HECHO GENERADOR Cláusulas de Ejemplo

HECHO GENERADOR. El hecho generador es el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
HECHO GENERADOR. La propiedad o posesión de los vehículos gravados.
HECHO GENERADOR. La manifestación externa de la materia imponible en el impuesto de avisos y tableros está dada por la colocación efectiva de los avisos y tableros. El impuesto de avisos y tableros se genera para todos los establecimientos del contribuyente por la colocación efectiva en alguno de ellos. El hecho generador también lo constituye la colocación efectiva de avisos y tableros en centros y pasajes comerciales, así como todo aquel que sea visible desde las vías de uso o dominio público y los instalados en los vehículos o cualquier otro medio de transporte.
HECHO GENERADOR. El impuesto predial unificado, es un gravamen que recae sobre los bienes raíces ubicados en el Municipio xx Xxxxxxxx y se genera por la existencia del predio.
HECHO GENERADOR. El hecho generador del impuesto de industria y comercio está constituido por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en la jurisdicción del Municipio xx Xxxxxx. Las actividades desarrolladas por las entidades que conforman el sistema financiero y asegurador, de acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las normas que lo modifiquen o adicionen, son consideradas actividades de servicios para efectos del impuesto de industria y comercio unificado.
HECHO GENERADOR. El hecho generador es el evento, actividad o circunstancia definida por el legislador como susceptible de ser gravada mediante una tasa, tarifa o derecho o contribución. En consecuencia, es el motivo o causa establecido por la ley como suficiente para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
HECHO GENERADOR. Lo constituye la presentación de un Espectáculo Público.
HECHO GENERADOR. Constituye hecho generador de esta sobretasa, la realización del hecho generador del impuesto de industria y comercio.
HECHO GENERADOR. El hecho generador del impuesto es la construcción, urbanización, parcelación, demolición, ampliación, modificación, remodelación, adecuación de obras o construcciones y el reconocimiento de construcciones, de los predios existentes dentro de la jurisdicción del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
HECHO GENERADOR. El valor de la financiación de la mercancía vendida a los compradores que conforman el club.