CLÁUSULAS ESPECIALES Cláusulas de Ejemplo

CLÁUSULAS ESPECIALES. Salvo lo estipulado hasta el artículo 18, con respecto a las cláusulas especiales del presente contrato de arrendamiento, son los siguientes: Arrendador: sello Arrendatario: sello
CLÁUSULAS ESPECIALES. Los principios generales para los gastos de la reparación en primitiva situación son los que se refieren en los párrafos anteriores, pero el arrendatario estará de acuerdo, como una excepción, de cubrir los siguientes gastos por su propia cuenta. (No obstante, se limitará a los detalles que no sean contrarios a lo estipulado en el artículo 90 del Derecho Civil y en los artículos 8, 8-2, 9 y 10 de la Ley de Contratos de Consumidores.) (Las partes con entre paréntesis indican las razones por las cuales el arrendatario va a asumir sus costos de modo especial, siendo originariamente los gastos cubiertos por el arrendador.) Se confeccionarán dos ejemplares del contrato de arrendamiento del mismo tenor y luego de que el arrendador y el arrendatario firmen y sellen (con el sello personal), se entregará un ejemplar al arrendador y otro al arrendatario para su conservación. A de de 20 EL ARRENDADOR Domicilio 〒 Nombre sello Número de teléfono EL ARRENDATARIO Domicilio 〒 Nombre sello Número de teléfono INTERMEDIARIO Nº licencia [ ] Gobernador / Ministro de Tierra, Infraestructura, Transporte y Turismo: Número EMPRESA REPRESENTANTE Domicilio social Nombre comercial Nombre del representante sello Transaccionista de lotes residenciales y edificios Nº de registro [ ] por el Gobernador Número Nombre sello
CLÁUSULAS ESPECIALES. 6.8.1. Clausula de indemnidad. EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a ENTerritorio de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados o los familiares de estos, sus acreedores, sus proveedores o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ENTerritorio, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra ENTerritorio, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al Contratista. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de ENTerritorio, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de estos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si ENTerritorio estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al Contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si ENTerritorio lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, ENTerritorio cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de estos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, ENTerritorio podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo
CLÁUSULAS ESPECIALES. Por este medio también doy por aceptada la activación de los servicios que la Administración habilite a mi cuenta de Servicios por Internet • La Administración Tributaria hará del conocimiento al Contribuyente, a través de medios electrónicos, la habilitación de los servicios por internet. • La Administración Tributaria se reserva el derecho de revocar el presente documento en caso de detectarse el mal uso o la no incorporación de los datos y archivos requeridos para las diferentes aplicaciones del Portal Institucional. • Así mismo el correo que autorizo a partir de esta fecha en el registro por Internet es: FIRMA: Contribuyente, Representante Legal o Apoderado. Nota: Si ha completado el proceso de inscripción y obtención de la Autorización emitida por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría (CVPCPA), o el número de Acuerdo de autorización xx Xxxxxxx emitido por la Corte Suprema de Justicia, favor anexar original para confrontar y copia del documento que acredite la citada autorización. Actualizado al 08/07/2021 Yo empleado de la Sección o Centro de Atención Exprés manifiesto que he cotejado la firma anterior con el DUI original, , he revisado la presente Aceptación de Términos, y la documentación adjunta, con sus originales y con el Sistema Integrado de Información Tributaria..
CLÁUSULAS ESPECIALES. 1.2.9. Cláusulas especiales comunes a todas las garantías
CLÁUSULAS ESPECIALES. Serán otorgadas siempre y cuando se encuentren especificadas en la carátula de la póliza:
CLÁUSULAS ESPECIALES. (ESTAS CLÁUSULAS SOLO APLICAN AL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO CUANDO APAREZCAN EXPRESAMENTE PACTADAS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA O SUS ANEXOS)
CLÁUSULAS ESPECIALES. No aplica. La compañía no requerirá del asegurado, con objeto de agilizar la indemnización en caso de siniestro, ningún inventario o avalúo de propiedad indemne si la reclamación total bajo este seguro existente sobre los bienes asegurados, no excede del 20% sobre la suma asegurada por ubicación.
CLÁUSULAS ESPECIALES. Incluir texto del Club P&I, de embarcaciones menores a 500 TRB. Bajo los términos y condiciones de la presente póliza el pago de toda indemnización al amparo de este seguro no reducirá la suma asegurada o límite (s) de responsabilidad de esta póliza y será reinstalada en forma automática sin necesidad de solicitar por escrito y sin cobro de prima adicional.