COORDINADOR GENERAL Cláusulas de Ejemplo

COORDINADOR GENERAL. El representante del SENASA ante la Contraloría General de la República será el CPC. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Ríos, Jefe de la Oficina de Auditoría Interna del SENASA (Coordinador de las Bases y observador en la Apertura de Sobres)
COORDINADOR GENERAL. “El prestador de servicios” deberá asignar a un coordinador general con la experiencia, conocimientos y capacidad para tomar decisiones, así como a los coordinadores de zona a efecto de solucionar de forma inmediata las anomalías que se presenten en la prestación de los servicios, estos coordinadores deberán ser adicionales a los 173 elementos sin costo para el SEPOMEX, quienes deberán estar disponibles y localizables diariamente por el “Área Administradora del Servicio”, para lo cual será necesario entregar al “Área Administradora del Servicio”, sin costo adicional, un equipo (telefonía celular o radio comunicador con cobertura mínima de la Ciudad de México y Estado de México), además de entregar un directorio de la estructura organizacional de su empresa, que incluya nombre, cargo, teléfono, correo electrónico y alcance de sus funciones. CONVOCATORIA APROBADA 19-MARZO-2019 83 Así mismo “El prestador de servicios”, deberá entregar vía electrónica, en un plazo no mayor de 5 días después del inicio del contrato una base de datos que contenga los datos generales de todos los empleados de limpieza que laboren en las instalaciones del SEPOMEX y se compromete a mantenerla actualizada conforme se den los cambios en el personal de limpieza contratados por él.
COORDINADOR GENERAL. Se acredita ante este Organismo a la Sra. CPC. Xxxxx Xxxxx Xxxxx como representante del Programa, con facultad suficiente para actuar de coordinador en la elaboración de las Bases del Concurso y en calidad de observador en la apertura de propuestas técnicas en la fecha que se indique en la Convocatoria a publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”. Dicho representante se encargará igualmente de visar las credenciales que sean presentadas por las Sociedades de Auditoría al momento de visitar la entidad, para cuyo efecto se otorgarán las facilidades del caso.
COORDINADOR GENERAL. Formación: Ingeniería eléctrica, electrónica, mecánico eléctrico, sistemas, telecomunicaciones, mecatrónica. Titulado. Experiencia: Experiencia: Experiencia mínima de 3 años, en haber laborado en Operaciones Comerciales y/o sistemas de medición inteligente para empresas de distribución de energía eléctrica, Actividades de Operaciones Comerciales y/o Actividades de Control de Pérdidas y/o Actividades de Instalación de Totalizadores de Energía en Subestaciones de Distribución y/o Instalación, Reemplazo e Integración de Medidores Trifásicos Electrónicos Multifunción en Clientes Mayores, Clientes Libres y Subestaciones de Distribución para empresas de distribución y/o generación de energía eléctrica.
COORDINADOR GENERAL b. Especialista en Ingeniería
COORDINADOR GENERAL. “El prestador de servicios” deberá asignar a un coordinador general con la experiencia, conocimientos y capacidad para tomar decisiones, así como a los coordinadores de zona a efecto de solucionar de forma inmediata las anomalías que se presenten en la prestación de los servicios, quienes deberán estar disponibles y localizables diariamente por el “área administradora del servicio”, para lo cual será necesario entregar al “área administradora del servicio”, sin costo adicional, un equipos (telefonía celular o radio comunicador con cobertura mínima de la Ciudad de México y Estado de México), además de entregar un directorio de la estructura organizacional de su empresa, que incluya nombre, cargo, teléfono, correo electrónico y alcance de sus funciones. Así mismo “El prestador de servicios”, deberá entregar vía electrónica, en un plazo no mayor de 5 días después del inicio del contrato una base de datos que contenga los datos generales de todos los empleados de limpieza que laboren en las instalaciones del SEPOMEX y se compromete a mantenerla actualizada conforme se den los cambios en el personal de limpieza contratados por él.
COORDINADOR GENERAL. Esta persona es la responsable de la coordinación general del Programa y del seguimiento de todas las actividades previstas en el marco del contrato, a fin de lograr las metas y objetivos propuestos. Este rol deberá ser desempeñado durante todos los meses de la intervención y estará a cargo de una persona con un perfil profesional en economía, administración, derecho, ingenierías, con posgrado en la modalidad de maestría o especialización en ciencias administrativas y/o gerencia de proyectos, con mínimo ocho (8) años de experiencia profesional general, de los cuales dos (2) años debe ser de experiencia relacionada en cargos de coordinación en intervenciones y/o proyectos en general. En caso qué el contratista aplique para dos territorios, el coordinador general deberá ejercer sus funciones para los dos.

