FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA Cláusulas de Ejemplo

FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA. Finalizada la vigencia del contrato, si el Adjudicatario no dejase libre el inmueble con entrega de las llaves a ADIF, éste podrá imponer al Adjudicatario el pago de una indemnización en concepto de daños, por ocupación indebida del inmueble, hasta un importe igual a una anualidad de la renta. Esta indemnización se hará efectiva a ADIF con independencia de la ejecución de los avales bancarios depositados por el Adjudicatario a la firma del Contrato.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA. La finalización de la vigencia de la tarjeta ASSIST CARD implicará automáticamente el cese de todos los servicios detallados en estas Condiciones Generales, incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso al momento del fin de la vigencia, salvo el supuesto de internación hospitalaria detallado en la Cláusula C.4.1.7. Los servicios de ASSIST CARD dejarán de tener validez a partir del instante que el Titular interrumpa en forma imprevista su viaje, cualquiera sea la razón, y regrese a su lugar de residencia habitual o al país de emisión de la tarjeta. En tal caso el Titular no tendrá derecho a reclamar pago alguno por el período de tiempo no utilizado de su tarjeta ASSIST CARD. ASSIST CARD se reserva el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Titular presta expresa conformidad con la modalidad indicada y la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA. La finalización de la vigencia del voucher MAPFRE ASISTENCIA implicará automáticamente el cese de todos los servicios detallados en estas Condiciones Generales, incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso al momento del fin de la vigencia, SALVO EL SUPUESTO DE INTERNACIÓN HOSPITALARIA en el país donde ha recibido la asistencia médica, caso en el cual se continuarán prestando los servicios por 7 (siete) días complementarios a contar desde el momento de finalización de la vigencia del producto contratado. Los servicios de su Operador de Asistencia dejarán de tener validez a partir del instante que el Titular interrumpa en forma imprevista su viaje, cualquiera sea la razón, y regrese a su lugar de residencia habitual o al país de emisión del voucher. En tal caso el Titular no tendrá derecho a reclamar reembolso alguno por el período de tiempo no utilizado de su voucher MAPFRE ASISTENCIA. La pérdida de un pasaje de retorno a territorio nacional por una condición médica que no haya implicado hospitalización y con vigencia finalizada exime de responsabilidad de cobertura económica de los costos involucrados para un retorno posterior. En caso de convalecencia ambulatoria e incapacidad médica justificada por el médico tratante y validada por Departamento Médico de su operador de asistencia, de emprender retorno perdiendo pasajes, se procederá a cubrir ítem de multa por cambio de pasajes (o el equivalente) y no la totalidad del costo del mismo ANTES DE VIAJAR, VERIFIQUE EN SU VOUCHER LOS PERÍODOS DE VIGENCIA Y VALIDEZ DEL PRODUCTO MAPFRE ASISTENCIA ADQUIRIDO. Su Operador de Asistencia se reserva el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Titular presta expresa conformidad con la modalidad indicada y la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA. La finalización de la vigencia de la tarjeta ASSIST CARD implicará automáticamente el cese de todos los servicios detallados en estas Condiciones Generales, incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso al momento del fin de la vigencia, salvo el supuesto de internación hospitalaria detallado en la Cláusula C.4.1.7. Los servicios de ASSIST CARD dejarán de tener validez a partir del instante que el Titular interrumpa en forma imprevista su viaje, cualquiera sea la razón, y regrese a su lugar de residencia habitual o al país de emisión de la tarjeta. En tal caso el Titular no tendrá derecho a reclamar reembolso alguno por el período de tiempo no utilizado de su tarjeta ASSIST CARD. ANTES DE VIAJAR, VERIFIQUE EN LAS CONDICIONES PARTICULARES LOS PERÍODOS DE VIGENCIA Y VALIDEZ DEL PRODUCTO ASSIST CARD ADQUIRIDO POR UD.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA la finalización de la vigencia del Certificado de Asistencia conllevará automáticamente el cese de todos los servicios detallados en el contrato de servicios y en el Certificado de Asistencia De Asistencia, incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso, exceptuando los eventos con hospitalización en el cual se extenderá los servicios hasta cinco (5) días máximos de acuerdo al plan contratado. Los servicios de la Central de Asistencia dejaran de tener Validez a partir que El BENEFICIARIO, interrumpa de forma imprevista su viaje por cualquiera que sea la razón y regrese a su país de residencia habitual. Por tal EL BENEFICIARIO perderá el derecho de solicitar reintegro por el tiempo no utilizado.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA. La finalización de la vigencia de la tarjeta ASSIST CARD implicará automáticamente el cese de todos los servicios detallados en estas Condiciones Generales, incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso al momento del fin de la vigencia, salvo el supuesto de internación hospitalaria detallado en la Cláusula C.4.1.7. Los servicios de ASSIST CARD dejarán de tener validez a partir del instante que el Titular interrumpa en forma imprevista su viaje, cualquiera sea la razón, y regrese a su lugar de residencia habitual o al país de emisión de la tarjeta. En tal caso el Titular no tendrá derecho a reclamar reembolso alguno por el período de tiempo no utilizado de su tarjeta ASSIST CARD.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA. Finalizada la vigencia del contrato, si el Adjudicatario no dejase libre el inmueble con entrega de llaves a SFM, éste podrá imponer al Adjudicatario el pago de una indemnización en concepto de daños, por ocupación indebida del inmueble, hasta un importe igual a una anualidad de la renta. Esta indemnización se hará efectiva a SFM con independencia de la ejecución de la fianza.

