Common use of INDEMNIDAD Clause in Contracts

INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá mantener a la otra, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadas, directores, funcionarios, representantes y/o empleados, indemnes y libres de todo reclamo, demanda, litigio, acción judicial o extrajudicial, reivindicación y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra las Partes, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas. El cumplimiento de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partes, incluyendo pero sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el Contrato.

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INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá mantener a la otra, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadas, directores, funcionarios, representantes y/o empleados, indemnes y libres de todo reclamo, demanda, litigio, acción judicial o extrajudicial, reivindicación y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra las Partes, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas. El cumplimiento de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partes, incluyendo pero sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el ContratoProducto(s).

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INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá mantener a la otra, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadas, directores, funcionarios, representantes y/o empleados, indemnes y libres de todo reclamo, demanda, litigio, acción judicial o extrajudicial, reivindicación y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra las Partes, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas. El cumplimiento de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partes, incluyendo incluyendo, pero sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el ContratoProducto(s).

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INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá mantener a la otra, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadas, directores, funcionarios, representantes y/o empleados, indemnes y libres de todo reclamo, demanda, litigio, acción judicial o extrajudicial, reivindicación y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra las Partes, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas. El cumplimiento de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partes, incluyendo pero sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el Contrato.

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INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá El Fondo y los Inversionistas se obligan a mantener indemne a la otraSociedad Administradora y al Gestor Profesional, y a sus empresas subsidiarias y afiliadasadministradores, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadasaccionistas, directores, funcionariosempleados, representantes asesores, filiales o representantes, así como a los miembros del Comité de Inversiones y del Personal Clave (únicamente en cuanto a las acciones u omisiones de los mismos en su calidad de Sociedad Administradora, Gestor Profesional y/o miembros del Comité de Inversiones o del Personal Clave, según el caso), por cualquier pérdida, daño, costo, gasto o responsabilidad (incluyendo los costos y honorarios legales) incurridos por ellos con ocasión de una demanda, investigación, proceso, condena, pleito, acción legal, cobranza o reclamación, cualquiera que sea su naturaleza, que tengan relación con sus actuaciones u omisiones en relación con el Fondo o con los activos aceptables para invertir, siempre y cuando (i) el Gestor Profesional, sus miembros, administradores, accionistas, directores, empleados, indemnes asesores, filiales o representantes, y libres los miembros del Comité de todo reclamoInversiones y del Personal Clave hayan actuado en desarrollo de sus funciones con la diligencia exigible a un experto prudente y diligente en la administración de portafolios y manejo de activos aceptables para invertir señalados en este Reglamento, demanday (ii) la Sociedad Administradora, litigiosus miembros, acción judicial o extrajudicialadministradores, reivindicación y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra las Partesaccionistas, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionariosempleados, asesores, filiales o representantes y empleados hayan actuado en desarrollo de éstas. El sus funciones en cumplimiento del estándar de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partes, incluyendo pero sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con el cumplimiento de responsabilidad aplicable según se establezca en las normas sobre medio ambienteaplicables y en el presente Reglamento Para todos los efectos, las relacionadas con se entenderá que la legalidad obligación de indemnidad a cargo de los derechos Inversionistas prevista en este Título Cuarto estará limitada al monto de propiedad intelectual, los Aportes o Participaciones de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son cada uno de cargo los Inversionistas. La obligación de indemnidad prevista en este Título estará vigente desde la fecha de Inicio de Operaciones y responsabilidad exclusiva hasta dos (2) años después de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones liquidación del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el ContratoFondo.

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Samples: www.progresion.com.co

INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá Las Partes, deberán indemnizar y mantener indemne a la otraotra parte, incluyendo a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadasrepresentantes, directores, funcionariossubordinados, representantes y/o empleadosempleados y libre de cualquier tipo de responsabilidad, indemnes y libres de todo reclamoreclamación, demandaperdida, litigiopleito, acción judicial o extrajudiciallegal, reivindicación y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra las Partesembargo, a sus empresas subsidiarias y afiliadaspago, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas. El cumplimiento de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partesgasto, incluyendo pero sin limitarselimitarse a honorarios de abogados y demás costas legales, y en general de cualquier daño o perjuicio sufrido o incurrido por la otra Parte o sus cesionarios cuando dichos daños y perjuicios surjan de cualquiera de los siguientes eventos, y sin que interese la naturaleza, jurisdicción ni duración de la reclamación correspondiente: Falsedades o Inconsistencias. Una falsedad, inexactitud en, o incumplimiento de cualquier declaración o garantía efectuada por parte de las Partes bajo o en desarrollo del presente Contrato; Incumplimiento de Obligaciones. Cualquier incumplimiento de una obligación, término o disposición del presente Contrato que deba ser cumplida por cualquiera de las Partes; Acciones, Procedimientos e Investigaciones. Cualesquiera y la totalidad de las reclamaciones, acciones, demandas, procedimientos, investigaciones, transacciones, fallos o liquidaciones que surjan del literal (a) y (b) de esta Cláusula o por hechos u omisiones del Transportador en relación con el Transporte de Producto objeto del presente Contrato y/o de su propia actividad. La violación de cualquier disposición constitucional, ley, decreto, reglamentación que aplique al desarrollo del presente Contrato, incluyendo, pero sin a limitarse a todas las leyes y disposiciones laborales, ambientales, técnicas y de seguridad relacionadas con su personal, con el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el presente Contrato.

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Samples: Contrato De Transporte en Firme De Productos

INDEMNIDAD. Cada una de las Partes deberá mantener a la otra(a) El Fiduciario, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstas, salvo en los casos de culpa grave o dolo por parte de tales empresas subsidiarias y afiliadas, directores, funcionariosempleados y sus personas controlantes, representantes controladas, sujetos a control común, vinculadas, afiliadas y/o empleadossubsidiarias (cualquiera de dichas personas, en adelante una “Persona Indemnizable”) serán indemnizados y mantenidos indemnes y libres de todo reclamopor el Fiduciante o el nuevo ente que, demandaen su caso, litigio, acción judicial o extrajudicial, reivindicación y fallo lo suceda como consecuencia de cualquier especie reorganización societaria, y naturaleza por los Beneficiarios con los recursos del Fideicomiso, respecto de cualquier pérdida, costo, gasto o reclamo (incluyendo, de manera no taxativa, comisiones, honorarios y gastos de asesoramiento legal), que éstos puedan sufrir como consecuencia, en ocasión y/o con motivo del cumplimiento por parte del Fiduciario o cualquier Persona Indemnizable de sus derechos, tareas y funciones bajo este Contrato y/o de los actos y/u operaciones contemplados y/o relacionados con los mismos, y por las sumas (incluyendo las actualizaciones, intereses y penalidades debidas) que deban pagarse a las autoridades impositivas (ya sean nacionales, provinciales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) como consecuencia de la aplicación de las respectivas normas impositivas, sus modificaciones, la interpretación de éstas o cualquier determinación realizada por dichas autoridades, salvo que la referida pérdida, costo, gasto o sumas que deban abonarse o se entable hayan abonado y que motiva la pretensión de la Persona Indemnizable de ser indemnizada sea consecuencia de cualquier omisión o pueda entablarse contra las Partes, a sus empresas subsidiarias y afiliadas, a los directores, funcionarios, representantes y empleados falta de éstas. El dicha persona Indemnizable al cumplimiento de las sus responsabilidades y obligaciones legales que corresponda a cada una bajo este Contrato como consecuencia del dolo o culpa de las Partes, incluyendo pero sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con el cumplimiento dicha Persona Indemnizable determinada por resolución definitiva firme de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el Contratotribunal competente.

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Samples: www.bacs.com.ar

INDEMNIDAD. Cada una El Proveedor eximirá de las Partes deberá mantener toda responsabilidad, defenderá e indemnizará a la otraTPI y sus filiales, a sus empresas subsidiarias y afiliadasagentes, a los directoresempleados, funcionarios, representantes directores, sucesores y empleados asignados contra cualquier reclamación de éstasterceros por daños y perjuicios, salvo multas, sanciones, costos, pasivos, pérdidas o gastos (incluidos, entre otros, los importes pagados en los casos la liquidación de culpa grave reclamaciones, honorarios razonables de abogados y asesores, y honorarios de expertos) (en conjunto, “Reclamaciones”) que surjan de: (a) un incumplimiento de declaraciones o dolo garantías realizadas en el CP, el presente Contrato o cualquier OC; (b) lesiones corporales, muerte y daños a la propiedad, y (c) negligencia o conducta indebida por parte del Proveedor. TPI notificará de tales empresas subsidiarias inmediato al Proveedor de dicha Reclamación por escrito. En el caso de que el Proveedor utilice un subcontratista, el Proveedor es responsable del desempeño del subcontratista e indemnizará y afiliadas, directores, funcionarios, representantes y/o empleados, indemnes y libres eximirá de todo reclamo, demanda, litigio, acción judicial o extrajudicial, reivindicación y fallo responsabilidad a TPI en el caso de cualquier especie omisión y naturaleza cualquier conducta negligente, imprudente o intencionada por parte del subcontratista. Además, el Proveedor declara y garantiza que se entable o pueda entablarse contra las Partessu subcontratista ha cumplido con todos los requisitos de seguro establecidos en este Acuerdo, a sus empresas subsidiarias y afiliadasincluido el nombramiento de TPI como asegurado adicional, a los directores, funcionarios, representantes y empleados de éstassi corresponde. El cumplimiento Proveedor acepta no emplear los servicios de las obligaciones legales que corresponda a cada una de las Partes, incluyendo pero un subcontratista para proporcionar los Servicios sin limitarse, a las relacionadas con su personal, con obtener primero el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, las relacionadas con la legalidad de los derechos de propiedad intelectual, de las disposiciones tributarias o cualquier otra similar, son de cargo y responsabilidad exclusiva de la Parte a la que corresponden dichas obligaciones y su incumplimiento sólo afectará a dicha Parte. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir a la otra alguna de las estipulaciones del Contrato en cualquier momento, no se considerará una renuncia a hacer cumplir tal estipulación, a menos que sea notificada consentimiento por escrito por la otra Parte. Xxxxxxx renuncia a alegar una violación del Contrato se considerará como renuncia para alegar cualquier otra violación. El COMPRADOR mantendrá libre de responsabilidad al VENDEDOR, por todo reclamo, acción o perjuicio que pudieren resultar de demandas, reclamos o acciones administrativas, judiciales y extrajudiciales de terceras personas que disputen la propiedad o tenencia sobre el GLP. En ningún caso las Partes serán responsables por daños indirectos bajo el ContratoTPI.

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Samples: tpicomposites.com