CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1 - CRITERIO: DOCUMENTACIÓN: 2 - CRITERIO: DOCUMENTACIÓN: 3 -
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1 - CRITERIO: 2 - CRITERIO:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1 Criterio: Descripción general de la propuesta de Escuela de Igualdad y Empoderamiento: obje- tivos, funcionamiento, metodología, indicadores generales de evaluación… -. Diseño y planteamiento general de la Escuela: Se valorará la contextualización de la necesidad de la creación de una Es- cuela para la igualdad y el empoderamiento y los objetivos a los que responde. 5 puntos -. Definición de la metodología / procedimientos de trabajo e indicadores de evaluación 5 puntos Hasta 10 puntos 2 Criterio: Propuesta de cursos y talleres para el primer año: octubre 2018-mayo 2019. - Propuesta de cursos (se presentará un mínimo de 16 cursos anuales con una dura- ción mínima por curso de hora y media/semana que se impartirán entre octubre y mayo): Se valorará la temática de los cursos y talleres / la diversidad de la oferta / la ade- cuación a diferentes tramos de edad y de intereses / la adecuación a los objetivos de la escuela de igualdad y empoderamiento. Hasta 14 puntos 3 Criterio: Propuesta de acciones para el fomento del asociacionismo feminista y de la incorporación de las mujeres a la vida social, cultural y política de Galdakao. Propuesta para la creación de una red de coordinación e intercambio de experiencias. Se presentará un mínimo de seis propuestas de actuación que respondan a la necesidad de crear redes entre asociaciones de mujeres, potenciar a éstas y visibilizar sus aportaciones. Hasta 10 puntos 4 Criterio: Propuesta de actuaciones con el objetivo de visibilizar las aportaciones de las muje- res y en concreto de las diferentes asociaciones: exposiciones, charlas, encuentros… Hasta 10 puntos 5 Criterio: Experiencia y formación del personal en trabajos relacionados con el impulso de la igualdad, la formación a mujeres y el trabajo con asociaciones de mujeres y asociaciones fe- ministas. Se valorará el Currículum vitae del personal que va a participar en el diseño, ejecución y segui- miento de la Escuela de Igualdad y empoderamiento. Deberá presentarse especialmente deta- xxxxx el currículum de la persona responsable del proyecto. Hasta 5 puntos TOTAL 49 puntos Comité de expertos (composición): Organismo técnico especializado (nombre): (fecha y firma)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1 Criterio: Precio ofertado. Formula aplicable: PUNTOS= ((presupuesto máximo de licitación - oferta a considerar)/(presupuesto máximo de licitación - Oferta más ventajosa)) x puntuación máxima. Hasta 40 puntos 2 Criterio: nivel lingüístico acreditable por las personas formadoras, superior al mínimo exigido. Euskera: dos puntos por cada formador/a con titulación C2 (P.L. 4) en euskera. Otros idiomas acreditables por el personal formador (xxxxxx, xxxxxxx…): - Medio punto por cada titulación B2 (básico) en otro idioma. - Un punto por cada titulación C1 o C2 (avanzado) en otro idioma. Hasta 11 puntos X Parámetros para determinar el carácter anormalmente bajo de la oferta en su conjunto Ofertas inferiores en más de un 15% a la media de las bajas Criterios específicos para resolver los empates de la puntuación final: (fecha y firma)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. Criterios no evaluables mediante fórmulas.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1.- Criterio: Documentación:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1  Criterio: Calidad superior de los materiales empleados Documentación: Memoria o programa de trabajo Hasta 7,5 puntos 2  Criterio: Obras y actuaciones adicionales sobre aspectos relacionados con: - La estética (Hasta 1 punto) - La señalética y las comunicaciones (Hasta 0,75 puntos) - La higiene y seguridad (Hasta 0,75 puntos) Las definidas anteriormente están vinculadas con el objeto del contrato. Se entiende por obras y actuaciones adicionales, a estos efectos, las prestaciones adicionales a las que figuran definidas en el proyecto y en el pliego de prescripciones técnicas, sin que aquellas alteren la naturaleza de dichas prestaciones y estando claramente vinculadas al objeto del contrato, sin alterarlo. Documentación: Memoria o programa de trabajo Hasta 2,5 puntos 3  Criterio: Metodología, plazos justificados y organización de la obra Documentación: Memoria o programa de trabajo Hasta 10 puntos 4  Criterio: Superior cumplimiento de los requisitos mínimos de los Documentos Básicos del CTE Documentación: Memoria o programa de trabajo Hasta 10 puntos 5  Criterio: Innovación y adecuación al entorno en la propuesta estética Documentación: Memoria o programa de trabajo Hasta 10 puntos TOTAL 40 puntos Comité de expertos (composición): Organismo técnico especializado (nombre): (fecha y firma)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1 Criterio: Oferta Económica . Para determinar la puntuación de una oferta económica se procederá del siguiente modo: - Se considerarán los importes de todas las ofertas económicas admitidas, donde la oferta económica será el presupuesto de ejecución ofertado (IVA excluido). - Se considerará como referencia la oferta tipo de la Administración, que será la que coincida con el presupuesto de licitación (IVA excluido). - Se ordenarán todas las propuestas económicas admitidas, por cuantía de mayor importe (primera) a menor importe (última), excluyéndose aquellas que superen el presupuesto de licitación (siempre, excluido el IVA). - Se calculará el coeficiente de baja ofertada por cada una, mediante la siguiente fórmula: BE i = 100 * [ 1 – (OL i / PL) ] Donde: OL i → Oferta económica de cada licitador, excluido IVA PL → Presupuesto base TIPO de licitación del contrato, excluido IVA BE i → Baja de la oferta económica presentada por cada licitador, en % - Una vez conocidos los coeficientes de baja, se determinarán las ofertas con valores anormales o desproporcionados, siendo de aplicación el procedimiento fijado por el artículo 149.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. Este PPAP establece un “umbral de temeridad” de un 10% por lo que todas aquellas bajas inferiores a ese porcentaje sobre la baja media, se considerarán anormales o desproporcionadas (entendiendo por baja media la media aritmética de las bajas de todas las ofertas económicas admitidas). En este punto se dará audiencia a todo licitador que haya incurrido en baja desproporcionada para que justifique la valoración de su oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación. Una vez recibidas las justificaciones de los licitadores en baja anormal, si el Órgano de Contratación, considerando la documentación recibida y en su caso, los informes técnicos solicitados y emitidos al efecto, estimase que las ofertas no pueden ser cumplidas como consecuencia de sus valores desproporcionados, las excluirá de su tramitación. - Tras el trámite anterior, se identificará la oferta económica de menor importe, de entre todas aquellas ofertas económicas que no hayan sido excluidas tras aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior. - Se calculará la baja de la oferta económica de menor importe de entre todas...
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN. 1 - CRITERIO: PLAN DE MEDIOS (70 PUNTOS) DOCUMENTACIÓN: Se presentará una propuesta de Plan de Medios para la Feria Criterios de valoración: - Adecuación del Plan de Medios al Briefing xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. - Adecuación de Soportes y Medios Publicitarios. - Número de pases en distintas cadenas. - Diversidad del Plan de Medios. - Originalidad del Plan de Medios. - En los soportes exteriores: - Ubicaciones de las mismas y el tránsito de vehículos - Orientación. Se dará mayor valor a un soporte que se encuentre en solitario frente a otros que estén rodeados de otras vallas.

Related to CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN

  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.