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  • DE LA VIGENCIA El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 21 veintiuno del mes xx xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, concluyendo al día 06 seis xx xxxx del año 2016 dos mil dieciséis, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.

  • FORMALIZACION DEL CONTRATO Dentro del término estipulado en el Artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, posterior a la fecha en que se le(s) comunicó el fallo a su favor, o bien, en la fecha que se indique en el Acta de Fallo respectiva, la(s) persona(s) física(s) o la(s) persona(s) moral(es) por conducto del representante legal con facultades suficientes del(los) licitantes(es) ganador(es), deberá(n) presentarse a la firma del pedido, a las instalaciones de la Corporación Mexicana de Investigación en Materiales, S.A. de C.V., sita en Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx Xx. 000 Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx 400, C.P. 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx acompañado de los siguientes documentos: Si el licitante ganador no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, COMIMSA, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al licitante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia de precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del 10% (diez por ciento), de conformidad con lo asentado en el fallo correspondiente, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación. Si el licitante ganador injustificadamente y por causas imputables al mismo, no formalizara el contrato adjudicado, COMIMSA dará aviso a la secretaría de la función pública, para que dicho licitante sea sancionado en términos de los artículos 59 y 60 de la ley. En los términos del penúltimo párrafo del artículo 45 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, formaran parte integrante del contrato la convocatoria que contiene las bases de licitación, cuyos términos y condiciones se darán por reproducidos en el contrato o pedido que resulte de la adjudicación de este procedimiento, Para efectos de lo anterior, la convocatoria a la licitación, el contrato y/o pedido y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria a la licitación y sus juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en la convocatoria de licitación y sus juntas de aclaraciones.

  • FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN El proponente adjudicado deberá presentar, para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xxx XXXX. Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado xxx XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) días hábiles para la entrega de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar. Para contrataciones mayores a Bs200.00.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del vencimiento del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación. En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos. Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación mediante Contrato u Orden de Servicios, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS. Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. En los casos señalados precedentemente, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación. En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado.

  • PLAZO DE VIGENCIA El presente

  • PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN Los licitadores deberán presentar su proposición en la Sección de Contratación, [Plaza Mayor, nº 1 19180 –MARCHAMALO (Guadalajara)], de lunes a viernes, en horario de 9,00 a 14,00 horas, dentro de los 15 días naturales siguientes al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia (si el plazo de presentación de ofertas finalizase en sábado, se trasladará al primer día hábil). Las proposiciones podrán presentarse además en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Formalidades.- Las proposiciones, constarán de dos sobres cerrados denominados A y B en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador, CIF, dirección, fax y teléfono. Tanto los documentos como las propuestas deberán estar redactados en castellano o traducidos, presentándose en original o copia compulsada. SOBRE A, denominado DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, expresará la inscripción: “Documentos generales para el procedimiento abierto de “SERVICIO DE PROGRAMAS DE SALUD PUBLICA“ y contendrá la siguiente documentación:

  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación definitiva, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días naturales, deberá aportar los siguientes documentos:

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • VIGENCIA El contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las cláusulas contenidas en el presente Contrato.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • APLICACIÓN PRESUPUESTARIA El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre.