Continuidad del suministro Cláusulas de Ejemplo

Continuidad del suministro. Al terminar el contrato, si se produjera un cambo de la empresa comercializadora, la empresa adjudicataria que finaliza su contrato, estará obligada a continuar con el suministro eléctrico, en las mismas condiciones, hasta que se efectúe la incorporación de la nueva empresa comercializadora.
Continuidad del suministro. A petición de ITW, el Vendedor mantendrá la continuidad del suministro de ITW con respecto a un Producto de mutuo acuerdo, por ejemplo, mediante el acuerdo de las condiciones de una “compra de por vida” o la realización de un acuerdo de licencia o de custodia. En caso de cualquier riesgo material que afecte a la capacidad del Vendedor de suministrar Productos de manera oportuna o del vencimiento o la rescisión del Acuerdo por cualquier motivo, o en la preparación para ello, el Vendedor realizará esfuerzos comercialmente razonables para transferir a ITW o un proveedor externo designado por ITW el cumplimiento de las obligaciones del Vendedor en virtud del Acuerdo, o bien colaborará plenamente con ITW para permitir que ITW transfiera dicho cumplimiento, de manera que (i) se minimice el tiempo para completar dicha transferencia; (ii) se mantenga el nivel más alto de calidad y rendimiento para garantizar el suministro adecuado de Productos; y (iii) no se causen interrupciones en los requisitos de los clientes de ITW. El Vendedor deberá notificar a ITW de manera oportuna y por escrito cualquier cambio de la cadena de suministro que pueda afectar a su capacidad de satisfacer la demanda prevista o, en ausencia de una previsión, la demanda histórica. El Vendedor será responsable de todas las pérdidas contraídas por ITW como resultado de la interrupción del suministro por parte del Proveedor. En el caso de producirse cualquier disputa, el Vendedor continuará cumpliendo sus obligaciones contractuales hasta que se resuelva la disputa.
Continuidad del suministro. Sin perjuicio de las obligaciones específicas del Proveedor en virtud de la Orden de compra, el Proveedor deberá notificar por escrito a Cochlear con, al menos, doce (12) meses de antelación antes de que el Proveedor suspenda la fabricación o la venta de los Bienes. Antes de que el Proveedor interrumpa la fabricación o la venta de los Bienes, Cochlear tiene derecho a realizar una Orden de compra final no cancelable al Proveedor para adquirir una última cantidad de los
Continuidad del suministro. La comercializadora, a través de este contrato, garantiza el suministro de acuerdo con la legislación vigente de la totalidad de la energía eléctrica que se suministre a los edificios del Defensor del Pueblo. El adjudicatario garantizará a la Institución que realizará junto al distribuidor todas las gestiones necesarias para minimizar el tiempo de interrupción, y mejorar en lo posible la calidad del suministro de los edificios de la Institución. Se entenderá como “continuidad del suministro” lo indicado en el artículo 101 del Real Decreto 1955/2000. La determinación de la continuidad del suministro por las interrupciones del mismo se basará en dos parámetros:
Continuidad del suministro. El Vendedor suministrará los Bienes al Comprador en la cantidad y calidad pedidas por el Comprador según lo establecido en la Orden de Compra. En apoyo de esta obligación, el Vendedor adoptará e implementará planes y procedimientos de continuidad del negocio comercialmente razonables.
Continuidad del suministro. El Vendedor suministrará los Bienes al Comprador en la cantidad y calidad pedidas Purchase Order. Unless otherwise agreed to, delivery of the Goods shall be DDP (Incoterms). Seller will preserve, pack, package and handle Goods ordered by Buyer so as to protect Goods from loss or damage. In the event of any delays to the scheduled delivery date, Seller will notify Buyer of such delay and work diligently to remedy such delay immediately. In the event of any delay in delivery of more than five (5) days, Buyer may, at its sole option, cancel or reschedule the Purchase Order in whole or in part without penalty or liability. No change in the scheduled delivery date or performance will be permitted, unless Xxxxx has otherwise agreed in writing. Deliveries will be made at the ship-to address designated in the Purchase Order, and title and risk of loss to Goods will pass to Buyer as described on the purchase order document. If the document is silent on the passage of title and risk of loss, then title and risk of loss to Goods will pass to Buyer upon its receipt at the designated ship-toaddress. 5. Acceptance of Goods. All Goods ordered and shipped hereunder is subject to acceptance by Xxxxx at the ship-to address designated in the Purchase Order. Buyer will have sixty (60) days after delivery of any Goods to accept or reject Goods (the “Acceptance Period”). Payment for Goods will not constitute an acceptance of the Goods. Acceptance of any Goods will not preclude a subsequent claim with respect to the Goods. If, during the Acceptance Period, Buyer identifies any Goods that do not conform to Buyer’s specifications or instructions or to the Purchase Order (“Nonconforming Goods”), Buyer may, at its sole option, (a) require Seller to correct any Nonconforming Goods by repair, replacement or re-performance, at Seller’s risk and expense, within seven (7) business days after the request of Buyer, (b) return any Nonconforming Goods to Seller, at Seller’s risk and expense, and recover from Seller the price for the Nonconforming Goods, (c) utilize any Nonconforming Goods and require an appropriate reduction in the price for the Nonconforming Goods, or (d) any other remedies available under applicable law. Upon delivery of repaired, replacement or re-performed Goods, Buyer will accept or reject such Goods in accordance with this Section. 6. Continuity of Supply. Seller will provide Goods to Buyer in the quantity and quality ordered by Xxxxx as set

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

  • Nulidad Serán nulos y sin valor los actos o contratos de cualquier naturaleza que se celebren entre las partes o las reglamentaciones internas que se dicten, que establezcan para su personal el despido por causa de matrimonio.

  • Revisión salarial El incremento de todos los conceptos económicos del presente Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2015 y el 30 xx Xxxxx de 2016 será del 1,75%, tal y como se refleja en las tablas salariales del Anexo I del presente Convenio. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2016 y el 30 xx Xxxxx de 2017 será del 1,5%. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2017 y el 30 xx Xxxxx de 2018 será del 1,25%. En enero de 2018, la Comisión Paritaria, analizada la situación del sector y los acuerdos a que haya llegado las centrales sindicales con la CEOE, negociará el incremento de todos los conceptos económicos para el último año de vigencia del convenio. Se pacta expresamente que todos los Pactos Salariales firmados al amparo del artículo 32 quedarán prorrogados en su vigencia hasta el 30 xx xxxxx de 2018, con la revisión para 2015/16, 2016/17 y 2017/18 que las partes acuerdan para los conceptos económicos. La empresa y la representación de los trabajadores/as deberán firmar un acta para establecer la citada revisión salarial y las tablas salariales, procediendo a su registro, interesando su publicación en el BOP y manteniendo en su integridad las cláusulas vigentes en el pacto anterior.

  • Verificación En los casos de los artículos 108, 109 y 110 el trabajador o quien lo represente tendrá derecho a inspeccionar la documentación que fuere necesaria para verificar las ventas o utilidades en su caso. Estas medidas podrán ser ordenadas a petición de parte, por los órganos judiciales competentes.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida. El plazo de vigencia de la oferta, requerido en este numeral, será verificado a través del Formulario de Presentación de Ofertas SNCC.F.034. Las ofertas que no cumplan por lo menos con el plazo aquí establecido serán eliminadas sin más trámite.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.