CONTINUIDAD DEL NEGOCIO Cláusulas de Ejemplo

CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. El Afiliado es responsable para desarrollar y mantener un plan de recuperación de Transacciones. El Afiliado debe probar la operación de dicho plan, de forma periódica, para asegurar la eficacia del plan, procurando al Afiliado la capacidad de recuperación del plan. El Afiliado es responsable de todos las Transacciones y Pagarés de Venta hasta en tanto los Pagarés de Venta hayan sido recibidos y validados por el Adquirente. El Afiliado debe mantener suficiente información de respaldo (v. gr. Pagarés de Venta o reportes detallados) en relación con las Transacciones, con la finalidad de recuperar cualquier información o dato perdido debido a cualquier mal funcionamiento del sistema. El Adquirente no tiene el deber de recuperar o recrear Transacciones perdidas.
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. BN Fondos cuenta con un sitio alterno operativo y ha tomado las medidas razonables que permitan la continuidad del negocio ante diferentes tipos de siniestros, no obstante, esto no garantiza que ante cierto tipo de eventos el servicio pueda brindarse sin interrupción. Ante una situación de este tipo, BN Fondos informará por los medios disponibles los horarios de atención hasta la normalización de las operaciones.
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. EL Oferente, declara de manera expresa que cuenta con planes detallados de contingencia para responderle a EL BANCO de manera oportuna y eficiente frente a fallas e interrupciones y especialmente manifiesta que cuenta con planes de contingencia frente a eventos imprevistos relacionados entre otros, con logística, fluido eléctrico, software, hardware, telecomunicaciones, naturales en predios, incendio, terrorismo, actos mal intencionados y que entre tanto la ejecución óptima de los servicios contratados por EL BANCO como el normal desarrollo del objeto social de EL OFERENTE. Como consecuencia de lo anterior, EL OFERENTE declara expresamente que tiene definido, implementado, probado y mantendrá durante la vigencia del presente contrato, procesos para administrar la continuidad del negocio y procesos de seguridad informática, incluyendo elementos tales como la prevención y su atención de emergencias, administración de la crisis, capacidad necesaria para retomar a su operación normal y centros alternos de atención y prestación del servicio, en el evento en que ellas se desarrollen en las instalaciones de EL OFERENTE. PARÁGRAFO PRIMERO: EL OFERENTE se obliga a mantener el Plan de Continuidad del Negocio que como anexo forma parte de éste contrato y se encuentra obligado a presentar de manera detallada ante EL BANCO y con solo el requerimiento escrito en tal sentido, todos los documentos, soportes y planes que le permitan a EL BANCO auditar y validar la declaración contenida en la presente cláusula. En caso de que EL OFERENTE no acredite el cumplimiento de ésta obligación EL BANCO podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato por ésta razón y pedir la restitución de los dineros entregados a EL OFERENTE, sin perjuicio de la obligación de EL OFERENTE de indemnizar integralmente a EL BANCO todos los perjuicios que para éste se derive. PARAGRAFO SEGUNDO: Toda modificación que EL OFERENTE realice al Plan de Contingencia deberá ser avisado a EL BANCO quien evaluará su conveniencia frente al objeto del contrato; EL BANCO queda facultado para dar por terminado el contrato en caso de que, en su criterio, las modificaciones al mencionado plan no garanticen la continuidad del negocio. PARÁGRAFO. TERCERO: EL OFERENTE con el fin de dar estricto cumplimiento a la presente cláusula autoriza a EL BANCO para que el responsable del área contratante y/o área de apoyo de EL BANCO, realice visitas periódicas a las instalaciones de EL OFERENTE con el fin de que se audi...
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. El SaaS IBM se ha configurado para dar soporte a los objetivos de continuidad del negocio que se definen a continuación. Los objetivos de continuidad del negocio ayudan a garantizar que las funciones empresariales críticas del negocio de una organización se recuperarán a un estado operativo, con una mínima pérdida de datos, en un plazo razonablemente breve después de un desastre en la ubicación principal del entorno informático. Cuando se haya determinado que una incidencia en la ubicación principal del entorno informático puede resolverse mediante conmutación por error a la ubicación secundaria, IBM debe ejecutar los planes de continuidad del negocio y las actividades relacionadas, en soporte a los objetivos de recuperación señalados a continuación.
