Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato Cláusulas de Ejemplo

Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato. En términos de lo establecido en el artículo 36 de la “LAASSP”, la “Convocante” efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa detallada de las proposiciones, para lo cual revisara y analizará la documentación legal, técnica, administrativa, financiera y económica presentada por cada uno de los “Licitantes” con la finalidad de verificar que cumplan en su totalidad con lo solicitado en la presente “Convocatoria”. Para determinar la solvencia de la proposición, se establece el criterio de evaluación BINARIO, mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos por la “Convocante” y oferte el precio más bajo, por lo que no se utilizarán los criterios de puntos y porcentajes o de costo beneficio. En este supuesto, la “Convocante” evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la “Licitación”, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en s contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los “Licitantes” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Los criterios por parte de la “Convocante”, que se aplicarán y en los cuales se fundamentará la evaluación de las proposiciones que presenten los “Licitantes”, serán los siguientes:
Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato. Una vez recibida la documentación, en términos de lo establecido en el artículo 42 de “LA LEY”, “EL SAT” efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las proposiciones, para lo cual revisará y analizará la documentación legal, técnica y económica, presentada por cada uno de los licitantes que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria. Para determinar la solvencia de las proposiciones, se establece la utilización del criterio de evaluación binario (cumple o no cumple), con todos los requisitos solicitados en esta convocatoria Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. La Convocante se reserva el derecho de realizar las acciones necesarias para comprobar la veracidad de la información y documentación proporcionada por los licitantes en este proceso de contratación. Los licitantes deberán presentar propuesta para el abastecimiento de todos los artículos de las partidas por las que participe. Las propuestas técnicas que se presenten deberán incluir la totalidad de los bienes descritos en las partidas del anexo técnico, la omisión de cualquiera de los bienes en la propuesta técnica del licitante, dará lugar a que la propuesta se declare insolvente. La omisión parcial o total de cualquiera de los requisitos de cumplimiento obligatorio establecidos en esta convocatoria será motivo de desechamiento de la proposición. En ningún caso la Convocante o los Licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de la propuesta presentada. En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento de la entrega de los bienes presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas. El área técnica, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la prop...
Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato. Una vez recibida la documentación en términos de lo establecido en el artículo 36 de “LA LEY”, “EL SAT” efectuará revisión cuantitativa y la evaluación cualitativa de las proposiciones, para lo cual revisará y analizará la documentación legal, administrativa, técnica y económica, presentada por cada uno de los licitantes que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria. Para determinar la solvencia de las proposiciones, se establece como criterio de evaluación la presentación y acreditación del cumplimiento de todos los requisitos solicitados en esta convocatoria, para posteriormente realizar la evaluación a través del mecanismo de puntos y porcentajes, calificar la propuesta técnica y económica de cada licitante y determinar la adjudicación del contrato. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato. 34 8.1.- Criterios de Evaluación de la Propuesta Técnica. 35 8.2.- Criterios de Evaluación de la Propuesta Económica. 35 8.3.- Adjudicación del Contrato 36 9.- CAUSAS EXPRESAS DE DESECHAMIENTO 37
Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato. 30 9.3.- CAUSAS EXPRESAS DE DESECHAMIENTO 42 9.5.- PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES 48 10- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 43
Criterios específicos para evaluar las proposiciones y adjudicar el contrato. Una vez recibida la proposición, en términos de lo establecido en el artículo 36 de “LA LEY”, “EL SAT” efectuará su revisión cuantitativa y la evaluación cualitativa detallada, para lo cual revisará y analizará la documentación legal-administrativa, técnica y económica presentada por cada uno de los licitantes a fin de determinar si cumple con lo solicitado en la presente convocatoria. La Subadministración de Recursos y Servicios de Reynosa, realizará la evaluación de los requisitos legales-administrativos obligatorios, verificando que cumplan con lo solicitado en la presente convocatoria, o en su caso, señalará los incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación, en el entendido de que las inconsistencias o discrepancias en los datos contenidos en el documento, así como la omisión parcial o total de cualquiera de los requisitos de carácter legal-administrativo y obligatorio de participación, será motivo de desechamiento de la proposición. En el caso de que una proposición no cumpla con los requisitos legales-administrativos obligatorios de participación, será desechada y no será sujeta de evaluación técnica. Así mismo la SUBADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Y SERVICIOS DE REYNOSA analizará la documentación solicitada en el numeral 7.1.2. Requisitos legales-administrativos que no afectan la participación, sin embargo, el error, así como la omisión parcial o total no será causa de desechamiento. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en el numeral 7.1.1. Requisitos legales-administrativos obligatorios que afectan la participación y

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.