Comidas Cláusulas de Ejemplo

Comidas. (a) Los empleados que hayan realizado la jornada laboral regular y que deban trabajar más allá de las 19:00 horas, recibirán una comida y las comidas cada 5-1/2 horas a partir de entonces. Las comidas se realizarán en el horario del empleador. Si no es posible comer debido a la naturaleza del trabajo, los empleados recibirán un mínimo de quince dólares ($15.00) en lugar de la comida.
Comidas. Para provincias y territorios, A EXCEPCIÓN de Columbia Británica: Para Columbia Británica SOLAMENTE:
Comidas. La Compañía suministrará a su coste y el TCP tendrá derecho, salvo que exprese específicamente que no utilizará el servicio, los siguientes servicios, a bordo de las aeronaves operadas por la empresa, cuando alguno de estos períodos coincida con el horario señalado: Desayuno: Hasta las 9:00 horas. Comida: De 13:00 a 15:00 horas.
Comidas. El productor está obligado a suministrar a los actores desayuno, almuerzo, merienda, cena y refrigerio nocturno, según los casos, y dentro de las siguientes discriminaciones:
Comidas. Los menús a ofertar en las comidas están compuestos de un primer plato, con dos opciones a elegir, entre: legumbres, pastas, arroz, guisados, sopas, verduras, cremas, ensaladas, etc; un segundo plato, con también dos opciones a elegir, entre: carnes, aves, pescados, fritos, huevos, etc, acompañados de guarnición. También irán acompañados de ensalada durante el periodo xx xxxxxx e invierno; y postre, compuesto de fruta de temporada, lácteos, compotas o postre casero. Se distinguirá entre menú xx xxxxxx y menú de invierno, aprovechando los productos de temporada, dando una mayor peso en época xx xxxxxx a productos más ligeros y frescos, como ensaladas, frutas y verduras, y en época de invierno a las sopas y legumbres.
Comidas. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 41, el personal tendrá derecho a utilizar los servicios de comedor, en aquellos centros donde esté establecido dicho servicio y dentro del horario de comidas que figura en dicho artículo, estableciéndose un procedimiento de copago según las siguientes características: – En los casos en que exista comedor en el centro, CRTVE abonará el 50% del valor del menú establecido a la contrata, abonando el trabajador el resto del coste de su consumición. – En los casos en que no exista comedor de empresa en el centro de trabajo, se abonará la cantidad establecida en el anexo 1. cve: BOE-A-2014-945
Comidas. La comida será facilitada por la empresa en los servicios de almuerzo o cena, precisamente en los 15 minutos anteriores al servicio, entendiéndose que los 15 minutos forman parte de la jornada pactada en el anterior punto 5.
Comidas. Cuando las necesidades del servicio obliguen a un trabajador /a almorzar o cenar fuera de su domicilio, en cualquier estamento de la Empresa y categoría profesional de la misma, la Empresa pagará los gastos de dicha comida, por importe de 9,41 euros durante 2005., pudiéndose optar por las modalidades siguientes:
Comidas. Desayuno: tipo continental, café, te, mate cocido, leche, chocolate, facturas, tortillas y medialunas. Manteca y mermelada. Agua mineral con y sin gas. Almuerzo y Xxxx: con menú fijo. Entrada, plato principal, postres elaborados, pan y bebidas gaseosas de primera marca. Preferentemente pastas en el almuerzo y carnes en la cena. Merienda: tipo vianda consistente en pebete de jamón y queso, jugo y alfajores. En caso de necesidad y bajo expreso requerimiento del encargado de la delegación se deberá proveer viandas para el almuerzo y la cena fuera de los horarios de comedor.
Comidas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, el personal tendrá derecho a utilizar los servicios de comedor, en aquellos centros donde esté establecido dicho servicio y dentro del horario de comidas que figura en dicho artículo, estableciéndose un procedimiento de copago según las siguientes características: – En los casos en que exista comedor en el centro, la Corporación RTVE abonará el 50% del valor del menú establecido a la contrata, abonando la persona que utilice este servicio el resto del coste de su consumición. – En los casos en que no exista comedor de empresa en el centro de trabajo se abonará la cantidad establecida en el Anexo 1. La no utilización de los servicios de comedor no dará derecho al abono de las cantidades.