Common use of CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA Clause in Contracts

CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Tomador decide no mantener el seguro, deberá comunicarlo por escrito al Instituto por lo menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso el Instituto cancelará el contrato en la fecha señalada expresamente por el Tomador, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que el seguro sea cancelado a solicitud del Tomador durante los primeros cinco (5) días de la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula Derecho de Retracto. Si la cancelación se produce posterior a los primeros cinco (5) días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un año, se reembolsará al Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30%. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y deberá reembolsar al Tomador la prima no devengada. Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de la prima anual Hasta 1 mes 34% Más de 1 mes a 2 meses 42% Más de 2 meses a 3 meses 50% Más de 3 meses a 4 meses 58% Más de 4 meses a 5 meses 65% Más de 5 meses a 6 meses 71% Más de 6 meses a 7 meses 77% Más de 7 meses a 8 meses 83% Más de 8 meses a 9 meses 88% Más de 9 meses a 10 meses 92% Más de 10 meses a 11 meses 96% Más de 11 meses a 12 meses 100% Cuando corresponda la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación.

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CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Tomador decide no mantener el seguro, deberá comunicarlo por escrito al Instituto por lo menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso el Instituto cancelará el contrato en la fecha señalada expresamente por el Tomador, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que el seguro sea cancelado a solicitud del Tomador durante los primeros cinco (5) días de la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula Derecho le devolverá el 100% de Retractolas primas que haya pagado. Si la cancelación se produce posterior a los primeros cinco (5) 5 días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un añoemisión, se reembolsará al Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30%. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y deberá debiendo reembolsar al Tomador la prima no devengada, calculada como la prima pagada menos la prima de corto plazo, si el resultado es positivo. Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de En este caso los porcentajes devengados sobre la prima anual son los siguientes: Hasta 1 mes 3423% Más de 1 mes a 2 meses 4233% Más de 2 meses a 3 meses 5042% Más de 3 meses a 4 meses 5851% Más de 4 meses a 5 meses 6559% Más de 5 meses a 6 meses 7167% Más de 6 meses a 7 meses 7773% Más de 7 meses a 8 meses 8380% Más de 8 meses a 9 meses 8886% Más de 9 meses a 10 meses 9291% Más de 10 meses a 11 meses 9695% Más de 11 meses a 12 meses 100% Cuando corresponda la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación.

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CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Asegurado y/o Tomador decide no mantener el seguro, deberá comunicarlo por escrito al Instituto por lo menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso el Instituto cancelará el contrato en la fecha señalada expresamente por el Asegurado y/o Tomador, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que el seguro sea cancelado a solicitud del Asegurado y/o Tomador durante los primeros cinco (5) días de la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula Derecho de Retracto. Si la cancelación se produce posterior a los primeros cinco (5) días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un año, se reembolsará al Asegurado y/o Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30%. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y deberá reembolsar al Asegurado y/o Tomador la prima no devengada. Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de la prima anual Hasta 1 mes 34% Más de 1 mes a 2 meses 42% Más de 2 meses a 3 meses 50% Más de 3 meses a 4 meses 58% Más de 4 meses a 5 meses 65% Más de 5 meses a 6 meses 71% Más de 6 meses a 7 meses 77% Más de 7 meses a 8 meses 83% Más de 8 meses a 9 meses 88% Más de 9 meses a 10 meses 92% Más de 10 meses a 11 meses 96% Más de 11 meses a 12 meses 100% Cuando corresponda la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación.diez

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CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Asegurado y/o Tomador decide no mantener el seguro, deberá comunicarlo por escrito al Instituto por lo menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso el Instituto cancelará el contrato en la fecha señalada expresamente por el Asegurado y/o Tomador, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que el seguro sea cancelado a solicitud del Tomador Asegurado durante los primeros cinco (5) días de la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula Derecho de Retracto. Si la cancelación se produce posterior a los primeros cinco (5) días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un año, se reembolsará al Asegurado y/o Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30dieciséis (16%) por ciento. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y deberá reembolsar al Asegurado y/o Tomador la prima no devengadadevengada siempre que no existan reclamos incurridos durante la vigencia. Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de la prima anual Hasta 1 mes 3433% Más de 1 mes a 2 meses 4241% Más de 2 meses a 3 meses 5049% Más de 3 meses a 4 meses 5857% Más de 4 meses a 5 meses 6564% Más de 5 meses a 6 meses 71% Más de 6 meses a 7 meses 77% Más de 7 meses a 8 meses 8382% Más de 8 meses a 9 meses 8887% Más de 9 meses a 10 meses 92% Más de 10 meses a 11 meses 96% Más de 11 meses a 12 meses 100% Cuando corresponda la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación.