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  • Objetivo General Fortalecer capacidades organizativas y gerenciales, de las Organizaciones Beneficiarias (OB), que permitan su crecimiento y consolidación, a efecto de administrar las inversiones que se ejecutan en las diferentes cadenas de valor con la implementación de los Planes de Desarrollo Productivo (PDP) y Planes de Negocios (PN), en el área de influencia del PRO-LENCA. Elaborar e implementar 90 Planes de Fortalecimiento Organizacional (PFO) para 90 Organizaciones Beneficiarias del Proyecto: PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, empresas de servicios múltiples y empresas asociativas campesinas de producción, en las comunidades de Altos de Guanteque, Mejocote, El Xxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxxx, Xx Xxxxxx Xx Xxxx x Xx Xxxxxx; en el municipio de Gracias, en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de empresas asociativas campesinas de producción y cajas rurales en las comunidades de El Pinal San Xxxx, El Limón, Campuca, Pinal San Xxxxxxx, El Zapote y Quelacasque; en el municipio de Gracias en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, asociaciones de productores, Asociación de agricultores, red de mujeres y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de El Zapote, Xxxxxxxx, El Xxxxx, Xxxxxx Centro, Azacualpa, Las Lajas, La Arada, Azacualpa y San Xxxxxxxxx; en el municipio xx Xxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y empresas de servicios múltiples en las comunidades xx Xxxxxxxxxx Centro, Jocotillo Azacualpa, Isleta y la Arada en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de cooperativas de servicios agropecuarios y asociación de productores agropecuarios en las comunidades de Las Delicias y Gualcinse Centro en el municipio de Gualcinse, cajas rurales en las comunidades Congolón y Guaxinlaca en el municipio de San Xxxxxx, caja rural y asociación de apicultores en las comunidades xx Xxxxxxx Centro y San Xxxx San Xxxxxx en el municipio xx Xxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, asociación de ganaderos y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de San Xxxxxx Centro, Posa Verde, Guacutao y San Xxxxxx Centro, en el municipio de San Xxxxxx Xxxxxxxx y El Cutal en el municipio de San Xxxxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales en las comunidades de Calucica, Barrio El Zapote, El Rodeo, Jinquinlaca, Colomarigua y Guachipilincito en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, empresas de servicios múltiples y asociaciones de agricultores en las comunidades de San Xxxx, San Xxxx, Xxxxxx xx Xxxxx, San Xxxxxx Centro y La Majada en el municipio de San Xxxxxx de la Sierra en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y asociaciones de productores en las comunidades xx Xxxxxxxx, Barracón, San xxxxx Xxxxxxxx y Santa Xxxx en el municipio de Santa Xxxxx; El Leoncito y San Xxxx Xxxxx Vista en el municipio xx Xxxxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y grupos de mujeres en las comunidades de Piedra Parada, Santa Xxx, Pueblo Viejo y San Xxxxxx en el municipio de Colomoncagua, cajas rurales y empresas asociativas de producción en las comunidades de El Xxxxxx, San Xxxxxx y El Xxxxxxxx San Xxxx xx Xxxx en el municipio xx Xxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de la asociación de familias agropecuarias artesanales intibucanas lencas en el barrio El Xxxxxxx en el municipio de Intibucá, cooperativa cafetalera en la comunidad de Agua Blanca en el municipio de San xxxxxxxxx, en el departamento de Intibucá y cajas rurales, Iniciativas de mujeres y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de El Zancudo y La Xxxxxx en el municipio de Yarula; El Jícaro en el municipio de San Xxxx en el departamento de la paz. Esta Formulación, debe realizarse con la participación de los beneficiarios y las beneficiarias.

