Límite Máximo Cláusulas de Ejemplo

Límite Máximo. El límite máximo aprobado de LA TARJETA PERSONAL es el que consta en el comprobante de entrega de la tarjeta firmado por EL CLIENTE. Dicho límite será el monto máximo de disposición al que tendrá derecho EL CLIENTE y LOS TARJETAHABIENTES, en forma parcial o total. No obstante, a lo anterior, las partes convienen en que EL BANCO podrá autorizar a EL CLIENTE y LOS TARJETAHABIENTES para excederse hasta un cinco por ciento (5%) del monto aprobado, sobre el cual EL BANCO cobrará una comisión de sobregiro en el supuesto de que el mismo no sea cancelado antes xxx xxxxx del estado de cuenta.
Límite Máximo. Los candidatos podrán figurar en todo caso, como máximo en dos bolsas de empleo de Correos. Las bolsas en las que puede estar inscrito pueden ser de la misma provincia o provincia limítrofe. No se admitirán las solicitudes de las personas que incumplan este requisito.
Límite Máximo. La cobertura de Asistencia Funeraria se prestará con un máximo de dos eventos de los cuales uno es exclusivo para el caso del fallecimiento del Asegurado y el segundo para el familiar en línea directa que éste designe en cualquier momento.
Límite Máximo. Se establece en la Tabla de Beneficios de su Plan como la cantidad máxima acumulada que el asegurado podrá tener como protección a lo largo de las vigencias en que haya tenido cobertura para determinado accidente, tratamiento, enfermedad o padecimiento, de acuerdo a las condiciones y términos señalados en las condiciones generales de la póliza.
Límite Máximo. La responsabilidad del Asegurador por Daños y Gastos de Reclamación combinados por cada Reclamación y en el agregado para todas las Reclamaciones no excederá el monto establecido en la carátula.
Límite Máximo. Se establece en la Tabla de Coberturas de la póliza como la cantidad máxima acumulada por cada año póliza que el asegurado podrá tener como protección a lo largo de las vigencias en que haya tenido cobertura.
Límite Máximo. La cantidad que por este concepto pague la Compañía será igual al 30% de la suma asegurada por Fallecimiento considerando como tope máximo un anticipo de 1,500 veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente a la fecha del siniestro.
Límite Máximo. La cantidad que por este concepto pague GNP será igual al 30% de la Protección Contratada por Fallecimiento considerando como tope máximo un anticipo de 60 SMMGV. El importe que se muestra en la carátula de la Póliza considera para el cálculo el salario mínimo vigente. La cantidad que GNP pague como indemnización por este beneficio, contemplará para su cálculo el salario mínimo vigente al momento de la liquidación. Un enfermo en fase terminal, es aquel que en sus posibilidades de recuperación de acuerdo con su enfermedad, se reducen al mínimo; dando como resultado una esperanza de vida menor o igual a 12 meses. La afectación de una gran parte del tejido del miocardio, como consecuencia de un aporte sanguíneo deficiente a la zona respectiva. Se basará el diagnóstico en: Se procederá al pago de esta cobertura cuando: Hemorragia u obstrucción cerebro-vascular, que incluye la muerte de tejido cerebral, con secuelas neurológicas de una duración mayor de 24 horas, que deje una deficiencia neurológica comprobada de una duración mayor a tres meses. Se procederá al pago de esta cobertura cuando: No existan pruebas evidentes de recuperación del problema neurológico. Cuando el pronóstico médico sea irreversible. Por enfermedad coronaria obstructiva para la aplicación de 3 o más puentes a arterias coronarias obstruidas. La necesidad de tal intervención quirúrgica debe de haber sido apoyada por estudios de angiografía, cateterismos coronarios, etc. Que persistan las manifestaciones cardiacas de tipo oclusivo o manifestaciones de escaso éxito quirúrgico o de rechazo al tejido empleado. Se procederá al pago de esta cobertura cuando: El paciente no pueda reincorporarse a sus labores habituales, no importando el periodo de recuperación que transcurra. Enfermedad provocada por un tumor maligno, con crecimiento y multiplicación incontrolados de células malignas e invasión de los tejidos vecinos o a distancia. Incluye la leucemia y enfermedades malignas del sistema linfático, así como los melanomas malignos. Cuando haya una falla por insuficiencia renal, en estado terminal debido a insuficiencia renal crónica, irreversible de ambos riñones, evidencia por requerir diálisis renal permanente o trasplante renal.
Límite Máximo. La cantidad que por este concepto pague GNP será igual al 30% de la Protección Contratada por Fallecimiento considerando como tope máximo un anticipo de 265 SMMGV. El importe que se muestra en la carátula de la Póliza considera para el cálculo el salario mínimo vigente. La cantidad que GNP pague como indemnización por este beneficio, contemplará para su cálculo el salario mínimo vigente al momento de la liquidación.
Límite Máximo. Constituye el monto máximo asegurado durante el período de vigencia de la póliza, de tal manera que de darse varios eventos independientes, en el transcurso de la vigencia del seguro, SEGUROS LAFISE será responsable en conjunto hasta por el monto indicado