Apertura y valoración de las proposiciones Cláusulas de Ejemplo

Apertura y valoración de las proposiciones. 18.1 Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, el responsable del Registro General expedirá una certificación en la que relacione las ofertas recibidas, o la ausencia de licitadores y remitirá dicha certificación al Jefe de la Sección Jurídica de CELLS.
Apertura y valoración de las proposiciones. La Mesa de contratación se constituirá en el siguiente día hábil al de finalización del plazo para la presentación de proposiciones. En dicho acto, que podrá ser público o no, se procederá a la apertura del Sobre 1 dándose cuenta de su contenido y, previa exclusión en su caso de las proposiciones que no cumplan los requisitos xxx xxxxxx, la Mesa podrá acordar que se solicite informe de los servicios técnicos que procedan sobre la valoración del criterio evaluable mediante juicio de valor. Dicho informe deberá ser razonado, emitirse en plazo no superior a siete días y estará firmado por su autor o autores. Concluido lo anterior, y previa convocatoria de los licitadores admitidos, se reunirá nuevamente la Mesa con carácter público. En dicha reunión y en primer lugar, se hará pública la valoración asignada a los criterios que dependen de un juicio de valor y a continuación se procederá a la apertura del Sobre 2 que contiene los criterios de valoración automática, dándose cuenta del contenido de cada proposición. Seguidamente la Mesa de contratación, previa exclusión de las que no se ajusten al pliego, procederá a evaluar y clasificar las proposiciones admitidas, realizando propuesta de adjudicación a favor del licitador con mejor puntuación. La Mesa de contratación podrá requerir en todo momento a los licitadores para que aclaren cualquier extremo de su proposición o subsanen la misma cuando proceda. No obstante, las proposiciones que excedan el presupuesto base de licitación, que lo varíen sustancialmente o no se ajusten a las condiciones de la licitación, serán rechazadas de plano por la Mesa.
Apertura y valoración de las proposiciones. Cuando para la valoración de las proposiciones se tengan en cuenta criterios distintos al precio, la Mesa de contratación podrá solicitar, cuantos informes técnicos se considere preciso, de igual forma podrá solicitar estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx. Una vez recibidos los informes por la Mesa de Contratación, tendrá lugar, en acto público que se celebrará en el lugar, día y hora a comunicar a los licitadores, la apertura de los sobres nº 3 “Proposición Económica y proposición Técnica con criterios automáticos”. Al comienzo del acto público y antes de proceder a la apertura de los sobres, se comunicará el resultado de la valoración del sobre nº 2.
Apertura y valoración de las proposiciones. El día siguiente habilidosa a aquel que finalice el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá Mesa de contratación para la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma en el sobre núm. 1, formalizándose el acta correspondiente. SI la Mesa de contratación observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de defectos u omisiones ante la Mesa de contratación. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar por teléfono, por fax o por correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión. La presentación por parte del licitador de los documentos acreditativos de la capacidad, la representación y/o la solvencia a los cuales hace referencia la cláusula 14 en lugar de la declaración responsable o conjuntamente con esta declaración, no dará lugar a la calificación por la Mesa de contratación, que, en consecuencia, no tiene que otorgar ningún plazo para enmendar los defectos u omisiones subsanables que, si procede, se observen. Sin embargo, si en lugar de la declaración responsable se presenta únicamente aquellos documentos, la subsanación tiene que consistir a presentar la declaración responsable. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº1 y realizadas las subsanaciones y, si procede, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiera conferido a tal efecto, realizará en acto público, la apertura del sobre número 2 “Oferta económica” y del sobre número 3 “Oferta Técnica” de los licitadores admitidos. En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres núm. 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes al hecho que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda Xxxx hacerse cargo de documentos que no hubieran sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de enmienda de defectos u omisiones. A continuación, el Secretario xx Xxxx procederá a la apertura de los sobres nº 2 y nº 3 de los licitadores ...
Apertura y valoración de las proposiciones. Finalizado el plazo de subsanaciones, o, caso de no haberlas, a continuación de la calificación de la documentación del sobre nº1, se procederá en la fecha indicada en el acto público de apertura del SOBRE nº 1 y comunicada en el perfil de contratante, a la apertura y examen de la documentación contenida en el SOBRE Nº 2 “Proposición Económica”. De producirse un cambio en la fecha la misma será comunicada a los licitadores bien en el propio acto público, a través de la dirección de correo electrónico facilitada o a través del perfil de contratante.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.