Daños Patrimoniales Cláusulas de Ejemplo

Daños Patrimoniales. El Seguro cubre la responsabilidad civil legal por daños patrimoniales en el sentido establecido por el § 1, punto 3, de las AHB y abarca los siniestros producidos durante el periodo de vigencia del seguro. Quedan excluidas las reclamaciones por: - daños que se originen por objetos fabricados o suministrados por el Asegurado (o por terceros por orden o cuenta del Asegurado) o bien por trabajos realizados por el Asegurado. - daños causados por inmisiones continuas (por ejemplo, ruidos, olores, vibraciones). - una actividad de planificación, asesoramiento, dirección de obra o montaje, revisiones o dictámenes - actividades en relación con negocios monetarios, crediticios, de seguros, inmobiliarios, de leasing u otras actividades económicas similares; por operaciones de pago de cualquier índole, por administración de la caja, así como por abuso de confianza y apropiación indebida. - incumplimiento de los derechos de la propiedad industrial y los derechos de autor. - incumplimiento de plazos, fechas y presupuestos. - consejos, recomendaciones o indicaciones a empresas vinculadas económicamente. - medidas de racionalización y automatización, facilitación de información, traducción, intermediación y organización de viajes. - incumplimiento consciente de disposiciones legales o mandatos de las autoridades, de las advertencias y condiciones del empleador o cualquier otra infracción consciente de una obligación. - extravío de objetos y también, por ejemplo, pérdida de dinero, títulos valores y objetos de valor. La suma asegurada asciende a: 200.000 EUR. La cobertura completa para todos los siniestros asciende al doble de dicho importe por año asegurado. Por los daños materiales derivados de un acto de cortesía, es decir, aquella acción realizada por amabilidad, sin la intención de vincularse jurídicamente, es aplicable lo siguiente: El Asegurador no podrá invocar una exclusión tácita de la responsabilidad en caso de actos de cortesía del Asegurado o de la persona coasegurada, si así lo solicita el Asegurado y no hay otro Asegurador (por ejemplo, un asegurador por daños propios) obligado al pago de la prestación. Se calculará una compensación del perjudicado. Para consultar la suma asegurada, véase la póliza del Seguro.
Daños Patrimoniales. 1.5. Tercero 1.6. Póliza
Daños Patrimoniales. Puros, exigibles al Asegurado por no reunir el proyecto, trabajo o servicio, las características o calidades especificadas en el contrato de obra, tales como: falta de calidades, de rendimiento, retrasos en la entrega, siempre que dicho incumplimiento no se derive de un error u omisión del Asegurado.
Daños Patrimoniales. La pérdida económica sufrida por TERCEROS y que no sean derivados de un daño personal, material o consecuencial.

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  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES El PROVEEDOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas al PROVEEDOR una vez realizada la recepción definitiva de los BIENES.

  • Diferencias, Errores y Omisiones 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 17.1 El Licitante deberá presentar como parte de su oferta, una Garantía de Mantenimiento de Oferta. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de Oferta será por la suma estipulada en la HDL y denominada en la moneda del país del Contratante, y deberá: (a) A elección del licitante, podrá efectuarse en efectivo, títulos provinciales a sus valores nominales, fianza bancaria emitida por una institución bancaria, o fianza por póliza de seguro emitida por una aseguradora o afianzadora aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. El depósito de garantía se efectuará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden de la entidad indicada en el Llamado a Licitación hasta el día de apertura de la propuesta (b) Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una sucursal financiera en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía; (c) Ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAL; (d) Ser presentada en original; no se aceptarán copias; (e) Permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAL; 17.3 Todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de Oferta que responda a lo requerido en la presente cláusula, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Licitantes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente una vez el Licitante adjudicatario presente su Garantía de Cumplimiento. 17.5 La Garantía de Mantenimiento de Oferta se podrá ejecutar si: (a) Un Licitante retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Licitante mismo en el Formulario de Presentación de la Oferta, o durante el período prorrogado conforme lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAL, cuando haya sido aceptado; (b) El Licitante adjudicatario no acepta las correcciones al Precio de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAL; (c) Si el Licitante adjudicatario no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) La firma el Contrato; o (ii) No presenta la Garantía de Cumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá estar en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá estar en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención.

  • ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS ✘ NO SÍ Elementos y condiciones sobre los que se aceptan:

  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA AUTOMOVILÍSTICA, MÉDICA Y ADMINISTRATIVA REQUERIDOS POR EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO Y QUE A CONSECUENCIA DE DICHO USO REQUIERA LOS SERVICIOS MENCIONADOS, LOS CUALES INCLUYEN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, LOS SIGUIENTES; REMOLQUE O TRANSPORTE DEL VEHÍCULO CON UNA SUMA MÍNIMA DE 35 DSMGVDF. ESTE SERVICIO SE OTORGA EN MÉXICO Y EN LA FRANJA FRONTERIZA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. AUXILIO VIAL BÁSICO, TAL COMO CAMBIO O INFLADO DE LLANTAS, PASO DE CORRIENTE Y ENVÍO DE GASOLINA, ESTO ÚLTIMO CON CARGO AL CLIENTE.

  • Admisibilidad de variantes Procede: NO

  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por:

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida. El plazo de vigencia de la oferta, requerido en este numeral, será verificado a través del Formulario de Presentación de Ofertas SNCC.F.034. Las ofertas que no cumplan por lo menos con el plazo aquí establecido serán eliminadas sin más trámite.