Common use of MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Clause in Contracts

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 107 de la Ley 30/20073/2011, de 30 14 de octubrenoviembre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Samples: www.fuensalida.com, www.fuensalida.com, www.fuensalida.com

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos 156 del Sector PúblicoTRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Que Regirá Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad La Contratación Del Servicio, Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Que Regirán La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Con Diversos Criterios De Adjudicación Del Servicio De Cocina

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: www.sadaba.es

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 156 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoPúblico aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre.

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Samples: www.almuniente.es

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 156 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Por El Que Se Habrá De Regir La Adjudicación De Los Servicios De Explotación Del Bar Restaurante, Oficina De Turismo Y La Casa Del Guarda Situado en Lagran

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 X.X.Xxx. 3/2011de 14 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.Noviembre

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Va a Regir El Contrato De Servicios De Explotación De La

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración administración podrá modificar el contrato contrato, por razones de interés público y público, para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las Estas modificaciones no afectarán podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Limpieza De Los Edificios Públicos Municipales De Elorrio. Procedimiento Abierto

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Para La Adjudicacion Del Contrato Administrativo Especial De La Licitacion El Monte Denominado Rincón Y Chiquero

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos 156 del Sector PúblicoTRLCSP.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Que Han De Regir El Concurso Publico Para Adjudicar La Concesion Administrativa Para El Uso De Naves Municipales

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 92 ter y 92 quáter de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Contrato De Suministro

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 156 RDLeg. 3/2011 de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: www.castanaresderioja.org

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 156 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.. CLÁUSULA Incumplimiento

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratacion Del Servicio

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De La Licitacion Del Contrato Administrativo De Servicios De Mantenimiento De Las Instalaciones De Calefaccion, Climatizacion Y Produccion De Agua Caliente Sanitaria De Los Diferentes Centros Y Edificios Del Ayuntamiento De Miguelturra

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato y se formalizarán realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De La Licitacion Del Contrato Administrativo De Servicios De Cafeteria Y Comedor en El Centro De Dia