Common use of CLÁUSULAS ESPECIALES Clause in Contracts

CLÁUSULAS ESPECIALES. 6.8.1. Clausula de indemnidad. EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a ENTerritorio de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados o los familiares de estos, sus acreedores, sus proveedores o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ENTerritorio, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra ENTerritorio, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al Contratista. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de ENTerritorio, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de estos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si ENTerritorio estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al Contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si ENTerritorio lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, ENTerritorio cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de estos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, ENTerritorio podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo

Appears in 1 contract

Samples: www.enterritorio.gov.co

CLÁUSULAS ESPECIALES. 6.8.1Otras obligaciones del contratista: de ser necesario, indicar que otras obligaciones serán asumidas por el futuro contratista en la ejecución de la prestación. Clausula En todos los casos deberán tener incidencia directa en la prestación y ameritar ser consideradas como cláusulas en los contratos u órdenes de indemnidadservicio. EL CONTRATISTA mantendrá indemne De corresponder, y defenderá de acuerdo a la naturaleza de la contratación, deberá consignarse el siguiente párrafo: El Contratista se compromete a cumplir y observar lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (aprobado mediante Ley N° 29783) y en su Reglamento (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2012-TR); durante la ejecución de las prestaciones de servicios a su propio costo cargo; obligándose a ENTerritorio implementar, dotar, proveer y/o suministrar a cada uno de cualquier pleito, queja sus trabajadores los implementos de seguridad que corresponda de acuerdo al grado y/o demanda y responsabilidad nivel de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA riesgo que pueda evidenciarse en el desarrollo de este las actividades propias de la presente contratación dentro de las instalaciones DE SALUDPOL ; así como garantizar la contratación de los respectivos seguros de acuerdo a la normatividad vigente. Del mismo modo, el Contratista se compromete a cumplir y respetar cada una de las medidas de seguridad previstas en el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo DE SALUDPOL , el que será puesto en conocimiento de sus trabajadores al inicio de la prestación de servicios; para cuyo efecto el SALUDPOL , a la suscripción del contrato, cumple con hacer entrega de una copia legible del mismo. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados o los familiares Otras obligaciones DE SALUDPOL : de estoscorresponder, sus acreedores, sus proveedores o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ENTerritorio, con ocasión o indicar las obligaciones asumidas por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la SALUDPOL en la ejecución de la prestación, por ejemplo: otorgar espacios para vestuario del presente contratopersonal del contratista. Si ello no fuere posible Seguros aplicables: de corresponder, detallar la póliza o pólizas que se exigirá al proveedor indicando el plazo, el monto de la cobertura y se presentaren reclamaciones o demandas contra ENTerritorio, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al Contratista. En cualquiera fecha de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de ENTerritorio, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen su presentación (a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de estossuscripción del contrato, del proceso y al inicio de la condenaprestación, si la hubiereentre otros). Si ENTerritorio estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al Contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si ENTerritorio lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, ENTerritorio cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de estos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, ENTerritorio podrá proceder, para el cobro de los valores a Siempre que se refiere este numeralexija al contratista la presentación de pólizas de seguros se deberá adjuntar la opinión favorable de la División de Gestión Patrimonial en cuanto a la necesidad, idoneidad de la cobertura y que no duplique otras coberturas contratadas. Ésta disposición no será de aplicación para aquellas pólizas que el contratista deba contratar por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivomandato legal expreso.

