VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Cuando EL
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Además de en los supuestos previstos en la escritura que por la presente se nova, la ENTIDAD podrá resolver el contrato, o declararlo vencido de forma anticipada y exigir el pago de la cantidad total adeudada en dicho momento por todos los conceptos en los siguientes casos:
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Cualquiera de las partes podrá poner fin a este contrato antes de su vencimiento, siempre y cuando notifique a la contraparte por escrito su voluntad de hacerlo conforme se estableció en este contrato. El tarjetahabiente debe devolver la tarjeta en forma inmediata al terminar el contrato por cualquier causa, así como las adicionales que hubiese solicitado al Banco, y continuará con las responsabilidades adquiridas antes de este evento, sin que pueda reclamar periodos no concluidos en el vencimiento de la tarjeta ni el costo de estos. En virtud de la terminación del contrato, por cualquier causa, se tendrán por vencidos e inmediatamente exigirles en su totalidad, los saldos insolutos adeudados al Banco por el tarjetahabiente, junto con cualquier otra suma pagadera de conformidad con este contrato de tarjeta de crédito, sin necesidad de presentación, requerimiento, demanda, protesta ni notificación de ningún tipo, pudiendo el Banco ejercer todos los derechos que le brinda la ley, este contrato, o por procedimientos cobratorios de tipo judicial y extrajudicial que determine a su discreción, para todo lo cual el tarjetahabiente y los fiadores solidarios dejan renunciado su domicilio y los requerimientos de pago. Ninguna falta o atraso por parte del Banco en ejecutar o ejercer cualquier derecho derivado, del presente contrato, se interpretará como una renuncia de sus derechos o facultades que le corresponden de conformidad con él mismo y la ley. Todos los derechos otorgados al Banco, contenidos en el presente contrato, y cualesquiera garantías ofrecidas en este, son acumulativos, y pueden ser ejecutados xxxxxxxx x xxxxxxxxxxxxx.
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. COLONYA podrá resolver el contrato, declarando vencida totalmente la operación, y exigir el pago de la cantidad total adeudada en dicho momento por todos los conceptos en los siguientes casos:
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. En el caso que acontezca cualquiera de los supuestos que se establecen en los incisos siguientes de la presente CLÁUSULA, LA CAJA podrá dar por vencido anticipadamente el Contrato, en tales supuestos, EL ACREDITADO Y GARANTE HIPOTECARIO o su OBLIGADO SOLIDARIO deberán pagar a favor de LA CAJA el saldo insoluto por principal, así como los intereses ordinarios, moratorios y el impuesto al valor agregado correspondiente (IVA).
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. En el caso que acontezca cualquiera de los supuestos que se establecen en los incisos siguientes de la presente Cláusula, el Acreditante podrá dar por vencido anticipadamente el Contrato mediante aviso por escrito en el domicilio del Acreditado o en el Estado de Cuenta que corresponda, por lo que el Acreditado dentro de los 10 días naturales siguientes al día de la notificación, deberá pagar a favor del Acreditante: a) el saldo insoluto y b) cualquier otro importe que adeude conforme al Contrato.
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Es convenido por las partes que BANHCAFE, de conformidad con el Artículo No.966 del Código de Comercio, queda facultado para cerrar cualquiera de la o las cuentas sin responsabilidad de su parte en los siguientes casos: a) Cuando El Depositante o las personas que él ha autorizado por escrito para girar contra su cuenta o efectuar retiros de la misma, según proceda, se nieguen a dar o proporcionar la información o documentación solicitada por el BANCO. b) En caso de constatar que la información suministrada es falsa o inexacta. c) Cuando EL CLIENTE incumpla cualquiera de las cláusulas de este Contrato. d) En caso que EL CLIENTE esté involucrado o se le investigue por la comisión de actividades ilícitas, particularmente aquellas vinculadas a delitos financieros, al lavado de activos y Financiamiento Del Terrorismo o que se encuentren tipificadas como delitos en las leyes del país. e) Por decisión institucional del Banco o si a juicio del Banco, el DEPOSITANTE esté haciendo mal uso de ella.
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. En el caso que acontezca cualquiera de los supuestos que se establecen en los incisos siguientes de la presente Cláusula, el Acreditante podrá dar por vencido anticipadamente el Contrato mediante aviso por escrito en el domicilio del Acreditado o en el Estado de Cuenta que corresponda:
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. LA UNIDAD CONVOCANTE podrá resolver la terminación anticipada del contrato derivado de la presente Licitación Pública Nacional Presencial, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de los bienes, arrendamientos o servicios contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine, por la autoridad competente, la nulidad o inexistencia jurídica de los actos que dieron origen al contrato.
VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO. 22.1 El Cliente podrá resolver el Contrato en caso de: