INFORMACIÓN PRELIMINAR Cláusulas de Ejemplo

INFORMACIÓN PRELIMINAR a) PARA PODER PARTICIPAR EN ESTE ACTO, LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR LAS PROPUESTAS EN UN SOLO SOBRE CERRADO EN FORMA INVIOLABLE, DE CONFORMIDAD CON LO DESCRITO EN EL APARTADO 5 DE LA PRESENTE
INFORMACIÓN PRELIMINAR. Marco legal básico - Síntesis del Plan Hidrológico del Río Matarraña - Síntesis Agenda 21 de la Comarca del Matarraña - El Dictamen del Matarraña - Plan de Desarrollo Rural xx Xxxxxx
INFORMACIÓN PRELIMINAR a) Marco legal básico
INFORMACIÓN PRELIMINAR. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 96.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y en el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, por el que se aprueba su Regla- mento de desarrollo, se hace expresamente constar que la información recogida en esta cláusula ha sido comunicada al Tomador del Seguro con anterioridad a la celebración del contrato: • Que el presente contrato de seguro se celebra en régimen de derecho de establecimiento con la Sucursal en España de la entidad aseguradora francesa Europ Assistance, sociedad anónima francesa regulada por el Código de Seguros xx Xxxxxxx, con un capital social de 46.926.941 euros, registrada con el número 451 366 405 RCS Nanterre, y domicilio en Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, 1 - 92633 Gennevilliers Cedex, Francia. • Que Europ Assistance S.A., Sucursal en España se encuentra debidamente inscrita en el Registro Administrativo de las Entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones bajo la clave E-0243 y tiene su domicilio en la X/. Xxxxxx 0, Xxxxxx 00, 00000 Xxxxxx. • Que, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), el Estado miembro a quien corresponde el control de la Entidad Aseguradora es Francia y, dentro de dicho Estado, la Autoridad a quien le corresponde el control es la Autorité de Contrôle Prudentiel et de Résolution (ACPR), con domicilio en 4, Xxxxx xx Xxxxxxxx, XX 00000, 00000 Xxxxx Xxxxx 00, Xxxxxxx. • Que el presente contrato de seguro se rige por lo convenido en las Condiciones Generales, Particulares y Especiales, si las hubiere, de conformidad con lo establecido en la Ley 50/80 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro; la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Ley 20/2015, de 14 de julio) y su Reglamento de desarrollo. • Que la liquidación de Europ Assistance S.A., no está sujeta a la legislación española. El informe sobre situación financiera y de solvencia se encuentra disponible en la página web de la entidad aseguradora. • Que, en caso de queja o reclamación, Europ Assistance S.A., Sucursal en España pone a disposición de los Asegurados un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores,...
INFORMACIÓN PRELIMINAR. Antes de arribar al establecimiento, resulta indispensable que los evaluadores organi- cen su visita contemplando todos los pasos que deben respetarse, con el objetivo de optimi- zar el tiempo destinado a la evaluación. Para ello, en esta sección se brinda un detalle de los aspectos que deben considerarse para contar con información y el equipamiento necesario para que la evaluación se desarrolle de manera dinámica y correcta:
INFORMACIÓN PRELIMINAR. 1.1. El Estado del Brasil, en ejercicio de la competencia establecida en el art. 21, inciso XII, letra “x”, xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx, por intermedio de la AGENCIA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, que en adelante se denominará ANEEL, autarquía de régimen especial, con domicilio en XXXX 000, Xxxxxx “X”, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, inscrita en el CNPJ/MF con el nº 02.270.669/0001-29, en base a la competencia delegada mediante la Ley nº 9.427, de 26 de diciembre de 1996, modificada por la Ley nº 10.848, de 15 xx xxxxx de 2004, realizará licitación, en la modalidad de SUBASTA, con fundamento en las Leyes nº 8.666, de 21 xx xxxxx de 1993; nº 8.987, de 13 de febrero de 1995; nº 9.074, de 7 de julio de 1995; nº 9.427, de 26 de diciembre de 1996; nº 9.491, de 9 de septiembre de 1997; nº 9.648, de 00 xx xxxx xx 1998, nº 10.848, de 15 xx xxxxx de 2004; nº 13.360, de 17 de noviembre de 2016; y en el Decreto nº 7.154, de 9 xx xxxxx de 2010, con el objetivo de conceder SERVICIO público de transmisión, que comprende la construcción, instalación, operación y mantenimiento de instalaciones de transmisión que se conectarán al Sistema Interconectado Nacional (SIN).
INFORMACIÓN PRELIMINAR. Principales datos de la empresa: razón social y CUIT Domicilio Actividad Cantidad Empleados Año de Inicio de Actividad Forma Jurídica Documentación analizada para la elaboración del informe Líneas de financiamiento solicitadas (por la pyme, propuesta del área comercial; propuesta del informe de riesgo) detallando monto solicitado, plazo, tipo de garantía ofrecida. Análisis de información de deudores de BCRA, Nosis o similares; y deudas provisionales. Situación de la empresa y xxx xxxxxxx.
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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.