Common use of Criterios de adjudicación del contrato Clause in Contracts

Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las partidas con las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, mismo que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse se considerará el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de evaluadas las proposicionespropuestas, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta global resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones propuestas globales son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición propuesta global que incluya todas las partidas cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición propuesta que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposicionespropuestas globales, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta global que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones propuestas globales en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantesconcursantes conforme a lo solicitado en el anexo 1, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante de la empresa aseguradora que resulte ganador ganadora del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas Las propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las cantidades y especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación La adjudicación del cumplimiento de las propuestas técnicas, contrato se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan realizará por partida la totalidad de las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas o por partidas a un sólo licitante o a varios, como a continuación se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. indica: Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si Con fundamento en el artículo 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocanteComisión Nacional del Agua, en la misma partida, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. Para los efectos de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las personas que se encuentren en el supuesto previsto en dicho artículo y deseen recibir la preferencia establecida en el mismo, deberán presentar junto con su proposición, una manifestación en la que se indique que es persona física con discapacidad, o que es una empresa que cuenta con personal con discapacidad, en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. En caso de un empate entre dos o más personas que incluyan en su casopropuesta la citada información, será aplicado el sorteo que se detalla a continuación. Con fundamento en el artículo 44 del Reglamento de la proposición que determine la convocante Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si derivado de la evaluación económica resultare se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de falloconvocante, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador ganador, requiriéndose la presencia de los licitantes previa invitación por escrito, así como de un representante del Órgano Interno de Control, y se levantará un acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los licitantes invalide el acto. La Comisión Nacional del Agua podrá, antes de emitir el fallo y cuando así lo requiera, efectuar reducciones a las cantidades de los bienes originalmente convocada hasta en un solo acto. Cuando se presente un error 20% (veinte por ciento) de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajescada partida.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las Las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de deberán contener las especificaciones solicitadas en el del anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así comomismo, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse se considerará el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de evaluadas las proposicionespropuestas, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta global resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones propuestas globales son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición propuesta global que incluya todas las partidas cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición propuesta que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposicionespropuestas globales, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta global que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones propuestas globales en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El No obstante, el Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su la Comisión de Administración del Consejo del Poder Judicial y de la su Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas Las propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las entidades especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación La adjudicación del cumplimiento de las propuestas técnicas, contrato se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan realizará por partida la totalidad de las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas completa a un sólo licitante como a continuación se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. indica: Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si Con fundamento en el artículo 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocanteComisión Nacional del Agua en la misma partida, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. Para los efectos de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las personas que se encuentren en el supuesto previsto en dicho artículo y deseen recibir la preferencia establecida en el mismo, deberán presentar junto con su proposición, una manifestación en la que se indique que es persona física con discapacidad, o que es una empresa que cuenta con personal con discapacidad, en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. En caso de un empate entre dos o más personas que incluyan en su casopropuesta la citada información, será aplicado el sorteo que se detalla a continuación. . Con fundamento en el artículo 44 del Reglamento de la proposición que determine la convocante Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si derivado de la evaluación económica resultare se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de falloconvocante, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadasganador; y posteriormente los demás boletos empatados, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, con lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, requiriéndose la corrección presencia de la propuestalos licitantes previa invitación por escrito, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación así como de un mismo bien representante del Órgano Interno de Control, y se levantará un acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los licitantes invalide el acto. La Comisión Nacional del Agua podrá, antes de emitir el fallo y cuando así lo requiera, efectuar reducciones a dos o más proveedores, las cantidades de los bienes originalmente convocada hasta en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles un 20% (veinte por ciento) de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajescada partida.

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Criterios de adjudicación del contrato. Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas técnicas, se considerará la correcta presentación de los documentos solicitados en estas bases. Aquéllas Las propuestas que no cumplan con estos requisitos serán desechadas, haciéndose del conocimiento de los concursantes en el acta correspondiente. Serán consideradas ÚNICAMENTE las propuestas de los licitantes que ofrezcan por partida la totalidad de las cantidades y especificaciones solicitadas en el anexo 1 de las presentes bases. La evaluación de las propuestas se realizará comparando en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los concursantes, así como, que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de esta licitación. Dentro de los criterios de adjudicación, podrá establecerse el relativo a costo beneficio, siempre y cuando sea definido, medible y aplicable a todas las propuestas. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. En su caso, la proposición que determine la convocante si supera los beneficios requeridos debiendo precisar con toda claridad los motivos y razonamientos que haya tenido para tal determinación. Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente fiscamente en el Estado y si no hubiere o fueren dos o más se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador en un solo acto. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. El Poder Judicial del Estado de Michoacán xx Xxxxxx por conducto de su Consejo y de la Secretaría de Administración, podrán autorizar la distribución de la adjudicación de un mismo bien a dos o más proveedores, en donde el porcentaje diferencial en precio que se considerará para determinar los proveedores susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al 5% respecto de la proposición solvente más baja. En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

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