Suspensión del contrato de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Suspensión del contrato de trabajo. Artículo 29º. Excedencias.
Suspensión del contrato de trabajo. 1. Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a la suspensión del contrato con reserva del puesto de trabajo concreto, en los siguientes casos:
Suspensión del contrato de trabajo. Se tendrá derecho a la suspensión de su contrato en los casos y en las condiciones previstas en los artículos 45 a 48 del Estatuto de los Trabajadores.
Suspensión del contrato de trabajo. 1. El contrato de trabajo podrá suspenderse por las causas y con los efectos previstos en el Estatuto de los Trabajadores.
Suspensión del contrato de trabajo. En cuanto a las causas y efectos de la suspensión se estará a lo dispuesto en los artículos 89 y 90 del Convenio General.
Suspensión del contrato de trabajo. 1. El contrato de trabajo podrá suspenderse por causa de maternidad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora, y adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente, de menores de seis años.
Suspensión del contrato de trabajo. Tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo los trabajadores con los contratos de trabajo suspendidos por las siguientes causas:
Suspensión del contrato de trabajo. 1. El contrato de trabajo podrá suspenderse por causa de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia natural de la mujer trabajadora,adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen, siempre que su duración no sea inferior a un año, de menores de seis años o de menores de edad que sean mayores de seis años cuando se trate de menores con discapacidad o que por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes.
Suspensión del contrato de trabajo. Artículo 12. Excedencias
Suspensión del contrato de trabajo. Prohibición de la extinción de mutuo acuerdo. No se puede recurrir a esta modalidad de extinción en el supuesto de suspensión de contrato de trabajo por el cual el trabajador goza de una protección particular. No puede, por ejemplo utilizarse la extinción consensuada durante la suspensión del contrato por maternidad, incapacidad temporal de trabajo derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. En efecto, la extinción de mutuo acuerdo no puede utilizarse para dejar de aplicar los dispositivos destinados a garantizar el consentimiento del trabajador y la protección de sus derechos previstos por la ley y los convenios colectivos (Circular de la Dirección General de Trabajo nº 2009-04 de 17 xx xxxxx) 12 Liaisons Sociales, numéros juridiques. Juin 2012 • Extinción de mutuo acuerdo autorizada. Es posible si la suspensión del contrato de trabajo no es objeto de una protección particular. Tal es el caso, por ejemplo, de un permiso parental de educación, del permiso denominado “sabático”, del permiso sin salario, etc.