  • HECHO GENERADOR El hecho generador es el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Principio general El contrato de trabajo tendrá por objeto la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador si se la hubiese tenido en consideración al tiempo de celebrar el contrato o en el curso de la relación, de acuerdo a lo que prevean los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.

  • Nocturnidad Las horas trabajadas en el período comprendido entre las 10 (diez) de la noche y las 6 (seis) de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrán una retribución específica incrementada en un 25% sobre el salario ordinario.

  • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego. Igualmente podrá acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.

  • CONSIDERACIONES GENERALES 1) LA CÁMARA es una institución de servicios de carácter privado que representa al sector empresarial y a la comunidad en su conjunto y cumple funciones que le fueron delegadas por el Estado. 2). De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 y 6 del Decreto 2042 de 2014 “por el cual se reglamenta la Ley 1727 de 2014, el Título VI del Libro Primero del Código de Comercio y se dictan otras disposiciones”, LA CÁMARA tiene entre sus funciones y facultades las siguientes: a) Crear centros de arbitraje, conciliación y amigable composición por medio de los cuales se ofrezcan los servicios propios de los métodos alternos de solución de conflictos, de acuerdo con las disposiciones legales. b) Disponer de los servicios tecnológicos necesarios para el cumplimiento y debido desarrollo de sus funciones registrales y la prestación eficiente de sus servicios. c) Celebrar convenios entre ellas, asociarse o contratar con cualquier persona natural o jurídica para el cumplimiento de sus funciones. 3). El Centro de Arbitraje y Conciliación (CAC) de LA CÁMARA cuenta con un sistema de información misional para el ejercicio de sus funciones denominado Sistema de Información de Métodos alternativos de solución conflictos (SIMASC), sistema implementado desde el año 2001 y que ha venido siendo evolucionado desde esta fecha hasta la actualidad. El Centro de Arbitraje y Conciliación requiere llevar a cabo la construcción del Core propio de una nueva versión del SIMASC con el objeto de integrarlo a la lógica de procesos y su presentación para: i. Mejorar el alcance de las funcionalidades del sistema actual. ii. Eliminar deficiencias del sistema actual. iii. Implementar nuevos trámites y servicios. iv. Mejorar y fortalecer la oferta de servicios virtuales del Centro de Arbitraje y Conciliación. v. Mejorar y facilitar la interacción del usuario con los servicios del Centro de Arbitraje y Conciliación. . 4). En consideración de lo anterior y siguiendo los procedimientos aplicables, LA CÁMARA realizó la invitación a proponer para la selección objetiva del contratista que se encargaría de la ejecución del objeto del presente contrato. 6) Los servicios objeto de este contrato serán prestados por EL CONTRATISTA de manera independiente, es decir, sin que exista subordinación, utilizando sus propios medios y bajo su exclusivo riesgo. 7) Este contrato es de naturaleza comercial y no faculta a LA CÁMARA para

  • CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 21.2 de de condiciones específicas del contrato. Capacidad Técnica y profesional Respuesta

  • PRESUPUESTOS PROCESALES El Tribunal encuentra cumplidos los requisitos indispensables para la validez del proceso arbitral y que las actuaciones procesales se desarrollaron con observancia de las previsiones legales; no se advierte causal alguna de nulidad y por ello puede dictar Laudo de mérito, el cual se profiere en derecho. En efecto de los documentos aportados al proceso y examinados por el Tribunal se estableció:

  • Régimen general 1. En el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos, Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social y demás Entidades públicas estatales, el Ministro de Economía y Hacienda podrá declarar de contratación centralizada los suministros, obras y servicios que se contraten de forma general y con características esencialmente homogéneas por los diferentes órganos y organismos.