DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN Cláusulas de Ejemplo

DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. 1. Cuando proceda la indemnización, mencionada en el apartado 3 del artículo anterior, ésta se fijará atendiendo en lo posible a los criterios de los apartados 2 y 3 del artículo 141 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. La suma asegurada para cada garantía representa el límite máximo de la indemnización a pagar por el asegurador en cada siniestro. LIBERTYMASCOTAS El seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado. Para la determinación del daño, se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. Si en el momento de la producción del siniestro, la suma asegurada para cada una de las coberturas reflejadas en la póliza, es inferior al valor del interés asegurado, el ase- gurador indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquélla cubra el interés garantizado, salvo que en la póliza se establezca otra cosa. Si en el momento de la producción del siniestro, la suma asegurada para cada una de las coberturas reflejadas en la póliza, supera notablemente el valor del interés asegura- do, cualquiera de las partes del contrato podrá exigir la reducción de la suma asegura- da, debiendo restituir el asegurador el exceso de la prima percibida. Si se produjera el siniestro, el asegurador indemnizará el daño efectivamente causado. Cuando el sobreseguro se deba a la mala fe del asegurado, el contrato será ineficaz. El asegurador de buena fe podrá retener las primas vencidas y las del período en curso.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. La suma asegurada para cada garantía representa el límite máximo de la in- demnización a pagar por el asegurador en cada siniestro. – El seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado. Para la determinación del daño, se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. – Si en el momento de la producción del siniestro, la suma asegurada para cada una de las coberturas reflejadas en la póliza, es inferior al valor del interés asegurado, el asegurador indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquella cubra el interés asegurado. Cuando el asegurado haya aceptado la suma asegurada propuesta xx xxxxx- nente o este haya contratado una suma asegurada superior a la suma propues- ta, el asegurador renuncia a la aplicación de la regla proporcional en caso de si- niestro que afecte a continente. Si las sumas indicadas por el asegurado, están por debajo de la suma propues- ta correspondiente y la diferencia entre el valor de nuevo y la suma asegurada es inferior al 15%, el asegurador renuncia igualmente a la aplicación de la re- gla proporcional en caso de siniestro. Para la renuncia a la aplicación de la regla proporcional es necesario que la pó- xxxx esté aplicando la revalorización automática de las sumas aseguradas. – Se conviene expresamente que si en el momento del siniestro existiere un ex- ceso de suma asegurada en continente o contenido, tal exceso se aplicará a la partida que pudiera resultar insuficientemente asegurada, siempre que la pri- ma total resultante de aplicar las respectivas tasas al nuevo reparto de sumas aseguradas no exceda de la satisfecha por el tomador del seguro en la anuali- dad en curso. Establecidas así las respectivas sumas aseguradas, se procederá a la normal li- quidación del siniestro con arreglo a lo dispuesto en las condiciones generales de la póliza. – Si en el momento de la producción del siniestro, la suma asegurada para cada una de las coberturas reflejadas en la póliza, supera notablemente el valor del interés asegurado, cualquiera de las partes del contrato podrá exigir la reduc- ción de la suma asegurada y la prima, debiendo restituir el asegurador el exce- so de la prima percibida. Si se produjera el siniestro, el asegurador indemniza- rá el daño efectivamente causado. Cuando el sobreseguro se deba a la mala fe del asegurado, el contrato será ineficaz. El asegurador de buena fe podrá retener las primas vencidas y las del ...
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. 1. Partidas y sumas aseguradas
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. 1. La suma asegurada representa el límite máximo de la indemnización a pagar por el Asegurador en cada siniestro.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. 1. Partidas y sumas aseguradas: se tomará n en consideración los valores bá sicos de cada partida asegurada y las sumas aseguradas para cada riesgo, sin compensación entre ellas.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. La suma asegurada para cada garantía representa el límite máximo de la indemnización a pagar por el asegurador en cada siniestro. El seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado. Para la de- terminación del daño, se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inme- diatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. Si en el momento de la producción del siniestro, la suma asegurada para cada una de las coberturas reflejadas en la póliza, es inferior al valor del interés asegurado, el asegu- rador indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquella cubra el interés cubierto, salvo que en la póliza se establezca otra cosa.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. 26.1 Una vez producida la insolvencia del deudor de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20° de estas Condiciones Generales, se procederá a determinar el monto de la indemnización a pagar.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. Las partes, de común acuerdo, podrán fijar en la Póliza o con posterioridad a la celebración del contrato, el valor del interés asegurado que habrá de tenerse en cuenta para el cálculo de la indemnización. El seguro no puede ser objeto de enriquecimiento ilícito para el Asegurado. Para la determinación del daño se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del Siniestro.
DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. 23.1 Una vez presentado el Aviso de Insolvencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18° de estas Condiciones Generales, se procederá a determinar el monto de la indemnización a pagar. Para ello, se efectuará el correspondiente proceso de liquidación de siniestro, el que podrá ser realizado directamente por el Asegurador o por un Liquidador Oficial de Siniestros.