GASTOS EXTRAS Cláusulas de Ejemplo

GASTOS EXTRAS. SE AMPARA EL IMPORTE DE LOS GASTOS ADICIONALES NECESARIOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO CON EL FIN DE CONTINUAR, EN CASO DE SINIESTRO CON LAS OPERACIONES NORMALES DE LA EMPRESA ASEGURADA, EN EL CASO DE HABER SIDO DAÑADOS O DESTRUIDOS LOS EDIFICIOS Y/O CONTENIDOS ASEGURADOS EN DAÑOS MATERIALES DIRECTOS (TODO RIESGO PRIMER RIESGO). EN ESTOS GASTOS SE INCLUYEN AQUELLOS POR CONCEPTO DE USOS DE BIENES O INSTALACIONES DE OTRAS EMPRESAS U OTROS GASTOS DE EMERGENCIA.
GASTOS EXTRAS. SE AMPARA EL IMPORTE DE LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS NECESARIOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO CON EL FIN DE CONTINUAR, EN CASO DE SINIESTRO, CON LAS OPERACIONES NORMALES DE LA EMPRESA ASEGURADA, EN EL CASO DE HABER SIDO DAÑADOS O DESTRUIDOS LOS BIENES ASEGURADOS EN LA PÓLIZA DE DAÑOS MATERIALES DIRECTOS, POR LA REALIZACIÓN DE LOS RIESGOS AMPARADOS. LA INDEMNIZACIÓN NO EXCEDERÁ DEL REEMBOLSO DE LOS GASTOS EFECTIVAMENTE REALIZADOS, DEBIDAMENTE COMPROBADOS, CON EL LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, EL CUAL ES INDEPENDIENTE DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA.
GASTOS EXTRAS. (Cédula F)
GASTOS EXTRAS. 1. Si ustedes tienen un límite para Gastos Extras indicado en las Declaraciones, nosotros pagaremos los gastos que excedan de sus gastos normales u ordinarios, que sean necesarios para evitar o minimizar la suspensión del negocio y para regresar a sus operaciones normales después de una pérdida asegurada de "bienes inmuebles" o "bienes muebles" en una "ubicación asegurada".
GASTOS EXTRAS. GASTOS CUBIERTOS
GASTOS EXTRAS. La indemnización bajo esta subsección de la Póliza, incluirá los gastos extras en que se incurra por las pérdidas o daños a las propiedades aseguradas bajo el presente, originadas por cualquiera de los riesgos cubiertos aquí durante el período de validez de la misma. Gastos extra significa el costo excedente en que se incurra por necesidad para continuar la operación de los negocios o instalaciones del asegurado, de la forma más práctica posible durante o el "período de recuperación de la propiedad dañada", que sobrepasen el costo en el cual se hubiera incurrido normalmente para manejar los negocios en ese período si no se hubiera sufrido una pérdida o daño.
GASTOS EXTRAS. 6H DSOLFDUi HQ H[FHVR GH FXDOTXLHU ³JDVWR H[WUD´ HQ pérdidas o daños por efecto de la pérdida, daño o destrucción a su propiedad, causado por cualquiera de los riesgos cubiertos bajo la presente póliza y de esta forma continuar con su actividad normal. Estos ³JDVWRV H[WUDV´ VHUiQ GXUDQWH HO WLHPSR UHTXHULGR SD dañada o colocar al asegurado en la misma condición en la que se encontraría de no haber ocurrido tal GDxR R SpUGLGD (QWUH DOJXQRV GH HVWRV ³JDVWRV H[WUD únicos y que no están limitados sólo a dichos gastos, pudiendo existir otros gastos razonables y QHFHVDULRV FRQVLGHUDGRV FRPR ³JDVWRV H[WUDV´
GASTOS EXTRAS. EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO A LOS BIENES PROPIEDAD DE “LICONSA” AMPARADOS BAJO LOS TÉRMINOS DE ESTE SERVICIO DE SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES DE “LICONSA”, TAMBIÉN INDEMNIZARÁ A “LICONSA” LOS COSTOS Y GASTOS EXTRAS RAZONABLEMENTE INCURRIDOS PARA REALIZAR REPARACIONES PROVISIONALES, ASÍ COMO PARA APRESURAR LA REPARACIÓN DE LA PROPIEDAD DAÑADA, INCLUYENDO HORAS EXTRAS Y EL COSTO ADICIONAL POR EL USO DE ENVÍOS POR SERVICIO RÁPIDO O POR OTROS MEDIOS DE TRANSPORTE CON LÍMITE DEL 10% DE LA SUMA ASEGURADA, APLICABLE PARA LAS COBERTURAS QUE CORRESPONDA LO ANTERIOR OPERA COMO SUBLIMITE. CON QUINCE DÍAS DE ESPERA ESTE SERVICIO DE SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES DE “LICONSA” CUBRIRÁ TAMBIÉN LOS GASTOS NECESARIOS QUE REALICE “LICONSA” POR LA UTILIZACIÓN DE OTRAS INSTALACIONES O EQUIPOS, MIENTRAS SE REALIZAN LAS REPARACIONES O RECONSTRUCCIONES POR SINIESTROS CUBIERTOS POR LA PÓLIZA RESPECTIVA.
GASTOS EXTRAS. En caso de incidente mecánico sucedido durante el período de alquiler de la autocaravana, el arrendatario debe informar al propietario. Es la responsabilidad del arrendatario llevar el vehículo a un taller especializado, previamente indicado por el seguro. En el caso de que los propietarios estén de acuerdo para efectuar las reparaciones, los arrendatarios podrán dar el visto bueno a los profesionales. En caso de que el incidente o la avería mecánica inmovilice la autocaravana, los arrendatarios podrán dejar el vehículo al taller y podrán ser transportados por la asistencia del seguro. Si los propietarios se niegan a la reparación o si la avería mecánica inmoviliza el vehículo durante más de 5 días consecutivos, éste deberá ir a recuperar su vehículo en el taller donde se hayan realizado las reparaciones necesarias. Si los arrendatarios han adelantado el dinero de la reparación, los propietarios tienen la obligación de volver, (siempre se deberá presentar una factura justificativa de la reparación) y siempre y cuando no sea consecuencia de una mala conducción del arrendatario. El arrendatario está obligado a que las reparaciones sean efectuadas exclusivamente por un mecánico competente y especializado en reparación de autocaravanas. La carga de la prueba cae sobre el arrendatario. No puede deshacerse de la responsabilidad aportando la prueba que los incidentes mecánicos han sido producidos por un desgaste normal y regular del mantenimiento o de una mala revisión del vehículo por el propietario. La prueba debe ser obligatoriamente aportada por un experto oficial.
GASTOS EXTRAS. Se ampara el importe de los gastos adicionales necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro con las operaciones normales de la empresa asegurada, en el caso de haber sido dañados o destruidos los edificios y/o contenidos asegurados en daños materiales directos (todo riesgo primer riesgo). En estos gastos se incluyen aquellos por concepto de usos de bienes o instalaciones de otras empresas u otros gastos de emergencia.