Colocación del concreto Cláusulas de Ejemplo

Colocación del concreto. Requisitos El Contratista avisará por escrito al Supervisor con tiempo suficiente, antes de proceder a la colocación del concreto. El Supervisor hará una inspección previa de las formaletas, refuerzos, preparación xx xxxx o concreto endurecido. No se colocará ningún concreto sin la presencia del Supervisor. Deberá utilizarse en la fundición de la losa de concreto un acelerante de fraguado, el cual se utilizará conforme a las recomendaciones y especificaciones del fabricante. El concreto deberá colocarse, compactarse y conformarse en las formaletas antes de noventa (90) minutos de haber agregado el agua de hidratación en la mezcla, o antes de haberse alcanzado el fraguado inicial, según el que sea menor. Se podrán usar aditivos retardantes en casos especiales, permitiéndose prolongar el tiempo de colocación. Compactación y conformación del concreto, según indicaciones del aditivo usado, previas pruebas de laboratorio y aprobación del Supervisor. Todo el concreto deberá ser depositado durante tiempo seco y sin lluvia, en superficies húmedas, limpias, libres de corrientes de agua, libres de aceite, lodo, roca segregada, fragmentos flojos, semidesplegables o defectuosos. Cuando haya sobrexcavación más allá de la línea teórica indicada en los planos, el concreto de estas áreas deberá ser igual al concreto de la estructura, o de la clase que indique el Supervisor. Todo el concreto se debe aplicar en capas aproximadamente horizontales que no excedan de 0.45 m. de espesor. Toda fundición se hará monolíticamente, mientras sea posible, o sea que se rellenarán todos los tramos, paneles, etc., en una sola operación contínua. Para que se considere fundición monolítica, todo concreto que se coloque en contacto con otro concreto, deberá ser colocado antes de que se haya alcanzado el fraguado inicial del concreto colocado anteriormente, o antes de que éste tenga un endurecimiento tal, que ya no permita entrar al vibrador por su propio peso. Para los casos en que no se cumplan las condiciones del párrafo anterior, se considerarán como juntas de construcción. No se debe permitir depositar el concreto desde alturas mayores de 1.50 m. de caída libre. Todo el concreto será debidamente compactado mientras se lleva a cabo la operación de colocación usando para ello vibradores, tal como se especifica más adelante; o maceado, según lo que apruebe el Supervisor. Deberá ponerse especial cuidado en la colocación del concreto en las esquinas de la formaleta y alrededor del refuerzo y ...
Colocación del concreto. EL CONTRATISTA deberá notificar a la INTERVENTORÍA cuando esté listo para vaciar el concreto en cualquier sitio, con un mínimo de 4 horas de anticipación con el fin de que éste pueda inspeccionar las formaletas, refuerzos, etc. El CONTRATISTA no podrá empezar a colocar concreto en un sitio determinado hasta después de la revisión y aprobación de la INTERVENTORÍA. El concreto deberá tener tal consistencia y composición que permita su colocación en todas las esquinas o ángulos de las formaletas y alrededor del refuerzo o de cualquier otro elemento embebido, sin que haya segregación de los materiales. Cada carga de concreto deberá depositarse lo más cerca posible de su posición final, para así poder reducir a un mínimo las posibilidades de segregación. El agua libre en la superficie del concreto colocado deberá recogerse en depresiones alejadas de las formaletas y retirarse antes de colocar una nueva capa de concreto. Cuando se coloque concreto sobre una fundación de tierra, ésta deberá estar limpia y húmeda pero sin agua estancada en ella o corriendo sobre la misma. No podrá colocarse concreto sobre lodo, tierra porosa o seca o rellenos que no hayan sido compactados a la densidad requerida por medio de equipos de rodillos o métodos manuales. Las superficies xx xxxx sobre las cuales vaya a colocarse concreto, además de cumplir con los requisitos anteriormente descritos, deberán estar libres de grasa o aceite y de fragmentos xx xxxx flojos, medio desprendidos o poco sólidos. Las superficies contra las cuales se vaya a colocar concreto, deberán humedecerse en todas sus partes, para evitar que absorban agua del concreto recién colocado y afecten su calidad. El concreto deberá depositarse tan cerca cómo se pueda de su posición final en la formaleta, de modo que no haya que transportarlo más de 2 metros dentro de la masa. El concreto se colocará con la ayuda de equipo mecánico de vibradores, complementados por labores manuales; en ningún caso podrán usarse los vibradores para transportar concreto dentro de las formaletas. El equipo de vibración deberá ser accionado por electricidad o aire comprimido y ser del tipo interno que opere por lo menos a 6.000 r.p.m. cuando se sumerge en el concreto. Deberá disponerse de un número suficiente de unidades para alcanzar una consolidación adecuada. Deberá tenerse cuidado especial para evitar la segregación xxx xxxxxxxx grueso cuando el concreto se coloque a través del refuerzo. Al colocar concreto en cualquier sitio, no se pe...
