DESEMBOLSO XXX XXXXXXXX Cláusulas de Ejemplo

DESEMBOLSO XXX XXXXXXXX. Destino de los Fondos: El Monto xxx Xxxxxxxx será desembolsado neto de los impuestos que pudieren resultar de aplicación sobre el mismo (incluyendo sin limitación el impuesto de sellos correspondiente), mediante una de las siguientes modalidades (marcar con una xxxx la opción que corresponda): 0 En Efectivo. La suscripción de la presente por parte del Cliente constituirá suficiente y eficaz recibo del Monto xxx Xxxxxxxx por parte del mismo. 0 Transferencia a cuenta del Cliente (C.B.U.:[ ]). La efectivización de la transferencia interbancaria por parte Cordial constituirá suficiente y eficaz recibo del Monto xxx Xxxxxxxx por parte del Solicitante. El monto xxx Xxxxxxxx será destinado por el Solicitante a
DESEMBOLSO XXX XXXXXXXX. EL BANCO realizará el desembolso xxx xxxxxxxx a favor de EL DEUDOR previa solicitud por escrito del mismo, siempre que haya disponibilidad de fondos, mediante crédito a su cuenta bancaria en EL BANCO.
DESEMBOLSO XXX XXXXXXXX. Una vez legalizado el crédito, los beneficiarios deberán aportar los siguientes documentos para el correspondiente desembolso:
DESEMBOLSO XXX XXXXXXXX. El desembolso xxx xxxxxxxx estará sujeto a certificaciones de obra validadas por una entidad tasadora homologada por el Banco de España y se realizará entre el día 10 y 25 de cada mes. Se establecen las siguientes condiciones precedentes a la primera disposición xxx xxxxxxxx: – Entrega de la primera copia de la escritura inscrita en el Registro de la Propiedad en el plazo de tres meses desde la formalización xxx xxxxxxxx y una copia simple de la misma. – Certificación del Registro de la Propiedad que acredite que la hipoteca consta inscrita con rango de primera y con la extensión en ella pactada y que no existen cargas ni limitaciones inscritas o anotadas –ni documentos presentados a los mismos efectos– que resulten preferentes a dicha hipoteca o puedan disminuir su efectividad. – Presentación de la póliza que acredite la suscripción del seguro de construcción a favor del ICO o ICF por el importe reflejado en el informe de tasación. – Constitución de la cooperativa o fundación e identificación del 100 % de los cooperativistas. – Contrato de gestión con una entidad independiente y externa para el periodo de construcción en caso de que el titular sea una cooperativa o fundación de reciente creación.
DESEMBOLSO XXX XXXXXXXX. Una vez realizado el desembolso xxx xxxxxxxx, LA CAJA emitirá un cheque de gerencia o realizará una transferencia bancaria, a la orden del vendedor de EL BIEN a efecto de cancelar el precio de la venta; por lo que con la emisión y entrega al vendedor, del cheque de gerencia o transferencia bancaria, se tendrán por cumplidas las obligaciones de LA CAJA. LA CAJA no asume responsabilidad alguna por la calidad, idoneidad, entrega o cualquier incumplimiento contractual relacionado a EL BIEN, por lo que, los reclamos que realicen LOS PRESTATARIOS ante la empresa constructora y/o vendedora y/o promotora de EL BIEN, no afectará de modo alguno las obligaciones que hayan asumido mediante el presente contrato.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.