Terminación y Cancelación Cláusulas de Ejemplo

Terminación y Cancelación. El Cliente tendrá la facultad de dar por terminado el Contrato en cualquier tiempo solicitándolo por escrito en cualquier sucursal o a través de los medios autorizados por el Banco para tal efecto. El Banco deberá proporcionar al Cliente un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio y deben cerciorarse de la autenticidad y veracidad de la identidad del usuario que formule la solicitud de terminación respectiva, para lo cual, el Banco confirmará los datos del Cliente personalmente, por vía telefónica, o cualquier otra tecnología o medio. Recibida la solicitud en la sucursal o a través de Banca Telefónica, el Banco se obliga a dar por terminado el Contrato el día hábil siguiente a aquél en que reciban la solicitud si no existen adeudos. De lo contrario, el Banco a más tardar el día hábil siguiente al de la recepción de la solicitud, comunicará al Cliente el importe de los adeudos y dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su solicitud pondrá a su disposición dicho dato, a través de cualquier medio que disponga el Banco para tal efecto y una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el Contrato. El Banco deberá:
Terminación y Cancelación. El presente Acuerdo podrá ser dado como terminado inmediatamente por MSI por defecto o por cualquier motivo por parte del Director de Contratos de MSI o su delegado dando 5 días de antelación, una notificación por escrito. En tales casos, se efectuará un ajuste equitativo al precio del subcontrato para todo el trabajo realizado exitosamente hasta la fecha. MSI también puede, por disposición de la notificación por escrito al Subcontratista, cancelar sin cargo (a) el presente Acuerdo en su totalidad o (b) un elemento individual o cantidad de los suministros o servicios accesorios, antes de la entrega. Este Acuerdo deberá ser terminado por causa justificada en caso de que se determinara por MSI que el Subcontratista ofreció o dio un soborno(por ejemplo, entretenimiento, regalos, servicios o dinero) a cualquier empleado de MSI u otras personas responsables de o en conexión con las personas responsables de la decisión de otorgar este Acuerdo o la aceptación de prestaciones en virtud de este Acuerdo y que por medio del soborno se pretendía obtener esta Acuerdo o un trato favorable durante la ejecución del Acuerdo. 20.
Terminación y Cancelación. IT no terminará este Acuerdo durante un término anual, excepto en el caso de incumplimiento material de los términos y condiciones de este Acuerdo, incluyendo el incumplimiento material de las políticas de IT, de sus procedimientos o de sus directrices. Usted puede cancelar este Acuerdo en cualquier momento. Usted entiende y está de acuerdo con que la cancelación de este Acuerdo y su estatus de ITA es su único derecho y remedio con respecto a cualquier disputa con o reclamación contra IT. Usted puede cancelar este Acuerdo enviándonos su notificación de cancelación por email a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, por correo postal a XxxxxxXxxxxx.xxx, 000 Xxxx Xxxxxxxx Xxx, Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxx, XX 00000, o enviándola por fax a (000) 000-0000. Para completar la cancelación usted deberá devolver a IT los materiales que IT le expidió. Está terminantemente prohibido el uso o el intento de uso de alguno de los materiales de IT, los códigos numéricos o identificadores, o cualquier cosa similar después de que IT le notifique la terminación de su Acuerdo, o después de que IT haya recibido su notificación de cancelación. En el caso de que este Acuerdo sea terminado o cancelado, no se reembolsará ninguna cuota que se haya pagado antes de terminar o cancelar el mismo. IT se reserva el derecho a captar cuotas, sobrecargos o costos adquiridos antes de la terminación o de la cancelación. Además usted es responsable de cualquier cargo que pudiera haberle aplicado algún proveedor tercero antes de la terminación o cancelación. SOLAMENTE PARA RESIDENTES DEL ESTADO XX XXXXXXXXXX: Derecho a cancelar la compra: Usted puede cancelar este contrato sin ninguna cuota de cancelación o penalización, y sin tener que dar ningún motivo para ello, enviando su notificación de cancelación por correo certificado con acuse de recibo a Xxxxxxxxxxxx.xxx, a la dirección que se indica más abajo. El matasellos de la notificación debe llevar fecha anterior a la media noche xxx xxxxxxx día natural después de haber firmado este contrato, o del día que usted haya recibido cualquier tarjeta de membresía y todos sus materiales de membresía, el que haya sucedido después. El día que se firmó el contrato no se incluye como «día natural», y si el séptimo día natural es domingo o día festivo oficial, el derecho de cancelar este contrato vence el día después de ese domingo o de ese día festivo oficial. PARA CANCELAR ESTE CONTRATO DEBERÁ ENVIAR COPIA DE ESTA NOTIFICACIÓN DE CANCELACIÓN U OTRA NOTIFICACIÓN ESC...

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.