Common use of Fuente de Pago Clause in Contracts

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinar, como fuente de pago del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación al patrimonio del Fideicomiso, en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Acreditante derivadas del Crédito. El vehículo o mecanismo para que se instrumente la afectación del Porcentaje de Participaciones será el Fideicomiso, en virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Fideicomiso, tendrá el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente Cláusula, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple, Contrato De Apertura De Crédito Simple, Modelo De Contrato De Crédito Con Gpo

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [•]% ([•] por ciento) de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para en que se instrumente instrumenta la afectación del Porcentaje de Participaciones será la fuente de pago es el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Acreditante deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. A. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del el cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Modelo De Crédito Con Garantía, Modelo De Crédito Con Garantía, Modelo De Crédito Con Garantía

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [•]% ([•] por ciento) de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para en que se instrumente instrumenta la afectación del Porcentaje de Participaciones será la fuente de pago es el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Acreditante deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. A. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente ContratoContrato con cargo a su hacienda pública, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato De Crédito, Modelo De Contrato De Crédito

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafectará, como fuente de pago del Créditomanera irrevocable en el Fideicomiso, los flujos el [●]% ([●] por ciento) mensual de efectivo que deriven del las Participaciones (inicialmente el Porcentaje de Participaciones), a través sin perjuicio de su afectación al patrimonio del Fideicomisoafectaciones anteriores, en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para que la fuente de pago señalada se instrumente la afectación del Porcentaje de Participaciones instrumente, será el Fideicomiso, en virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Fideicomiso, Acreditante tendrá el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar en el Fideicomiso respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato de las Participaciones Afectadas (según dichos términos se definen en el Fideicomiso) para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. Para el caso de que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente Cláusula, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinar, como fuente de pago del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación al patrimonio del Fideicomiso, en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Acreditante derivadas del Crédito. El vehículo o mecanismo para que se instrumente la afectación del Porcentaje de Participaciones será el Fideicomiso, en virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Fideicomiso, tendrá el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaXxxxxxxx, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [•]% ([•] por ciento) de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para en que se instrumente instrumenta la afectación del Porcentaje de Participaciones será la fuente de pago es el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Acreditante deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. A. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Modelo De Crédito Con Garantía

