DEL ANEXO TÉCNICO Cláusulas de Ejemplo

DEL ANEXO TÉCNICO. SE SEÑALAN EN EL PUNTO III DEL ANEXO TÉCNICO. SE ANEXA EL FORMATO C, CON EL CUAL SE HARÁ CONSTAR LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE EL LICITANTE ENTREGUE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
DEL ANEXO TÉCNICO. PUNTO CONCEPTO FORMA DE ACREDITAR PRESENTA NO PRESENTA
DEL ANEXO TÉCNICO. ESTOS REQUISITOS SE ENCUENTRAN SEÑALADOS EN EL PUNTO II.2 DEL ANEXO TÉCNICO. SE ANEXA EL FORMATO C, CON EL CUAL SE HARÁ CONSTAR LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE EL LICITANTE ENTREGUE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
DEL ANEXO TÉCNICO. NOTA: LA DOCUMENTACIÓN CONTENIDA EN ESTE NUMERAL, CORRESPONDE A LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ANEXO TÉCNICO. Experiencia y especialidad Capacidad Propuesta trabajo
DEL ANEXO TÉCNICO. 9.1 Experiencia del licitante que se acredita con un mínimo de tres años de experiencia de actividad realizando levantamientos in situ y procesando información. Esta experiencia se acredita con cartas de los clientes a los cuales se les ha brindado este tipo de servicio, y donde se especifique lo siguiente: objeto del contrato o proyecto, vigencia del contrato o proyecto, duración del contrato o proyecto, fecha de firma del contrato o proyecto y satisfacción del servicio. Las cartas deberán de venir en papel membretado del cliente y con los siguientes datos del contacto: nombre del contacto, cargo en la organización, teléfono con lada y dirección de x-xxxx.Xx otorgara un máximo de 5 puntos a quien acredite un
DEL ANEXO TÉCNICO. REQUISITOS (DE PUNTOS O PORCENTAJES). (PUNTO III DEL ANEXO TÉCNICO) EL EJECUTIVO DE ENLACE DEBERÁ CONTAR CON UNA EXPERIENCIA DE AL MENOS PRESENTAR CURRÍCULO DEL EJECUTIVO DE ENLACE. TRES (3) AÑOS CONTANDO A PARTIR DE LA FECHA DEL CONTRATO EL AGENTE DE SOPORTE EN SITIO, PRESENTAR COPIA DEL COMPROBANTE DE ESTUDIOS REALIZADOS Y CURRÍCULO DEL AGENTE DE SOPORTE EN SITIO PROPUESTO. FECHA DEL CONTRATO
DEL ANEXO TÉCNICO. SE SEÑALAN EN EL PUNTO 5.1 DEL ANEXO TÉCNICO. LAS PROPOSICIONES DESECHADAS DURANTE LA LICITACIÓN PÚBLICA, PODRÁN SER DEVUELTAS A LOS LICITANTES QUE LO SOLICITEN, UNA VEZ TRANSCURRIDOS SESENTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE DÉ A CONOCER EL FALLO RESPECTIVO, SALVO QUE EXISTA ALGUNA INCONFORMIDAD EN TRÁMITE, EN CUYO CASO LAS PROPOSICIONES DEBERÁN CONSERVARSE HASTA LA TOTAL CONCLUSIÓN DE LA INCONFORMIDAD E INSTANCIAS SUBSECUENTES; AGOTADO DICHOS TÉRMINOS, EL CONSEJO PODRÁ PROCEDER A SU DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN.
DEL ANEXO TÉCNICO. REQUISITOS (DE PUNTOS O PORCENTAJES. 5.2.1.1.a. Conocimie ntos profesional es Contar dentro de la plantilla ofertada con el siguiente personal: Director de Cuenta: tener 3 o más años de experiencia como director de cuenta. Supervisor de cuenta: tener 4 o más años de experiencia como supervisor de cuenta. Director de cuenta: tener experiencia en cuentas de la industria turística con empresa o instituciones públicas de carácter nacional durante el periodo del 2012 a la fecha. Supervisor de cuenta: tener experiencia en cuentas de la industria turística con empresa o instituciones públicas de carácter nacional durante el periodo del 2012 a la fecha. Lo anterior deberá acreditarse con una constancia de servicios prestados de la agencia y con el curriculum vitae del personal propuesto. 5.2.1.1.b.Especialida d del personal “EL LICITANTE” deberá comprobar su especialidad en conocimiento de gestión de la comunicación y reputación, mediante la generación de materiales editoriales que sean desarrollados por su equipo directivo desde 2012, materiales que se difundan en libros, revistas, artículos, informes, y/o medios digitales. Acreditándolo con portadas del material editorial, que contenga como mínimo: nombre del autor y cargo directivo.