Appears in 1 contract

Samples: www.saludpol.gob.pe

CLÁUSULAS ESPECIALES. 6.8.1Otras obligaciones del contratista: de ser necesario, indicar que otras obligaciones serán asumidas por el futuro contratista en la ejecución de la prestación. Clausula En todos los casos deberán tener incidencia directa en la prestación y ameritar ser consideradas como cláusulas en los contratos u órdenes de indemnidadservicio. EL CONTRATISTA mantendrá indemne De corresponder, y defenderá de acuerdo a la naturaleza de la contratación, deberá consignarse el siguiente párrafo: Otras obligaciones del contratista referidas a la seguridad y salud en el trabajo - en la ejecución de la prestación El Contratista se compromete a cumplir y observar lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (aprobado mediante Ley N° 29783) y en su Reglamento (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2012-TR); durante la ejecución de las prestaciones de servicios a su propio costo cargo; obligándose a ENTerritorio implementar, dotar, proveer y/o suministrar a cada uno de cualquier pleito, queja sus trabajadores los implementos de seguridad que corresponda de acuerdo al grado y/o demanda y responsabilidad nivel de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA riesgo que pueda evidenciarse en el desarrollo de este las actividades propias de la presente contratación dentro de las instalaciones de SALUDPOL; así como garantizar la contratación de los respectivos seguros de acuerdo a la normatividad vigente. Del mismo modo, el Contratista se compromete a cumplir y respetar cada una de las medidas de seguridad previstas en el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de SALUDPOL, el que será puesto en conocimiento de sus trabajadores al inicio de la prestación de servicios; para cuyo efecto SALUDPOL, a la suscripción del contrato, cumple con hacer entrega de una copia legible del mismo. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados o los familiares Otras obligaciones de estosSALUDPOL: de corresponder, sus acreedores, sus proveedores o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ENTerritorio, con ocasión o indicar las obligaciones asumidas por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con SALUDPOL en la ejecución de la prestación, por ejemplo: otorgar espacios para vestuario del presente contratopersonal del contratista. Si ello no fuere posible Seguros aplicables: de corresponder, detallar la póliza o pólizas que se exigirá al proveedor indicando el plazo, el monto de la cobertura y se presentaren reclamaciones o demandas contra ENTerritorio, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al Contratista. En cualquiera fecha de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de ENTerritorio, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen su presentación (a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de estossuscripción del contrato, del proceso y al inicio de la condenaprestación, si la hubiereentre otros). Si ENTerritorio estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al Contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si ENTerritorio lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, ENTerritorio cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de estos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, ENTerritorio podrá proceder, para el cobro de los valores a Siempre que se refiere este numeralexija al contratista la presentación de pólizas de seguros se deberá adjuntar la opinión favorable de la División de Gestión Patrimonial en cuanto a la necesidad, idoneidad de la cobertura y que no duplique otras coberturas contratadas. Ésta disposición no será de aplicación para aquellas pólizas que el contratista deba contratar por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivomandato legal expreso.

Appears in 1 contract

Samples: www.saludpol.gob.pe

CLÁUSULAS ESPECIALES. 6.8.1. Clausula de indemnidad. EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a ENTerritorio de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA Teniendo en cuenta que el recurso asignado por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO para ejecutarse en el desarrollo contrato, corresponde a los recursos requeridos de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar acuerdo con el alcance del proyecto y que sus empleados o los familiares fueron viabilizados; en el evento de estos, sus acreedores, sus proveedores o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ENTerritorio, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con presentarse durante la ejecución del presente contrato un cambio en el alcance del proyecto o una variación en la cantidad de obra, que lleven a superar el valor del contrato, dicha situación debe ser planteada a la Interventoría y al Supervisor del contrato por parte de FINDETER para que se proceda de conformidad con los procedimientos establecidos en el Contrato Interadministrativo. En caso de aprobación se deberá proceder de conformidad con lo establecido para la adición del contrato. Si ello Le está prohibido al contratista ejecutar ítems o actividades de obra no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra ENTerritorio, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al Contratista. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de ENTerritorio, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de estos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si ENTerritorio estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al Contratista, caso previstos en el cual acordará contrato, sin que previamente se haya suscrito el respectivo contrato adicional según corresponda. Cualquier ítem que se ejecute sin la mejor estrategia de defensa o, si ENTerritorio lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, ENTerritorio cobrará celebración previa del documento contractual será asumido por cuenta y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de estos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor riesgo del CONTRATISTA, ENTerritorio podrá procederde manera que LA CONTRATANTE no reconocerá valores por tales conceptos. En caso de optarse por la alternativa de no ejecución del proyecto, previo concepto favorable de la Interventoría y por causas NO IMPUTABLES al contratista, se pagará a EL CONTRATISTA únicamente el valor establecido para la de EJECUCIÓN DE LA VALIDACIÓN Y/O AJUSTES DE DIAGNÓSTICOS. Por ningún motivo se pagará al CONTRATISTA un valor superior al pactado para LA VALIDACIÓN Y/O AJUSTES DE DIAGNÓSTICOS. En caso de incumplimiento en la ejecución, LA CONTRATANTE tendrá la potestad de continuar o no con el contratista. Dada la modalidad de contratación, en ningún caso se considerará como argumento para la no continuación del contrato, los mayores costos resultantes de la validación y/o ajustes de diagnósticos. Para ello el contratista deberá presentar una nueva propuesta de la validación y/o ajustes de diagnósticos garantizando el cumplimiento de los requisitos mínimos técnicos establecidos en los términos de referencia, así como el menor costo de ejecución y deberá recurrir a los imprevistos estimados contemplados en los términos de referencia, para el cobro asegurar la ejecución de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivolas obras.

Appears in 1 contract

Samples: www.findeter.gov.co