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinar, como Como fuente de pago para cumplir con todas y cada una de las Obligaciones que el Acreditado contrae con Banobras en virtud de la suscripción del presente Contrato y la disposición del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación el Estado afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso, en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Acreditante derivadas del Crédito. El vehículo o mecanismo para que se instrumente la afectación del Porcentaje de Participaciones será el Fideicomiso, en virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Fideicomiso 1121 (en el Fideicomiso, tendrá que Banobras obtendrá y mantendrá el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar Lugar), el derecho a recibir y los flujos de recursos que deriven de las Participaciones y de los Ingresos FAFEF, en el entendido que el Estado se obliga a mantener el Factor de Aforo que le corresponde al Crédito, compromiso y obligación que deberá inscribirse en el Registro Estatal y en el Registro Federal, en términos de lo que establecen las disposiciones legales y administrativas aplicables. Para mantener el Factor de Aforo se utilizarán los flujos de recursos que resulten de aplicar los porcentajes siguientes: Como proporción respecto a los Ingresos FAFEF (remítase a la Cláusula Primera, relativa a Definición de Términos del Porcentaje presente Contrato), que se serán afectados al patrimonio del Fideicomiso 1121, corresponderá al Crédito el 1.61% (uno punto sesenta y uno por ciento). Como proporción respecto a las Participaciones (remítase a la Cláusula Primera, relativa a Definición de Términos del presente Contrato), que se serán afectadas al patrimonio del Fideicomiso 1121, corresponderá al Crédito el 2.09% (dos punto cero nueve por ciento). La afectación de los Ingresos FAFEF y de las Participaciones, con base en permanecerá vigente y subsistente por todo el cual el Fiduciario calcularátiempo que exista algún saldo insoluto a favor del Banco. El Estado acepta que los flujos de recursos que procedan de las Participaciones y los Ingresos FAFEF, será una, pero no la única fuente de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago de las cantidades que adeude a Banobras por la contratación y disposición del Crédito; en consecuencia, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente Cláusula, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones Obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, Contrato con todos los bienes y derechos que conforman su hacienda pública en términos de lo dispuesto por en la legislación aplicable; sin detrimento de la obligación a cargo del Acreditado de prever anualmente en su presupuesto de egresos la o las partidas presupuestales que resulten necesarias para el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento Obligaciones de pago a su cargo que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y deriven de la afectación formalización del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [•]% ([•] por ciento) del FAFEF (el “Porcentaje de FAFEF”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o mecanismo para que se instrumente la La afectación del Porcentaje de Participaciones será FAFEF, en términos del artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal, se podrá destinar en cada ejercicio fiscal, al servicio de las obligaciones contraídas, la cantidad que resulte mayor entre aplicar el [•]% ([•] por ciento) a los recursos del FAFEF que le corresponda al Estado en el ejercicio fiscal de que se trate, o la cantidad de $[•] ([•]), equivalente el [•]% ([•]) del FAFEF del año 20[•], año de celebración del Contrato. El vehículo y mecanismo en que se instrumenta la afectación de la fuente de pago es el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Acreditante deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de ParticipacionesLugar. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaFAFEF, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del el cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participacionesdel FAFEF, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado Municipio se obliga a destinarafectar, como fuente de pago del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el [•]% ([•] por ciento) mensual de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Municipio con motivo de la suscripción y disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para que se instrumente la afectación del Porcentaje fuente de Participaciones pago señalada en el párrafo anterior será el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Banco deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. A. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado Municipio responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado Municipio con el Acreditante Banco mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado Municipio se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante Banco la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con celebración del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado Municipio se obliga a destinarafectar, como fuente de pago del Crédito, a más tardar dentro de los flujos 15 (quince) Días Hábiles siguientes a la primera Disposición del Crédito, de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el [•]% ([•] por ciento) mensual de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Municipio con motivo de la suscripción y disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para que se instrumente la afectación del Porcentaje fuente de Participaciones pago señalada en el párrafo anterior será el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Banco deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. A. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado Municipio responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado Municipio con el Acreditante Banco mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado Municipio se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante Banco la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con celebración del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Como fuente primaria de pago, el Estado se obliga a destinar, como fuente afectar de pago del Crédito, los flujos manera irrevocable en el Fideicomiso el XXX mensual de efectivo que deriven del las Participaciones (el Porcentaje de Participaciones), a través sin perjuicio de su afectación al patrimonio del Fideicomisoafectaciones anteriores, en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para que la fuente de pago señalada se instrumente la afectación del Porcentaje de Participaciones instrumente, será el Fideicomiso, en virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Fideicomiso, Banco tendrá el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar en el Fideicomiso respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. Para el caso de que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente Cláusulacláusula, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante Banco mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante Banco la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarMunicipio afecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [[•]% ([•] por ciento)] de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Municipio con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para en que se instrumente instrumenta la afectación del Porcentaje de Participaciones será la fuente de pago es el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Acreditante deberá inscribir el Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dicho término se define en el Fideicomiso, tendrá ) de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base A (según dicho término se define en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de ParticipacionesFideicomiso. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado Municipio responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado Municipio con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado Municipio se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Modelo De Crédito

Fuente de Pago. El Como fuente primaria de pago, el Estado se obliga a destinar, como fuente afectar de pago del Crédito, los flujos manera irrevocable en el Fideicomiso el XXX mensual de efectivo que deriven del las Participaciones (el Porcentaje de Participaciones), a través sin perjuicio de su afectación al patrimonio del Fideicomisoafectaciones anteriores, en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para que la fuente de pago señalada se instrumente la afectación del Porcentaje de Participaciones instrumente, será el Fideicomiso, en virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Fideicomiso, Banco tendrá el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar en el Fideicomiso respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. Para el caso de que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente Cláusulacláusula, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente CréditoXxxxxxx, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante Banco mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante Banco la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [_]% ([_] por ciento) de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para en que se instrumente instrumenta la afectación del Porcentaje de Participaciones será la fuente de pago es el Fideicomiso, en Fideicomiso Maestro. En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Estado deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el carácter procedimiento de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base inscripción que en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participacionesmismo se establece. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente CréditoXxxxxxx, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del por el cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del FideicomisoFideicomiso Maestro, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato. En el caso que las Participaciones, por cualquier causa, sean sustituidas o modificadas por otros fondos provenientes de la Federación, que se originen por la coordinación entre la Federación y el Estado, el Estado deberá de afectar y ceder al patrimonio del Fideicomiso, el porcentaje que sea equivalente al monto del Porcentaje de Participaciones en la fecha de suscripción del presente Contrato, según lo acuerden el Acreditante y el Estado. La afectación de dichos fondos deberá formalizarse dentro de un plazo de 90 (noventa) siguientes a que la mencionada sustitución o modificación surta efectos por parte de la Federación, para lo cual, el Estado deberá obtener previamente las autorizaciones necesarias y presentar a la Autoridad Gubernamental competente la notificación de la afectación correspondiente, instruyéndola irrevocablemente para que los nuevos fondos sean afectados al Fideicomiso, para que sirvan como fuente de pago del presente Crédito.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito