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  • Uniones temporales de empresarios Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatario. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO Conforme dispone el artículo 524 del Código de Comercio, el asegurado estará obligado a:

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados 19.1. Cuando para la adjudicación deba considerarse más de un criterio de valoración, podrá expresarse en los pliegos los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR El Arrendador se obliga a:

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Vacaciones anuales Ver artº 11 del texto del Convenio Laboral o Acuerdos de funcionarios en vigor.

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La existencia y funcionamiento en días laborables y horario de oficina, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado pueda solicitar la prestación del servicio garantizado, mediante llamada al número 000 000 000.

  • OBLIGACIONES DEL CLIENTE El Cliente se compromete a no utilizar el Servicio en contravención de la normativa vigente, en especial de la relativa a los derechos fundamentales, libertades públicas y propiedad indus- trial e intelectual. El Cliente será el único responsable frente a SEROSENSE TELECOM y a terceros de la infor- mación contenida en la página Web, de los daños que pueda originar a sus aplicaciones o datos, a los datos o equipos de SEROSENSE TELECOM, o a los de terceros. El Cliente será responsable frente a cualquier reclama- ción o acción legal, judicial o extrajudicial, iniciada por terceras personas tanto contra el propio Cliente como contra SEROSENSE TELECOM basadas en las aplicaciones o contenidos del Cliente alojados en el Servidor/es compartido/s, asumiendo éste cuantos gastos, costes y perjuicios sean irrogados a SEROSENSE TELECOM con motivo de tales reclamaciones o acciones legales. SEROSENSE TELECOM se reserva el derecho a interrumpir el Servicio contratado por el Cliente, notificándoselo por escrito, en caso de divulgar, transmitir o alojar en el/los Servidor/es compartidos cualquier tipo de información que SEROSENSE TELECOM considere ilegal, abusiva, difamatoria, ofensiva, o pornográfica, en caso de desarrollar a través del Servidor/es, o en relación con el/los mismo/s, cualquier práctica o comportamiento contrario a las normas comúnmente aceptadas como respetuosas, así como en el caso de que el Cliente, a través del Servidor/es compartido/s, publique o distribuya cualquier in- formación o software que contenga virus, manipulación ilegal de software, violaciones de Copyright y marcas comerciales o contrabando ilegal, realice Spam, y en general cualquier actividad que suponga una violación de las disposiciones legales vigentes, o pueda repercutir en el correcto funcionamiento de la Plataforma de SEROSENSE TELECOM. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas precisas cuando así le sea exigido por orden de la autoridad judicial o administrativa competente, así como podrá poner en conocimiento de las autori- dades competentes aquellos hechos que puedan considerarse ilegales de acuerdo con la legislación vigente. El Cliente será el único responsable de las consecuencias que deriven del alojamiento de la información en la Plata- forma de SEROSENSE TELECOM. Si el Cliente tiene cualquier indicio de que existe una violación o uso inapropiado de la información alojada en los servidores de SEROSENSE TELECOM, o un fallo de seguridad de cualquier índole, deberá notificarlo de inmediato a SEROSENSE TELECOM. SEROSENSE TELECOM no pres- tará Servicio de soporte técnico relativo a la configuración del software instalado en su propio ordenador, pro- gramación o desarrollo de scripts o páginas ASP o diseño de bases de datos. SEROSENSE TELECOM no se res- ponsabiliza, en el caso de traspasos de Acceso a Internet desde otro proveedor, de las posibles penalizaciones que el Cliente pueda incurrir por incumplimiento del Contrato del Servicio suscrito entre el Cliente y el otro provee- dor.

  • MEJORAS En el supuesto de que los licitadores presenten mejoras sobre las garantías exigidas en este pliego, deberán detallarlas en hoja anexa.