Colocación del concreto. Antes de empezar a vaciar el concreto se debe proceder a saturar la superficie de apoyo de la losa sin que se presenten charcos o se colocará una membrana plástica en toda el área del pavimento.
Colocación del concreto. De acuerdo con los planos de instalaciones hidrosanitarias y eléctricas, el CONTRATISTA deberá prever anticipada y oportunamente todos los pases de tuberías en las placas, pantallas y vigas estructurales, consultándole al LA INTERVENTORÍA las eventuales restricciones técnicas que podrían presentarse y sobre las cuales la INTERVENTORÍA tomará las decisiones del caso con base a las disposiciones del DISEÑADOR ESTRUCTURAL. Semanalmente El CONTRATISTA pondrá a consideración de la INTERVENTORÍA una secuencia detallada de los días y componentes estructurales que espera vaciar según programa. El CONTRATISTA le avisará a la INTERVENTORÍA, seis (6) horas, mínimo, antes de cada vaciado, para verificar las condiciones mínimas exigidas con respecto a: • Distribución, amarre, traslapo, distanciamiento y limpieza de los aceros de refuerzo. • Hilos, plomos, fijaciones y soportes de los encofrados. • Niveles de enrases y acabados. • Áreas de los elementos a vaciar y juntas de construcción. • Equipos disponibles para producción, transporte y colocación. • Preparación del vaciado, etc. Las exigencias de la INTERVENTORÍA con respecto a la aceptación de las mezclas, secuencia de vaciado, ciclos de entrega, condiciones de transporte, colocación, vibrado, recorrido y acabado superficial del concreto, cortes de vaciado, tratamiento de juntas, toma de muestras, curado, etc, se rigen por las Especificaciones Técnicas de Construcción.(CAMACOL). El control de la calidad aparente, la resistencia, las tolerancias admisibles (en plomos, niveles y trazos), los retaques y los tiempos de desencofrado se rige por lo establecido en los planos estructurales y en este capítulo de las especificaciones, siendo potestativo de la INTERVENTORÍA la aplicación de las normas ó su propio criterio en caso de duda, falta de información o contradicción entre las especificaciones y los Planos. La vibración de los concretos, fundamental para lograr las resistencias y calidades de apariencia especificadas, debe ser de recorridos parejos a lo largo y ancho de los elementos con los tiempos requeridos para evitar la pervibración o disgregación de las mezclas. El aparato vibrador, tipo aguja y con un máximo de 6000 RPM, deberá penetrar siempre en la capa anterior del concreto recién colocado, para lograr la homogeneidad y continuidad requeridas, sin tocar capas más bajas que estén en proceso de fraguado inicial y sin afectar la posición del refuerzo, los pases de tuberías o los elementos metálicos embebidos. La...
Colocación del concreto. De acuerdo a la Subsección 552.10 de las Especificaciones Generales de la SIECA. Curado del Concreto. Se usará una membrana líquida tipo 2 de pigmento blanco. Se mezclarán las soluciones de membrana líquida de cura, que contengan pigmentos, antes de usarlas. Se continuará agitando durante la aplicación. Se usará un equipo capaz de producir un rociado fino. Se aplicará el compuesto de curación en proporción mínima de 0.25 litros por metro cuadrado en una o dos aplicaciones uniformes. 04 Medida. Medir el volumen de concreto por cada unidad, de acuerdo a las dimensiones establecidas en los planos o a lo indicado por el Supervisor. 05 Pago. Las cantidades aceptadas, medidas como se describió arriba, se pagarán al precio unitario de metro cúbico especificado en el contrato. El pago será en compensación total, del trabajo descrito en esta Sección.
Colocación del concreto. Condiciones del estado atmosférico. El Contratista no vaciará concreto, sin aprobación, cuando las condiciones del estado atmosférico puedan afectar el vaciado y la consolidación adecuada.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.