Fuente de Pago. El Estado Municipio se obliga a destinar, afectar como fuente de pago del Crédito, a más tardar dentro de los flujos 15 (quince) Días Hábiles siguientes a la primera Disposición del Crédito, de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el [•]% ([•] por ciento) mensual de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Municipio con motivo de la suscripción y disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para que se instrumente la afectación del Porcentaje fuente de Participaciones pago señalada en el párrafo anterior será el Fideicomiso, en . En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Banco deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el procedimiento de inscripción que en el mismo se establece para efectos de adquirir el carácter de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participaciones. A. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado Municipio responderá con todos sus bienes del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado Municipio con el Acreditante Banco mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado Municipio se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante Banco la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con celebración del presente Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato De Crédito

Fuente de Pago. El Estado se obliga a destinarafecta, como fuente de pago primaria del Crédito, los flujos de efectivo que deriven del Porcentaje de Participaciones, a través de su afectación manera irrevocable al patrimonio del Fideicomiso, el derecho y los ingresos al [_]% ([_] por ciento) de las Participaciones (el “Porcentaje de Participaciones”), en tanto existan obligaciones de pago derivadas del Crédito, durante todo el tiempo que se mantenga la obligación a cargo del Acreditante derivadas Estado con motivo de la suscripción y Disposición del Crédito. El vehículo o y mecanismo para en que se instrumente instrumenta la afectación del Porcentaje de Participaciones será la fuente de pago es el Fideicomiso, en Fideicomiso Maestro. En virtud de lo anterior, el Acreditante, previo cumplimiento de los requisitos previstos Estado deberá inscribir el Crédito en el Fideicomiso, tendrá Registro del Fideicomiso de conformidad con el carácter procedimiento de Fideicomisario en Primer Lugar respecto del Porcentaje de Participaciones, con base inscripción que en el cual el Fiduciario calculará, de tiempo en tiempo, el Porcentaje Asignado al Contrato para el pago del Crédito, el cual deberá ser equivalente en todo momento al Porcentaje de Participacionesmismo se establece. Para el caso que el Porcentaje de Participaciones señalado en el primer párrafo de la presente CláusulaParticipaciones, por cualquier situación no llegare a ser suficiente para el pago del presente Crédito, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso al mismo, el Estado responderá con todos sus bienes del por el cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Acreditante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fiduciario del FideicomisoFideicomiso Maestro, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que en el mismo se establece. El Estado se obliga a mantener vigente el Fideicomiso y la afectación del Porcentaje de Participaciones, hasta que haya cubierto al Acreditante la totalidad de las obligaciones contraídas en atención al con la formalización del presente Contrato. En el caso que las Participaciones, por cualquier causa, sean sustituidas o modificadas por otros fondos provenientes de la Federación, que se originen por la coordinación entre la Federación y el Estado, el Estado deberá de afectar y ceder al patrimonio del Fideicomiso, el porcentaje que sea equivalente al monto del Porcentaje de Participaciones en la fecha de suscripción del presente Contrato, según lo acuerden el Acreditante y el Estado. La afectación de dichos fondos deberá formalizarse dentro de un plazo de 90 (noventa) siguientes a que la mencionada sustitución o modificación surta efectos por parte de la Federación, para lo cual, el Estado deberá obtener previamente las autorizaciones necesarias y presentar a la Autoridad Gubernamental competente la notificación de la afectación correspondiente, instruyéndola irrevocablemente para que los nuevos fondos sean afectados al Fideicomiso, para que sirvan como fuente de pago del presente Crédito.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple