DERECHO DEL TANTO Cláusulas de Ejemplo

DERECHO DEL TANTO. “EL ARRENDATARIO” renuncia expresamente al derecho de preferencia o derecho del tanto, es decir, para la compra del inmueble.
DERECHO DEL TANTO. En caso de que la Donataria quisiera donar o ceder de cualquier forma o bajo cualquier título a la Mascota, la Donante tendrá derecho de tanto o preferencia. Para efectos de lo anterior, la Donataria notificará a la Donante su intención xx xxxxx o ceder la Mascota así como de la causa o razón por la cual ha tomado esa decisión y, a partir de la notificación, la Donante tendrá un plazo de 15 (quince) días naturales para ejercer su derecho de tanto mediante notificación a la Donataria.
DERECHO DEL TANTO. La Vendedora manifiesta que es 100% titular de los derechos derivados de las concesiones mineras título no. 220149 (lote minero “El Camuchin”) y 220148 (lote minero “La Paloma”) adjuntas geográficamente a las Concesiones Mineras objeto del presente Contrato. La Vendedora otorga en el presente acto a la Compradora, y la Compradora adquiere de la Vendedora, el derecho preferencial del tanto para adquirir, en primer término, el 100% de la titularidad, o una porción de la misma, de las concesiones mineras descritas en la presente cláusula. En caso de una oferta de compra hecha por un tercero a la Vendedora para la adquisición de algún porcentaje de titularidad sobre dichas concesiones, la Vendedora notificará a la Compradora el precio ofrecido y le otorgará un plazo de treinta días para que ésta ejerza el derecho del tanto otorgado mediante la presente cláusula. En caso de que la Compradora desee ejercer su derecho, lo notificará de inmediato a la Vendedora y ambas partes formalizarán de inmediato la transmisión de derechos en los términos descritos en la notificación; en caso de que la Compradora no desee ejercer dicho derecho, lo notificará asimismo a la Vendedora y ésta podrá vender libremente sus derechos, pero solamente en los términos descritos en la notificación correspondiente. NOTIFICACIONES.- Todos los avisos o notificaciones que deban darse entre las partes como resultado de la aplicación del presente contrato deberán darse por escrito y deberán ser dirigidos a las partes al domicilio que corresponda a su último domicilio manifestado para efectos de este contrato, el cual hasta que no exista comunicación por escrito en contrario deberá entenderse que es el siguiente: A la Vendedora: A la Compradora: Minera Rio Tinto, SA de CV Sunburst Mining de México, SA de CV Av. Xxxxxxx Xxxxxx No.2117La Cima Xx. Xxx Xxx Xx. 0000-0 Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx Mazatlán, Sinaloa, México. C. P.82149 Tel. (6699) 90 05 48 Tel / Fax: 000-000-0000 Fax.(6699) 86 98 59 Las partes podrán cambiar sus domicilios mediante notificación con diez días de anticipación a la otra parte. Todas las notificaciones deberán ser hechas: (i) personalmente, o (ii) mediante medios electrónicos, con confirmación subsiguiente por correo certificado o registrado solicitando la confirmación de recepción correspondiente, o (iii) mediante correo certificado o registrado solicitando la confirmación de recepción correspondiente o mediante servicio de paquetería comercial. Toda notifica...
DERECHO DEL TANTO. El ARRENDATARIO tendrá el Derecho del Tanto para el arrendamiento de las construcciones ubicadas en los inmuebles señalados en el Anexo “C2” del presente Contrato de Arrendamiento, precisando que dicho derecho del tanto se tendrá en segundo grado respecto de las construcciones que se puedan llevar a cabo en el inmueble identificado con el número “2”, debido a que se otorgó un derecho al tanto en primer grado a una tercera parte con anterioridad a la firma del presente contrato. Respecto al inmueble marcado con el número “1”, el derecho al tanto será en primer grado. B. Right of First Refusal, XXXXXX will have the right of first refusal to lease the constructions found in the lots detailed in Exhibit “C2” of this contract, stating that such right of first refusal will be granted in a second order regarding the constructions that can be made in the lot identified with the number “2”, due to the fact that a right of first refusal was granted to a third party before the signature of this agreement. With respect to the lot identified with the number “1”, the right of first refusal will be in first order. En virtud de lo anterior las Partes acuerdan expresamente que durante el término inicial o sus prórrogas, en caso de que el ARRENDADOR reciba una oferta de algún tercero para rentar construcciones en los inmuebles referidos, el ARRENDADOR notificará inmediatamente por escrito al ARRENDATARIO, quien gozará de un periodo de 30 (treinta) dias naturales a efecto de ejercer su derecho del tanto para arrendar dicha construcción en las mismas condiciones generales establecidos en este Contrato, excepto del término de arrendamiento y la renta base que será negociada en dicho momento por las partes. Transcurrido dicho término sin que el ARRENDATARIO notifique por escrito su intención de ejercer su derecho del tanto, el ARRENDADOR estará facultado para disponer del inmueble respectivo de forma permanente y sin necesidad de volver a notificar al ARRENDATARIO. As consequence the parties expressly agree that during the Initial Term or during its extensions, in case LESSOR receives an offer from a third party to rent on of such constructions, XXXXXX shall immediately notify LESSEE in writing, who will enjoy of a period of 30 (Thirty) calendar days in order to exercise its right of first refusal to lease such construction under the same general conditions established in this contract except of the lease term and the base rent, that shall be negotiated in such moment by the pa...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

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