ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION Cláusulas de Ejemplo

ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. Finalizado el plazo para presentación de las proposiciones, se valorará la documentación recibida en función de los criterios relacionados en el apartado anterior y se elevará a la Dirección General la propuesta de adjudicación del contrato sobre la oferta que haya obtenido la mayor puntuación. Posteriormente, si procede, resolverá y notificará la adjudicación a su favor. El CZF INT se reserva el derecho a declarar desierta la licitación si las ofertas o la documentación presentada no reúne a su juicio, las condiciones mínimas de solvencia, características técnicas o idoneidad en los precios ofertados. También podrá el CZF INT anular la adjudicación antes de la firma del contrato, si el adjudicatario incumple a su juicio cualquiera de los requisitos exigidos en la contratación o en el presente pliego o aquellos compromisos incluidos en su oferta. En este supuesto, el CZF INT podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador siguiente por el orden que haya quedado clasificadas sus ofertas en la valoración. El CZF INT podrá, antes de la adjudicación y de forma justificada, desistir del procedimiento de adjudicación, sin que ello de derecho a indemnización a favor de los licitadores. El CZF INT requerirá al adjudicatario a que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la unidad técnica calificará, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, se ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada por la unidad técnica, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no se ajuste a los términos del presente pliego. El acto de apertura del sobre 2 se efectuará públicamente por la unidad de contratación. El lugar, día y hora en que vaya a realizarse dicho acto se anunciará en el Perfil del Contratante (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.), una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas. Terminado el acto de apertura de los sobres, la unidad técnica iniciará seguidamente, a puerta cerrada, el estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas, que continuará en días sucesivos si fuera preciso. La unidad técnica podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación. Si, antes de la apertura del Sobre 2, la unidad de contratación observare defectos formales o materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo. En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede de la Cámara (Calle Xxxxxxx xxx Xxxxxx, 23, 29015 Málaga). Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores, la unidad técnica elevará a la subcomisión de Contratación de la Cámara una propuesta de adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la proposición económicamente más ventajosa o una propuesta de declarar el procedimiento desierto. La Cámara se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación, si bien no podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta que se ajuste a los criterios de adjudicación que figuran en el Pliego. La subcomisión de Contratación, recibida y valorada la propuesta de la unidad técnica, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, tras lo cual y atendiendo a los criterios de valoración señalados en el Pliego, clasificará, por orden decreciente, las...
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. Elevada la propuesta de adjudicación al órgano de contratación éste requerirá al adjudicatario propuesto para que, en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación, realice las siguientes actuaciones: A Constituir la garantía definitiva.
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. La Cámara, siguiendo el procedimiento establecido, adjudicará el contrato al ofertante que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la cláusula 7. La adjudicación será notificada a los participantes en la licitación, en el plazo de 15 días, dándosele publicidad a la misma en la página web de la Cámara de Comercio. El adjudicatario, en el plazo marcado en la notificación individual y en la publicación de la adjudicación, deberá presentar, ante la Secretaría General de esta Corporación, los documentos que acrediten haber constituido la garantía definitiva y en general, el pago de los gastos que se ocasionen con motivo de los trámites de iniciación, preparación y formalización del contrato correspondiente.
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. La Cámara, siguiendo el procedimiento establecido, adjudicará el contrato al ofertante que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la cláusula 5. En el caso de que el adjudicatario no aporte la documentación o garantías exigidas , o por cualquier otra causa imputable al mismo no se formalice el contrato, el órgano de contratación, sin necesidad de iniciar un nuevo procedimiento de contratación, podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación , siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente a las siguientes ofertas en caso contrario, concediéndose un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. La Cámara, siguiendo el procedimiento establecido, adjudicará el contrato al ofertante que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la cláusula 6. El adjudicatario deberá personarse en la Secretaría General de esta Corporación cuando le sea solicitado, dentro del plazo de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, a fin de formalizar el oportuno contrato. En el caso de que el adjudicatario no aporte la documentación o garantías exigidas , o por cualquier otra causa imputable al mismo no se formalice el contrato, el órgano de contratación, sin necesidad de iniciar un nuevo procedimiento de contratación , podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación , siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente a las siguientes ofertas en caso contrario, concediéndose un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION. La Cámara, siguiendo el procedimiento establecido, adjudicará el contrato al ofertante que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la cláusula 5. El adjudicatario deberá personarse en la Secretaría General de esta Corporación cuando le sea solicitado, a fin de formalizar el oportuno contrato.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.