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CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Tomador Asegurado decide no mantener el este seguro, deberá comunicarlo por escrito al Intermediario de Seguros Autorizado o al Instituto por lo con al menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso caso, el Instituto cancelará el contrato en Contrato a partir de la fecha señalada expresamente por el TomadorAsegurado, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que Si el seguro sea es cancelado a solicitud del Tomador Asegurado, durante los primeros cinco (505) días de hábiles desde la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula de Derecho de Retracto. Si Cuando la cancelación se produce produzca posterior a los primeros cinco (505) días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un añodel seguro, se reembolsará al Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30%. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo conforme al tiempo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y por lo cual; deberá reembolsar al Tomador Asegurado la prima no devengada, siempre que no existan reclamos incurridos durante la vigencia. Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de la prima anual Hasta 1 mes 34% Más de 1 mes a 2 meses 42% Más de 2 meses a 3 meses 50% Más de 3 meses a 4 meses 58% Más de 4 meses a 5 meses 65% Más de 5 meses a 6 meses 71% Más de 6 meses a 7 meses 77% Más de 7 meses a 8 meses 83% Más de 8 meses a 9 meses 88% Más de 9 meses a 10 meses 92% Más de 10 meses a 11 meses 96% Más de 11 meses a 12 meses 23% 33% 42% 51% 59% 67% 73% 80% 86% 91% 95% 100% Cuando corresponda Si corresponde la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelacióncancelación Esta póliza podrá terminar de forma anticipada por falta de pago de las primas según lo indicado en la cláusula Período xx Xxxxxx.

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CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Tomador Asegurado decide no mantener el este seguro, deberá comunicarlo por escrito al Intermediario de Seguros Autorizado o al Instituto por lo con al menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso caso, el Instituto cancelará el contrato en Contrato a partir de la fecha señalada expresamente por el TomadorAsegurado, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que Si el seguro sea es cancelado a solicitud del Tomador Asegurado, durante los primeros cinco (505) días de la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula de Derecho de Retracto. Si Cuando la cancelación se produce produzca posterior a los primeros cinco (505) días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un añodel seguro, se reembolsará al Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30%. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo conforme al tiempo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y por lo cual; deberá reembolsar al Tomador Asegurado la prima no devengada, siempre que no existan reclamos incurridos durante la vigencia. Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de la prima anual Hasta 1 mes 3423% Más de 1 mes a 2 meses 4233% Más de 2 meses a 3 meses 5042% Más de 3 meses a 4 meses 5851% Más de 4 meses a 5 meses 6559% Más de 5 meses a 6 meses 7167% Más de 6 meses a 7 meses 7773% Más de 7 meses a 8 meses 8380% Más de 8 meses a 9 meses 8886% Más de 9 meses a 10 meses 9291% Más de 10 meses a 11 meses 9695% Más de 11 meses a 12 meses 100% Cuando corresponda Si corresponde la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación.

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CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA. Si el Tomador decide no mantener el seguro, deberá comunicarlo por escrito al Instituto por lo menos con treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso el Instituto cancelará el contrato en la fecha señalada expresamente por el Tomador, la cual no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. En caso de que el seguro sea cancelado a solicitud del Tomador durante los primeros cinco (5) días de la emisión, se realizará la devolución según se ha establecido en la Cláusula Derecho le devolverá el 100% de Retractolas primas que haya pagado. Si la cancelación se produce posterior a los primeros cinco (5) 5 días de la emisión y la póliza es por un período inferior a un añoemisión, se reembolsará al Tomador la prima no devengada a prorrata menos el gasto administrativo de un 30%. Asimismo, si la cancelación se produce posterior a los primero cinco (5) días de la emisión y la póliza es anual el Instituto tendrá derecho a retener la prima devengada a corto plazo y por el plazo transcurrido, de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla, y deberá debiendo reembolsar al Tomador la prima no devengada, calculada como la prima pagada menos la prima de corto plazo, si el resultado es positivo. En este caso los porcentajes devengados sobre la prima anual son los siguientes: Tiempo transcurrido desde la fecha de emisión o renovación hasta la fecha de cancelación Porcentaje devengado de la prima anual Hasta 1 mes 3423% Más de 1 mes a 2 meses 4233% Más de 2 meses a 3 meses 5042% Más de 3 meses a 4 meses 5851% Más de 4 meses a 5 meses 6559% Más de 5 meses a 6 meses 7167% Más de 6 meses a 7 meses 7773% Más de 7 meses a 8 meses 8380% Más de 8 meses a 9 meses 8886% Más de 9 meses a 10 meses 9291% Más de 10 meses a 11 meses 9695% Más de 11 meses a 12 meses 100% Cuando corresponda la devolución de la prima, la misma se hará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación.

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