CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. En el caso de que las API decidieran cancelar anticipadamente los seguros contratados o algún rubro de los mismos, la devolución xx xxxxxx se hará a prorrata dentro de los 30 días naturales siguientes al aviso de cancelación.
CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. Este contrato podrá ser cancelado por solicitud expresa del Asegurado y/o Tomador. Si el Asegurado y/o Tomador decide no mantener este seguro, deberá dar aviso por escrito al Instituto con al menos un mes de anticipación a la fecha de cancelación. En tal caso el Instituto cancelará el contrato a partir de la fecha señalada expresamente por el Asegurado y/o Tomador, que no podrá ser anterior a la fecha en que se recibe el aviso. La cancelación anticipada de la póliza se regirá por los siguientes principios:
CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. El incumplimiento al pago de una sola cuota mensual de esta obligación dará lugar al vencimiento anticipado del plazo y a exigir anticipadamente el pago total xxx xxxxxxxx incluso hasta por la vía judicial; también el plazo se dará por vencido anticipadamente y el derecho a opción de EL BANCO a exigirlo judicialmente si EL DEUDOR no pagare impuestos, obligaciones, tasas o cargas fiscales que le competan y que puedan incidir en poner en precario la capacidad de pago de EL DEUDOR.- NOVENA. PAGO: El pago de las cuotas inician «C22» después de liquidar el préstamo o en la fecha convenida por las partes, y serán pagadas por EL DEUDOR en cualquier oficina de EL BANCO, en moneda de curso legal sin deducción alguna por concepto de impuestos, tasa o contribuciones, gastos, retenciones o cualquier otro gasto de la naturaleza que fuere, presente o futuro, pues cualquiera de éstos son por exclusiva cuenta de EL DEUDOR.- DÉCIMA. GASTOS DE FORMALIZACION: Serán por cuenta de EL DEUDOR los gastos, impuestos, tasas y demás cargos, así como los honorarios que por cualquier motivo se generen en la formalización del presente préstamo. - Asimismo EL DEUDOR pagará en concepto de gastos administrativos incurridos en el proceso del crédito, equivalentes a «C36»% del valor xxx xxxxxxxx, siendo esté un único pago. - DECIMO PRIMERA.
CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. No obstante el término de vigencia del contrato, las partes convienen en que éste podrá darse por terminado anticipadamente mediante notificación por escrito. La cancelación será efectiva en la fecha en el que el aviso sea recibido o en la fecha solicitada en dicho aviso, la que sea posterior. La Compañía se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Contratante que formule la solicitud de terminación respectiva y posterior a ello, proporcionará un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio. En caso de terminación anticipada del Contrato solicitada por el contratante, la Compañía no podrá negar el trámite de cancelación cuando éste se realice por las mismas vías por las que se llevó a cabo la contratación; tampoco podrá negar o retrasar el trámite de cancelación sin que exista una causa justificada. En este caso, la Compañía devolverá al contratante el 65% de la prima pagada no devengada correspondiente considerando la prima por movimientos (endosos), en su caso, al momento de la cancelación. Dicha devolución se realizará en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a la fecha de cancelación del Contrato. Cuando la Compañía lo dé por terminado, será mediante notificación por escrito al Asegurado surtiendo efecto la terminación de seguro después de 15 días naturales de haberla recibido. La Compañía devolverá al Asegurado la prima no devengada por la terminación del contrato.
CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. Este Contrato de seguro podrá ser cancelado anticipadamente por el Contratante y/o Asegurado. Para cancelar anticipadamente el contrato de seguro deberá solicitarlo por escrito a la Compañía, la cancelación se hará efectiva a la fecha de vencimiento del último período pagado. De esta manera la Compañía no devolverá cantidad alguna al Contratante y/o Asegurado, sino que cumplirá con el compromiso de otorgar el beneficio durante el período ya pagado. La fecha de vencimiento del último período pagado se determinará de acuerdo a la fecha en que sea recibida la solicitud o en la fecha de cancelación señalada en la misma solicitud, la que sea posterior. La cancelación anticipada del contrato no eximirá a la Compañía del pago de las indemnizaciones originadas mientras el seguro estuvo en vigor.
CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. En el caso de que las APIS decidieran cancelar anticipadamente los seguros contratados o algún rubro de los mismos, la devolución xx xxxxxx se hará a prorrata dentro de los 30 días naturales siguientes al aviso de cancelación.
CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. I) En virtud de que este crédito ha sido otorgado en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares del prestatario y de sus fiadores, tal como se presenta a la fecha de este documento LA FINANCIERA podrá dar por cancelado anticipadamente el contrato sin responsabilidad de su parte y exigir de inmediato los saldos deudores, intereses, comisiones y gastos incluidos en estos las costas procesales y personales en que la institución hubiera incurrido en cualquier asunto relacionado con este contrato, si a criterio exclusivo de LA FINANCIERA se produjere un cambio drástico respecto a tales extremos; II) El incumplimiento al pago de una sola cuota mensual, dará lugar al vencimiento anticipado del plazo y a exigir anticipadamente el pago total xxx xxxxxxxx al DEUDOR principal y sus avales; III) LA FINANCIERA tendrá también el derecho de terminación anticipada y de exigir inmediatamente los saldos deudores y demás conceptos referidos en el inciso anterior, si comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas o que hubieren circunstancias tales que LA FINANCIERA no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido la verdadera situación económica del cliente al momento de la solicitud de crédito, reservándose para este último caso el derecho de exigir los daños y perjuicios que hubiere sufrido. IV) El desvío de los fondos financiados AL DEUDOR y que conforme a la solicitud se haya comprobado que no han sido utilizados para su destino, dará lugar LA FINANCIERA el derecho de exigir inmediatamente los saldos deudores y demás conceptos referidos en los incisos que anteceden, deduciendo las acciones civiles y criminales que como fraude califica el Código Penal OCTAVA. MECANISMOS DE COBRO O PAGOS ADMITIDOS: EL DEUDOR conviene, acepta y reconoce que en caso de existir xxxx en su crédito, LA FINANCIERA iniciará las acciones de cobranza; preventiva, operativa, prejudicial y/o judicial, esta gestión de cobro podrá comprender llamadas telefónicas, visitas de campo, cartas de cobro y cualquier otro medio establecido en su manual interno; asimismo podrá requerir, a su sola discreción, de la contratación de los servicios de profesionales del derecho para recuperar prejudicial o judicialmente la deuda existente. Queda entendido y aceptado por EL DEUDOR que los mecanismos de las gestiones de cobro prejudicial y judicial que se efectúen, y que signifiquen costos, gasto...

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: