contrato se constituyó póliza de cumplimiento No. 00-00-000000000 expedida por la Aseguradora Seguros del Estado, la cual se encuentra vigente y cuenta con su respectiva acta de aprobación de vigencia inicial. Cumplimiento 26/11/2020 16/12/2021 $43,165,663.08 Calidad 26/11/2020 16/12/2021 $57,554,217.44 Pago de salarios 26/11/2020 16/12/2023 $14,388,554.36 Todos los servicios contratados serán recibidos durante el año de ejecución del convenio, es decir hasta el 27 de noviembre de 2021. • Se reciben a satisfacción las obligaciones contractuales y se autoriza el siguiente desembolso: 9160504 7201403682 8201403728 $287.771.088 Diciembre 0000 XX 00000 $287.771.087,22 N/A $287.771.087,22 Valor total de la orden de compra $287.771.087,22 Valor autorizado acumulado (incluyendo este periodo) $287.771.087,22 Subdirector de Desarrollo del Sistema de Instituciones Públicas de Educación Superior Agencia de Educación Superior de Medellín SAPIENCIA Supervisor Proyectó: Profesional Universitario Apoyo a la Supervisión. Revisó: Profesional Universitario Apoyo a la Supervisión. Revisó: Profesional Universitario, Apoyo financiero a la Supervisión Revisó: Profesional Universitario, Apoyo jurídico a la Supervisión Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA INFORMACION LOCALIZADA SAS Nit 830062674 0 CLIENTE AGENCIA DE EDUCACION SUPERIOR DE MEDELLIN - SAPIENCIA NIT 900602106 0 Xxxxxxxxxxx 00 # 00 - 000 Xxxxxxxx 444 7947 02/12/2020 01/01/2021 XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Credito 123 4 5 6 7 8 npu03--CO-NP-01 - Servicios en la Nube- NA_NA-NA - 1 Unidad npu03--CO-SO-02-02 - Soporte Premium- Servicios profesionales npu03--CO-EX-07-01 - Experto Junior en Migración - remoto- Servicios profesionales_NA-NA npu03--CO-EX-15-01 - Arquitecto Junior en Nube Publica - remoto- Servicios profesionales_NA-NA npu03--CO-EX-05-02 - Experto Junior en Seguridad en la Nube - zona 1-Servicios profesionales_NA-NA npu03--CO-EX-15-02 - Arquitecto Junior en Nube Publica - zona 1- Servicios profesionales_NA-NA npu03--CO-EX-27-02 - Experto Junior en Redes - zona 1-Servicios profesionales_NA-NA npu03--CO-EX-10-02 - Arquitecto Senior en Nube Hibrida - zona 1- Servicios profesionales_NA-NA 12 12 100 90 100 66 25 6 15.002.724,853.342.511,7881.408 81.408 115.328 115.328 115.328 187.408 0% 19% 19% 19% 19% 19% 19% 19% 0635.07715.468 15.468 21.912 21.912 21.912 35.608 18...
MULTAS O SANCIONES. Cualquier multa, sanción (incluyendo una disciplinaria, fiscal, ambiental) o decisión judicial o administrativa, que se imponga(n) con la finalidad de ser ejemplificativa(s).
MULTAS O SANCIONES. El proponente está en la obligación de informar a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CHOCO, si ha sido sancionado en la ejecución de contratos, entendiéndose por sanción entre otros los siguientes conceptos: multa por xxxx, multa por incumplimiento, la declaratoria de incumplimiento, la efectividad de la cláusula penal pecuniaria. Las sanciones deben estar en firme.
MULTAS O SANCIONES. En el evento de que el proponente o sus integrantes si se trata de consorcio o unión temporal hayan sido sancionados con multas en los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria, por parte de cualquier Entidad Estatal contratante, se restara el cinco por ciento (5%) del puntaje total obtenido en su calificación.
MULTAS O SANCIONES. Las multas o sanciones de cualquier tipo por las cuales el Asegurado es legalmente responsable.
MULTAS O SANCIONES. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los servicios solicitados se impondrá una multa del 2,5 (dos punto cinco) por mil del valor total del contrato por cada día de retraso en la entrega de los mismos.
MULTAS O SANCIONES. Cualquier multa, sanción o parte de una decisión judicial o administrativa que exceda del monto de la reparación de los daños realmente causados y que se imponga con la finalidad de ser ejemplificativa.
MULTAS O SANCIONES. Cuando el monto de la multa acumulada alcance el 20% del monto del contrato en cualquiera de los puntos descritos a continuación; la fiscalización solicitará la resolución del contrato a la empresa Contratista, sin derecho a reclamo. N° Causales de Multa Porcentaje de Multa 1 Multa al Ingreso Las empresas se obligan a movilizar la maquinaria comprometida en el plazo máximo de cinco (5) días calendario, computable a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. No se aceptará ampliación de plazo bajo ninguna circunstancia. Para el inicio de operaciones la empresa deberá presentar los documentos estipulados en el punto INICIO DEL SERVICIO, el no cumplimiento de esto contará como día de multa. 0,5% por día de retraso del Monto Total del Contrato 2 Multa al Servicio En caso que la empresa proceda a la suspensión del servicio de manera INJUSTIFICADA verificada por Fiscalización; esta multa se contabilizará a partir del tercer (3°) día de ocurrida la paralización. 0,5% del monto del ítem suspendido por día xx xxxxxx injustificada. Es decir, la multa se aplicará al ítem que se tiene suspendido de manera general 3 Multa Incumplimiento del Manual del Contratista Cuando la empresa incumpla o proceda al desapego al Manual del Contratista. Fiscalización emitirá notas de llamada de atención por cada falta realizada por la empresa, considerando que a la tercera llamada de atención se aplicará la multa 0,1% del Monto Total del Contrato

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.