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. La Adjudicataria se compromete con el Banco a disponer de planes de contingencia y continuidad del negocio que atiendan la normativa legal aplicable y se encuentren debidamente documentados, así como a implementar procesos de pruebas periódicas a los planes de contingencia y continuidad. La Adjudicataria se compromete con el Banco a abstenerse de reproducir, distribuir o comercializar el(los) programa(s) informáticos a los que tenga acceso en desarrollo del contrato de seguros a celebrar, su documentación o material auxiliar. Así mismo, evitará que personas no autorizadas por el Banco tengan acceso a software de propiedad de éste o a documentación relacionada con el mismo. Igualmente, se compromete a utilizar software debidamente licenciado con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 603 de 2000 "Derechos de Autor", o a aquellas que la sustituyan o modifiquen. Así mismo, se obliga a implementar, como mínimo, las siguientes normas y procedimientos de seguridad informática:
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. GLOBOKAS desarrollará y mantendrá un Plan de Continuidad del Negocio para garantizar la continuidad de los servicios provistos a CAJA SULLANA, las pruebas de todas las aplicaciones críticas serán conducidas de acuerdo con las normas de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones. El representante de GLOBOKAS comunicará a CAJA SULLANA cualquier cambio en el plan de continuidad del negocio en el caso que afecte a las operaciones de que procese CAJA SULLANA y se asegurará de que el mismo sea compatible con los requerimientos de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones. Los planes de prueba de contingencia y los horarios en que se llevarán a cabo las pruebas serán coordinados por los representantes de ambas partes.
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. El Comercio Afiliado es responsable de desarrollar y mantener un plan de recuperación de Transacciones. El Comercio Afiliado debe probar la operación de dicho plan, de forma periódica, para asegurar la eficacia del plan, procurando el Comercio Afiliado la capacidad de recuperación del plan. El Comercio Afiliado es responsable de todos las Transacciones y Pagarés hasta en tanto los Pagarés hayan sido recibidos y validados por MI BANCO. El Comercio Afiliado debe mantener suficiente información de respaldo (por ejemplo, Pagarés o reportes detallados) en relación con las Transacciones, con la finalidad de recuperar cualquier información o dato perdido debido a cualquier mal funcionamiento del sistema. MI BANCO no tiene el deber de recuperar o recrear Transacciones perdidas.
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. 3.11.1 El Proveedor dispondrá (y evaluará como mínimo anualmente) un plan global para la continuidad del negocio, diseñado para asegurar la viabilidad de las actividades críticas de negocio del Proveedor en los casos de fuerza mayor o desastres, incluyendo la pérdida de las instalaciones de oficinas o centro de datos.
CONTINUIDAD DEL NEGOCIO. Se recuerda a los Clientes que, a menos que se estipule lo contrario, el servicio Essentials no incluye un Plan de Continuidad del Negocio («BCP» por sus siglas en inglés) ni un Plan de Recuperación de Desastres («DRP»). Como tal, el Cliente es responsable de implementar su propio BCP y/o DRP; puede pedir Servicios Essentials en diferentes centros de datos, los cuales proveerán recursos en diferentes entornos de riesgo. Por lo tanto, el Cliente debe tomar las medidas técnicas y organizativas necesarias para asegurar la continuidad de su actividad empresarial en caso de un fallo de funcionamiento grave que pueda tener un impacto en la disponibilidad, integridad o privacidad del Servicio. El Cliente puede hacer uso de la opción DRP, cuyas Condiciones Particulares se adjuntan a este documento. OVHcloud no se compromete a hacer una copia de seguridad de los datos del Cliente alojados en los Essentials. En consecuencia, es responsabilidad del Cliente tomar todas las medidas necesarias para tener una copia de seguridad de sus datos en caso de pérdida o deterioro de los datos almacenados, por cualquier motivo, incluidos los datos que no se mencionen expresamente en las presentes Condiciones. El Cliente puede hacer uso de la opción de backup, cuyas Condiciones Particulares se adjuntan a este documento.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.